Proyecto de Ordenanza
Créase el “Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones Bahía Blanca (RIGIBB)
Expediente: HCD-566/2024
Autor: Carlos Walter Alonso
Bloque: La Libertad Avanza
Bahía Blanca, de 15 Julio de 2024.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de promover el desarrollo económico de la Ciudad de Bahía Blanca y su zona de influencia y la creación de empleo en la misma.
La importancia de atraer inversiones y fomentar la instalación de nuevas empresas en nuestra ciudad.
La voluntad de establecer un marco normativo que incentive la inversión y el crecimiento empresarial.
La Ley Impositiva para el período fiscal 2024 de la provincia de Buenos Aires (Ley N°15.479), que establece modificaciones en la estructura tributaria para promover el crecimiento económico y el desarrollo empresarial.
Los beneficios impositivos a nivel nacional que incluyen exenciones, bonos fiscales y descuentos en tarifas para fomentar la producción y la inversión en emprendimientos dentro del país.
Los fundamentos de la Ley de Economía del Conocimiento, que ofrece reducciones de cargas sociales y créditos fiscales para incentivar la inversión en tecnología y conocimiento.
El Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) aprobado a nivel nacional.
El Proyecto de Ordenanza “Promoción para el Desarrollo y Crecimiento de Empresas de Bahía Blanca (Expte. 565-HCD/2024)”
CONSIDERANDO
Que la implementación de un Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones en el parque industrial de Bahía Blanca (RIGIBB) puede generar significativos beneficios económicos y sociales para la comunidad.
Que la creación de un marco normativo que ofrezca beneficios impositivos puede atraer grandes inversiones y fomentar el desarrollo sostenible de la ciudad y la región.
Que la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires y las políticas nacionales de incentivo a la inversión empresarial proporcionan un contexto favorable para la implementación de este régimen.
Que es fundamental aprovechar las oportunidades ofrecidas por la Ley de Economía del Conocimiento para impulsar el desarrollo tecnológico y la innovación en la ciudad.
Que el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) a nivel nacional ha demostrado ser una herramienta eficaz para atraer inversiones significativas y fomentar el desarrollo económico.
Que la vinculación con el Proyecto de Ordenanza “Promoción para el Desarrollo y Crecimiento de Empresas de Bahía Blanca (Expte. 565-HCD/2024)” fortalece el marco legal y promueve la coherencia en las políticas de desarrollo económico y social a nivel local.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Créase el “Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones Bahía Blanca (RIGIBB)”, con el objetivo de atraer grandes inversiones, fomentar la creación de empleo local y promover el desarrollo económico sostenible.
Art. 2°: Las empresas que se acojan a este régimen disfrutarán de los siguientes beneficios:
a) Exención del 100% de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias.
b) Reducción del 100% en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante los primeros 10 años, del 50% durante los 2dos 10 años, del 25% durante los 3eros. 10 años y el 5% durante los siguientes 15 años.
c) Reducción del 100% en la Tasa Ambiental durante los primeros 10 años, del 50% durante los 2dos 10 años, del 25% durante los 3eros. 10 años, y el 5% durante los siguientes 15 años.
d) Exención del Derecho de Construcción para las obras de infraestructura necesarias para la instalación o ampliación de la empresa.
Art. 3°: Para ser beneficiario de este régimen, la empresa deberá: a) Estar Inscripta en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
b) Cumplir con las condiciones que establece el Proyecto de Ordenanza “Promoción para el Desarrollo y Crecimiento de Empresas de Bahía Blanca (Expte. 565-HCD/2024)”
Art. 4°: El Departamento Ejecutivo de Bahía Blanca se compromete a:
a) Facilitar los trámites administrativos necesarios para la rápida instalación y puesta en marcha de las empresas beneficiarias.
b) Promover la formación y capacitación de la fuerza laboral local en coordinación con las empresas y entidades educativas.
Art. 5°: Crear una comisión de seguimiento compuesta por un (1) representante del Gobierno Municipal, un (1) representante del sector empresarial y un (1) representante de cada bloque político del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, para evaluar la implementación de esta ordenanza y proponer ajustes si fuera necesario.
Art. 6°: El Municipio reglamentará la presente Ordenanza dentro de los 90 días hábiles a partir de su promulgación.
Art. 7°: Publíquese y Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.