Proyecto de Resolución
Solicitando Medidas de Alivio Fiscal de ARCA y Apoyo Económico del Ministerio de Economía de la Nación para Bahía Blanca por la emergencia declarada tras la Catástrofe Climática.
Expediente: HCD-144/2025
Autor: Pablo Daguerre
Bloque: Juntos
Coautor(es): Adrián Jouglard
Palabra(s) clave(s): medidas alivio fiscal arca apoyo económico emergencia catástrofe climática ministerio economía
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La catástrofe climática que azotó la ciudad de Bahía Blanca y municipios vecinos el 7 de marzo de 2025, causando graves daños materiales y pérdidas humanas.
La declaración de emergencia provincial y municipal mediante el Decreto PBA N° 316/2025 y el Decreto Municipal N° 394/2025.
La resolución normativa N° 11 de ARBA por el que mediante el expediente Nº 22700-0021344/2025, se propicia la adopción de medidas de administración tributaria de alivio fiscal, de carácter excepcional, ante el fenómeno climatológico que afectó a los Partidos y Distritos alcanzados por la declaración de emergencia contenida en el Decreto PBA N° 316/2025.
El Decreto PEN 178/2025 que declara Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el término de tres (3) días a partir del 9 de marzo de 2025.
Los daños devastadores ocasionados a comercios, emprendedores, PyMEs y los diversos sectores productivos de Bahía Blanca, incluyendo la pérdida de infraestructura, equipamiento, mercadería, materias primas y la interrupción de sus actividades;
Y CONSIDERANDO:
Que la magnitud de la catástrofe climática, con precipitaciones de más de 400 mm en 8 horas, ha provocado una situación de emergencia sin precedentes en la ciudad y los municipios vecinos lo que se ha reflejado en las declaraciones de emergencia provincial y municipal mediante el Decreto PBA N° 316/2025 y el Decreto Municipal N° 394/2025.
Que, en tan solo 8 horas, la ciudad recibió aproximadamente 400 milímetros (15.7 pulgadas) de lluvia, lo que representa cerca de dos tercios del promedio anual de precipitaciones de la zona. Esta cantidad de lluvia no solo superó con creces el récord diario anterior, establecido en 1930, sino que también provocó inundaciones repentinas generalizadas en toda la ciudad. La súbita acumulación de tal volumen de agua en un lapso tan breve evidencia la capacidad de eventos meteorológicos localizados para generar condiciones de alto riesgo de manera casi inmediata, sobrepasando la capacidad de los sistemas de drenaje urbanos diseñados para niveles de precipitación más habituales.
Que la situación generada es dramática, con efectos devastadores que incluye dieciséis (16) víctimas fatales; personas desaparecidas, incluidos menores de edad; y más de 1300 evacuados. Con calles convertidas en ríos, viviendas y hospitales inundados, con interrupción de los servicios básicos como transporte público, electricidad y agua potable, y suspensión de clases y cierre del aeropuerto.
Que esta emergencia ha generado la falta de provisión del servicio de energía eléctrica en casi toda la ciudad y recién en los días siguientes se había restablecido en un cincuenta y cinco por ciento (55%).
Que a esto se le suma problemas en el servicio de aguas corrientes y sumado a los números daños en la infraestructura general de la ciudad, el arbolado urbano, inmuebles, vehículos y demás bienes, se ha generado un espíritu depresivo en el ánimo de la población en general similar a la pandemia, de la que va a ser muy difícil superar.
Que los daños materiales y la interrupción de servicios esenciales han afectado gravemente la actividad económica local, impidiendo el normal funcionamiento de los comercios y PyMEs, y las estimaciones preliminares advierten que la reconstrucción de la ciudad demandará más de cuatrocientos mil millones de pesos (0.000.000.000).
Que las necesidades de reparación de Bahía Blanca incluyen cuatro (4) frentes: 1) reconstrucción de infraestructura y servicios básicos: calles, luz, etc.; 2) mejora en la infraestructura existente en materia hídrica para prevenir situaciones como la sufrida, 3) reparación de viviendas y daños particulares; y 4) la dinamización de la economía para enfrentar la críticas consecuencias que ponen en riesgo la continuidad de las actividades comerciales, la preservación del empleo y la estabilidad económica de la ciudad.
