Proyecto de Ordenanza
Programa de Capacitación en competencias técnicas y operativas para trabajadores del transporte público de pasajeros de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-13/2025
Autor: Fabiola Buosi
Bloque: Juntos
Bahía Blanca, 14 de Enero de 2025.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de capacitar y actualizar los conocimientos de aquellas personas que trabajan en el sistema de transporte público, en orden a la correcta gestión de las complejidades técnicas del mantenimiento y operación de los vehículos modernos, y la capacitación en atención al cliente y resolución de conflictos.
CONSIDERANDO
Que la capacitación y actualización de conocimientos de los conductores y trabajadores de empresas de transporte público son fundamentales para garantizar la seguridad, eficiencia y calidad del servicio.
Que en los tiempos actuales, la capacitación continua de los conductores no solo es indispensable para mejorar la eficiencia operativa y la seguridad del transporte público, sino también para garantizar que las empresas y sus trabajadores estén a la altura de los desafíos tecnológicos, sociales y ambientales del presente.
Que el curso tiene como objetivo central fortalecer las competencias técnicas y operativas de los trabajadores del transporte automotor, adaptándolos a las crecientes demandas de eficiencia, seguridad vial, y atención al usuario en el contexto del transporte público.
Que la propuesta busca no sólo mejorar el desempeño individual de los conductores y personal, sino también contribuir al desarrollo profesional, la seguridad en el trabajo y la calidad del servicio ofrecido a los ciudadanos.
Que el paradigma actual del transporte requiere un personal altamente capacitado, capaz de gestionar no solo las complejidades técnicas del mantenimiento y operación de vehículos modernos, sino también de manejar situaciones cotidianas con los pasajeros, aplicando prácticas de atención al cliente y solución de conflictos.
Que, capacitar a los trabajadores del transporte automotor de pasajeros sobre normativas viales y medidas preventivas, tiene el objetivo de reducir los riesgos y accidentes en la vía pública y mejorar la seguridad vial en general, protegiendo no solo a los pasajeros, sino también a peatones y otros conductores, en consonancia con las políticas de movilidad urbana sostenible.
Que entre los objetivos del curso, además de la mejora en la seguridad vial, se propone lograr una optimización de la operación y el correcto mantenimiento de los vehículos a partir de la capacitación en técnicas de mantenimiento preventivo y correctivo, así como en el uso eficiente de las tecnologías aplicadas al transporte.
Que el mantenimiento adecuado del parque automotor, a través de técnicas modernas y preventivas, prolonga la vida útil de los vehículos, reduce costos operativos y minimiza el impacto ambiental, en línea con los objetivos de sostenibilidad del municipio.
Que otro de los objetivos es fomentar una atención al pasajero de calidad, por lo que la capacitación debe incluir la enseñanza de estrategias de atención al usuario y manejo de situaciones conflictivas que permitan mejorar la experiencia del mismo y, en el mismo sentido, promover una cultura inclusiva y respetuosa, fomentando un trato más humano, promoviendo valores de igualdad y equidad que fortalecen el vínculo entre los trabajadores y la comunidad.
Que también se propone incluir la capacitación en RCP y primeros auxilios, lo cual consideramos esencial ya que permitirá responder de inmediato a emergencias médicas, como paros cardíacos o desmayos, en un entorno de alta movilidad y densidad de pasajeros. La intervención oportuna puede salvar vidas mientras llegan los servicios médicos, reduciendo riesgos y fortaleciendo la seguridad en el transporte público.
Que los profesionales a convocar para llevar adelante el curso de capacitación deben ser especialistas en seguridad vial, mecánica, psicología y/o atención al usuario, abogacía, medicina, primeros auxilios, entre otros.
Que el Municipio, en función de las especialidades que contendrá el programa, podrá concertar convenios de colaboración con los distintos colegios profesionales y/o asociaciones, universidades, gobierno nacional y/o provincial, para que profesionales dicten las capacitaciones, así como también podrá destinar a los profesionales que se desempeñan en la escuela de formación profesional San Roque y en distintas áreas del Municipio.
Que el curso de capacitación, en su diseño, programación, dictado, etc., podrá desarrollarse de manera conjunta con la UTA (seccional Bahía Blanca) y las empresas prestatarias del transporte público de pasajeros de la ciudad.
Que las especializaciones a dictar incluirán diversas materias como seguridad vial y prevención de riesgos, mantenimiento preventivo y correctivo, conducción eficiente, atención al pasajero y manejo de situaciones conflictivas y legislación laboral.
