Proyecto de Ordenanza
Creación del “Recibidómetro” en el Parque de Mayo como espacio de festejos para estudiantes universitarios y terciarios que culminan sus estudios.
Expediente: HCD-1155/2024
Autor: Gisela Caputo
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): creación recibidómetro parque de mayo estudiantes universitarios terciarios espacio festejos
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de garantizar un espacio adecuado, seguro y sostenible para las celebraciones de estudiantes universitarios y terciarios que finalizan sus estudios en la ciudad de Bahía Blanca.
Y CONSIDERANDO:
Que el Parque de Mayo ha sido históricamente un espacio de encuentro y festejo para los estudiantes de la ciudad de Bahía Blanca al culminar sus estudios, convirtiéndose en un lugar simbólico para celebrar logros académicos.
Que estas celebraciones, además de ser una tradición, representan el esfuerzo y dedicación de los estudiantes y sus familias, siendo un momento único de reconocimiento en su trayectoria educativa.
Que la falta de un espacio específico para estos festejos ha generado inconvenientes como la acumulación de residuos, el deterioro de espacios públicos y, en algunos casos, problemas de seguridad para quienes participan.
Que es responsabilidad del Municipio promover y organizar iniciativas que garanticen la convivencia armónica en los espacios públicos, preservando el entorno natural y fomentando el cuidado del medio ambiente.
Que para ello es fundamental reconocer y fomentar la creatividad, el talento y la participación activa de los estudiantes y profesionales de disciplinas como arte, diseño y arquitectura, mediante la organización de un certamen que permita su contribución en la creación de un espacio emblemático para la ciudad.
Que el diseño participativo no solo enriquece la propuesta estética y funcional del “Recibidómetro”, sino que también fortalece el sentido de pertenencia y colaboración entre los ciudadanos y la comunidad educativa.
Que la instrumentación del “Recibidómetro” aportará una solución ordenada y planificada para los festejos estudiantiles, contribuyendo a preservar el Parque de Mayo como un espacio público seguro, limpio y sostenible.
Que la implementación de este espacio representa un ejemplo de política pública innovadora, que promueve la participación ciudadana y la colaboración entre los sectores educativos, artísticos y municipales.
Que el Honorable Concejo Deliberante tiene la responsabilidad de legislar políticas públicas que respondan a las necesidades de la comunidad, promoviendo iniciativas innovadoras y sostenibles que reflejen los valores y tradiciones locales.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1° – Créase el “Recibidómetro” en el Parque de Mayo de la ciudad de Bahía Blanca, como espacio destinado a los festejos de estudiantes universitarios y terciarios que culminan sus estudios, garantizando un entorno seguro, ordenado y acorde para estas celebraciones.
Artículo 2° – El “Recibidómetro” estará ubicado dentro del predio del Parque de Mayo, en un área a determinar por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 3° – El diseño del “Recibidómetro” será definido a través de un certamen abierto a estudiantes y profesionales de carreras de arte, diseño, arquitectura y disciplinas afines.
Artículo 4° – El certamen de diseño será organizado bajo las siguientes condiciones:
a) Convocatoria: Abierta y pública, dirigida a estudiantes, egresados y profesionales de de carreras de arte, diseño, arquitectura y disciplinas afines de instituciones académicas de Bahía Blanca.
b) Jurados: El jurado estará compuesto por:
- Representantes de los bloques políticos del Honorable Concejo Deliberante.
- Funcionarios municipales de las áreas de Cultura, Planeamiento Urbano y Juventud.
- Representantes de instituciones académicas participantes.
c) Criterios de evaluación: Innovación, sustentabilidad, integración paisajística con el Parque de Mayo y funcionalidad del espacio.
Artículo 5° – El diseño ganador será implementado por el Municipio de Bahía Blanca, a través de las áreas correspondientes, contemplando la preservación del medio ambiente y el uso de materiales sustentables.
Artículo 6º – La Autoridad de Aplicación de la presente será la Subsecretaría de Espacios Públicos.
Artículo 7º – Las erogaciones que demande la ejecución de los trabajos correspondientes se imputarán a las partidas correspondientes del presupuesto de gastos asignado al área de Subsecretaría de Espacios Públicos.
Artículo 8° – El Departamento Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, deberá establecer – vía reglamentaria – normas de uso del espacio para garantizar el cuidado del ambiente y la convivencia entre los usuarios, así como implementar medidas de seguridad para las celebraciones.
Artículo 9° – La Autoridad de Aplicación dispondrá de infraestructura para la recolección y separación de residuos durante las celebraciones en el “Recibidómetro” e instrumentará mecanismos para promover el uso de materiales biodegradables.
Artículo 10° – Encomiéndase al Departamento Ejecutivo realizar una amplia difusión del certamen y del “Recibidómetro”, fomentando la participación de las instituciones académicas y la comunidad educativa.
Artículo 11° – La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 12º – De forma.-