Que Bahía Blanca ha enfrentado desafíos significativos debido a eventos climáticos extremos recientes. El 16 de diciembre de 2023, Bahía Blanca fue azotada por una tormenta severa acompañada de ráfagas de viento que alcanzaron hasta 155 kilómetros por hora, causando daños considerables a la infraestructura y afectando a numerosos vecinos, además de sufrir daños materiales y pérdidas de vidas humanas.
Que la magnitud de los daños fue extensa. Se estima que alrededor de 14.000 árboles fueron derribados, y unas 10.000 viviendas sufrieron algún tipo de afectación. Además, 150 escuelas resultaron dañadas, lo que interrumpió la actividad educativa. En este contexto, barrios enteros quedaron devastados, y aproximadamente 350 personas necesitaron ser evacuadas de sus hogares. La infraestructura de servicios también se vio gravemente comprometida, con cortes de energía eléctrica que se prolongaron por semanas y la interrupción del servicio de internet en algunas áreas hasta por más de dos meses. El impacto no se limitó a la zona urbana central, afectando también áreas circundantes.
Que, además, el 2 de febrero de 2025, una fuerte granizada volvió a golpear la zona, exacerbando los problemas existentes. Muchos vecinos aún luchan por recuperarse de estos desastres, y la infraestructura de la ciudad continúa en proceso de restauración.
Que, a pesar de sus distintas génesis meteorológicas, la tormenta de Bahía Blanca comparte con el huracán Katrina que azotó la costa del Golfo de los Estados Unidos en agosto de 2005, la característica de un inicio rápido y un impacto catastrófico en un centro urbano costero, principalmente a través de eventos hídricos extremos y se erigen como referentes de desastre natural de gran magnitud, caracterizado por su intensa fuerza destructiva y la trágica pérdida de vidas, especialmente en la región de Nueva Orleans como en la de Bahía Blanca.
Que el costo económico del desastre del huracán Katrina se estimó en más de 108 mil millones de dólares en valores no ajustados de 2005, con impacto a largo plazo por los daños a la infraestructura y el enorme costo económico asociados con el huracán Katrina subrayan las consecuencias duraderas y de gran alcance.
Que para atender los daños del huracán Katrina el gobierno federal de los Estados Unidos proporcionó una ayuda significativa para la recuperación y reconstrucción de las áreas afectadas en la costa del Golfo. Esta ayuda superó los 126 mil millones de dólares, incluyendo incentivos fiscales.
Que es fundamental que el Estado Nacional adopte medidas urgentes y excepcionales para apoyar a los comerciantes, emprendedores, profesionales y PyMEs en su recuperación. La inyección de dinero y el otorgamiento de créditos subsidiados son herramientas clave para lograrlo. Estas medidas permitirían a los negocios afectados acceder a los recursos necesarios para reconstruir sus instalaciones, reponer su capital de trabajo, adquirir nuevo equipamiento y reactivar sus operaciones.
Que, además, el apoyo financiero es crucial para mantener la cadena de pagos, evitando que la crisis se propague a otros sectores de la economía. Asimismo, al garantizar la continuidad de las fuentes de empleo, se contribuye a mitigar el impacto social de la catástrofe, previniendo un posible aumento del desempleo, la pobreza y la exclusión social, con potencial consecuencia duradera e irreversible.
Que, en este contexto, la implementación de políticas de apoyo económico no solo es una medida de auxilio a los sectores productivos, sino también una inversión en la estabilidad social y el desarrollo a largo plazo de Bahía Blanca.
Que por su parte el Gobierno Nacional anunció la creación de un fondo especial de 0 mil millones de pesos para asistir a los damnificados de Bahía Blanca, tras las inundaciones que afectaron gravemente a la ciudad.
Que el fondo anunciado que se presentó como “Suplemento Único para la Reconstrucción” (SUR) será administrado por la Agencia Federal de Emergencias, dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, a través del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR). Los fondos serán transferidos de manera directa y sin intermediarios a los damnificados, según la magnitud de los daños sufridos en sus viviendas.
Que este fondo no incluye la reconstrucción del aparato productivo y comercial de Bahía Blanca y por ende deben considerarse medidas urgentes paliativas para evitar la catástrofe productiva y laboral de la ciudad.
Que esta catástrofe climática que azotó Bahía Blanca ha provocado daños devastadores en el sector productivo, comercial y de servicios de Bahía Blanca. Las pérdidas sufridas abarcan una amplia gama de elementos esenciales para su funcionamiento, incluyendo la destrucción o deterioro de materias primas, el stock de productos terminados o en proceso, el equipamiento necesario para la producción o la prestación de servicios, los bienes industriales como maquinaria y herramientas, la infraestructura edilicia, el mobiliario y los sistemas informáticos.