Que la implementación de cursos de capacitación y actualización para los trabajadores del transporte público contribuye significativamente a mejorar la calidad del servicio ofrecido a la comunidad, garantizando una experiencia segura, eficiente y satisfactoria para los usuarios.
Que la implementación de este tipo de cursos constituye una inversión estratégica en el desarrollo profesional de los trabajadores, repercutiendo positivamente en la calidad y eficiencia del transporte público como servicio esencial para el desarrollo urbano y social.
POR LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Créase el Programa de Capacitación y Actualización para Trabajadores del Sistema de Transporte Público en el ámbito del Municipio de Bahía Blanca, destinado a conductores y personal vinculado al transporte automotor de pasajeros, con el objetivo de promover la mejora continua en la calidad del servicio, seguridad vial, atención al usuario y uso de tecnologías avanzadas.
ARTÍCULO 2°: El Programa tendrá los siguientes objetivos:
a) Promover la seguridad vial: capacitar en prevención de accidentes, técnicas de conducción segura y cumplimiento de normativas viales.
b) Optimizar el mantenimiento de los vehículos: brindar conocimientos actualizados sobre técnicas de mantenimiento preventivo y correctivo, adaptados a las nuevas tecnologías del sector.
c) Fortalecer las habilidades de atención al usuario: formar en resolución de conflictos, trato igualitario, inclusión de personas con discapacidad y equidad de género. También la capacitación en conocimientos básicos ante emergencias médicas – reanimación cardiopulmonar (RCP), primeros auxilios, protocolos de actuación, etc.-
e) Actualizar conocimientos legales y laborales: difundir la normativa vigente en materia de transporte público, seguridad vial, y derechos laborales.
ARTÍCULO 3°: Los contenidos del Programa incluirán, entre otros, los siguientes módulos:
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Seguridad Vial y Manejo Preventivo: técnicas para prevenir accidentes, control de riesgos y adaptación a condiciones adversas.
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Mantenimiento Técnico del Parque Automotor: diagnóstico y solución de fallas, cuidado de motores y componentes electrónicos.
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Atención y Comunicación con el Pasajero: estrategias de manejo de situaciones conflictivas, trato respetuoso y promoción de la inclusión.
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RCP y Primeros Auxilios: conocimientos básicos para responder a emergencias médicas.
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Conducción Eficiente y Uso de Tecnologías: manejo económico, reducción del impacto ambiental y utilización de dispositivos tecnológicos.
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Normativa Vigente y Legislación Laboral: derechos y obligaciones del personal de transporte, reglamentaciones específicas y actualización en marcos legales.
ARTÍCULO 4°: Los cursos serán impartidos conforme lo estipule la autoridad de aplicación de la presente, lo que puede incluir metodologías teórico y/o prácticas, simulaciones, talleres interactivos y evaluaciones para garantizar la apropiación de los contenidos.
ARTÍCULO 5°: El Programa será coordinado por el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, en articulación con:
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Unión Tranviaria Automotor (UTA), Seccional Bahía Blanca: como entidad representativa de los trabajadores del transporte.
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Instituciones Educativas Especializadas: como la Escuela de Formación Profesional San Roque y otros centros habilitados.
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Entidades Profesionales y Universidades: que brinden asesoramiento y formación técnica adecuada.
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Empresas prestatarias del servicio de transporte público de pasajeros.
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Comisión de Usuarios Testigos del Transporte Público del Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6°: Facúltese al Departamento Ejecutivo, a través del área determinada como autoridad de aplicación, a celebrar los convenios de colaboración necesarios con instituciones educativas públicas o privadas, organizaciones y empresas, a fin de desarrollar los objetivos del presente curso.
ARTÍCULO 7°: Instrúyase al Departamento Ejecutivo a establecer un cronograma flexible para las actividades del Programa, de manera que no interfiera con la continuidad del servicio público. En el primer año de aplicación del Programa deberán contemplarse al menos dos (2) instancias del mismo, en orden a responder a la demanda contenida; luego deberá dictarse una vez al año para permitir la capacitación del nuevo personal.
ARTÍCULO 8°: El Programa de Capacitación otorgará un certificado a quienes cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación, acreditando su asistencia y la adquisición de los contenidos impartidos.
ARTÍCULO 9°: El financiamiento de las actividades del Programa se realizará mediante:
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Recursos municipales.
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Aportes de las empresas prestatarias del servicio de transporte público.
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Convenios con organismos nacionales, provinciales y otras instituciones interesadas en colaborar con la iniciativa.
ARTÍCULO 10°: De forma.