Que es fundamental que el Estado Nacional a través de ARCA y el Ministerio de Economía de la Nación adopte medidas urgentes y excepcionales para apoyar a los comerciantes y PyMEs en su recuperación, garantizando la continuidad de sus actividades y la preservación del empleo.
Que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA y ex AFIP) tiene la facultad de implementar medidas de administración tributaria de carácter excepcional para paliar las consecuencias de eventos dañosos como el ocurrido.
Que, en este sentido, ARBA de la Provincia de Buenos Aires ya ha dispuesto una serie de medidas de alivio fiscal para los contribuyentes de los partidos afectados por la emergencia, incluyendo prórrogas de vencimientos y suspensión de intimaciones.
Que es necesario ampliar y profundizar estas medidas para brindar un mayor apoyo a los comerciantes, emprendedores y PyMEs, permitiéndoles superar esta difícil situación y reactivar la economía local.
Que la Cámara de Diputados de la Nación aprobó el 12 de marzo de 2025 la emergencia ambiental, económica y habitacional por noventa (90) días, prorrogables, en Bahía Blanca y las regiones afectadas (Coronel Rosales, Monte Hermoso, Patagones y Villarino) por el temporal del 7 de marzo.
Que las organizaciones intermedias del sector productivo de Bahía Blanca como la Unión Industrial de Bahía Blanca, la Corporación del Comercio, Industria y Servicios de Bahía Blanca, y la Cámara de Comercio han hecho distintas presentaciones solicitando una serie de medidas urgentes ante la catástrofe.
Que la UIBB sostuvo que la emergencia generada ha afectado severamente la actividad productiva y comercial local, poniendo en riesgo la continuidad de numerosas empresas, el empleo y el sustento de miles de familias.
Que en el documento de la Unión Industrial destaca que “numerosas empresas de distintos sectores han resultado gravemente afectadas por las inundaciones ocurridas. Comercios, industrias, emprendimientos y prestadores de servicios han sufrido pérdidas materiales significativas, desde daños en infraestructura y maquinaria hasta la destrucción total de mercadería y materia prima. Esta situación ha generado una paralización forzada de sus actividades, comprometiendo su capacidad de operación y poniendo en riesgo tanto la continuidad de los negocios como las fuentes de empleo que generan”.
Que en todos los casos, la respuesta inicial a la catástrofe fue inmediata, con la movilización de vecinos y miles de voluntarios para asistir a los damnificados. Se activaron centros de evacuación para albergar a las personas que perdieron sus hogares o cuyas viviendas quedaron inhabitables y puede concluirse que la solidaridad de la comunidad bahiense y de otras partes del país se manifiesta a través de donaciones y campañas de ayuda. Sin embargo, a pesar de la rápida respuesta, la magnitud de la destrucción plantea desafíos significativos para la recuperación a mediano y largo plazo que requiere de medidas urgentes y concretas del Gobierno Nacional a través de ARCA y el Ministerio de Economía de la Nación.
Que es necesario que la AFIP y el Ministerio de Economía de la Nación dispongan medidas específicas y contundentes para brindar un apoyo efectivo a los comerciantes, emprendedores y PyMEs de Bahía Blanca, permitiéndoles superar esta difícil situación y reactivar la economía local.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1º – Solicitar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que, en el marco de la emergencia por catástrofe, disponga las siguientes medidas de alivio fiscal para los comerciantes, emprendedores, profesionales y PyMEs de Bahía Blanca:
i) Prórroga por ciento ochenta (180) días corridos de todos los vencimientos de impuestos y contribuciones nacionales (IVA, Ganancias, Bienes Personales, Monotributo, Contribuciones a la Seguridad Social, etc.) correspondientes a los contribuyentes con domicilio fiscal en Bahía Blanca.
ii) Suspensión por ciento ochenta (180) días corridos de todas las emisiones y gestiones de intimaciones de pago, la emisión de nuevos títulos ejecutivos por toda deuda tributaria nacional correspondiente a los contribuyentes de Bahía Blanca, medidas cautelares, así como iniciar e instar juicios de ejecución fiscal y otras acciones de cobro de deudas tributarias nacionales.
iii) Ampliación de los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de anticipos de impuestos nacionales.
iv) Prorrogar los vencimientos de planes de pago y/o regímenes de regularización de deudas o planes de financiación vigentes, no caducos al día 14 de marzo de 2025, cuyo vencimiento opere en el mes de marzo de 2025, se prorrogará sin más trámite por ciento ochenta (180) días corridos. El vencimiento de las cuotas sucesivas quedará asimismo prorrogado hasta el día 10 o hábil siguiente, de los meses posteriores y consecutivos al vencimiento del plazo dispuesto. Se mantendrán aplicables, ante los nuevos vencimientos, las bonificaciones y descuentos por pago en término previstos por cada régimen de regularización.
v) Implementación de una moratoria especial con amplias facilidades para la regularización de deudas tributarias acumuladas, que incluya:
a) Plazos extendidos de pago (hasta 84 cuotas).
b) Tasas de interés reducidas y bonificaciones por pago al contado dentro de los noventa (90) días de implementado.
c) Condonación de multas y recargos.
vi) Exención por ciento ochenta (180) días corridos de las multas y recargos por incumplimientos tributarios incurridos durante la emergencia.
vii) Disponer el levantamiento de todas las medidas cautelares por un plazo de ciento ochenta (180) días corridos.
viii) Habilitación de una línea de atención telefónica y online exclusiva para brindar asesoramiento y asistencia a los comerciantes, emprendedores, profesionales y PyMEs de Bahía Blanca en materia tributaria nacional.
ix) Las medidas de alivio fiscal establecidas en el Artículo 1° de la presente Resolución podrán ser ampliadas en su alcance y/o plazo de duración por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en caso de que la evolución de la situación de emergencia en Bahía Blanca así lo amerite.
2º – Instar al Gobierno Nacional a que, a través del Ministerio de Economía de la Nación y la ARCA, instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y otros organismos competentes, se fije una asistencia económica y financiera especial para los comerciantes, emprendedores, profesionales y PyMEs damnificadas, lasque se detallan seguidamente:
i) Asistencia técnica y financiera realizando aportes no reembolsables para gastos de reparación de viviendas y de inversión y operación para recomponer la capacidad productiva, con preferencia a emprendimiento con pequeñas escalas de producción, facilitando en tales casos el cumplimiento de los requisitos formales exigidos para el acceso a los beneficios del sistema.
ii) Implementación de líneas de crédito a tasa cero con un plazo de gracia no menor a doce (12) meses y no menos de veinticuatro (24) cuotas para el pago del capital. Asimismo, se dispongan subsidios especiales para la recuperación de los sectores productivos, industriales y de servicios de Bahía Blanca, complementando las medidas de alivio fiscal.
iii) Espera y renovaciones a pedido de los interesados de las obligaciones pendientes a la fecha en que fije como iniciación de la emergencia o desastre y hasta el próximo ciclo productivo, en las condiciones que establezca cada institución bancaria;
iv) Otorgamiento, en las zonas de desastre y/o emergencia económica y social, de créditos que permitan lograr la reparación de viviendas e instalaciones afectadas, la continuidad de las actividades económicas, la recuperación de las economías de las explotaciones afectadas, y el mantenimiento de su personal, con tasas de interés bonificadas en un veinticinco por ciento (25%) en las zonas declaradas en emergencia económica y social, y en un cincuenta por ciento (50%) en las zonas de desastre sobre las vigentes en plaza para estas operaciones conforme con las normas que establezcan las instituciones bancarias;
v) Unificación, previo análisis de cada caso, de las deudas que mantengan las personas física y/o jurídicas afectadas con cada institución bancaria interviniente, en las condiciones que establezcan estas últimas;
vi) Suspensión de hasta noventa (90) días y/o ciclo productivo después de finalizado el período de zona de desastre y/o emergencia económica y social de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias no tributarias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre.
3º – Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones necesarias ante la ARCA para la implementación efectiva de estas medidas, y que articule acciones de difusión y acompañamiento a los comerciantes, emprendedores, profesionales y PyMEs para que puedan acceder a estos beneficios.
4º – Comunicar la presente Resolución a la sede central de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al Ministerio de Economía de la Nación, al Honorable Senado de la Nación y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a los Senadores Nacionales en representación de la Provincia de Buenos Aires, al Departamento Ejecutivo Municipal, a las cámaras y asociaciones de comercio, profesionales, emprendedurismo y PyMEs de Bahía Blanca, y a toda otra dependencia u organismo que se considere pertinente.