Proyecto de Resolución
Solicitando al Ministerio de Transporte de la Provincia la adhesión al Decreto Nacional 196/2025.
Expediente: HCD-151/2025
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Coautor(es): Pablo Daguerre
Bahía Blanca, 20 de Marzo de 2025.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El Decreto Nacional 196/2025, publicado en el Boletín Oficial el 18 de marzo de 2025, que modifica la Reglamentación General de la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, introduciendo, entre otras medidas, la implementación de la Licencia Nacional de Conducir en formato digital con validez en todo el territorio nacional, y;
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 24.449 (Ley Nacional de Tránsito) y sus modificatorias establecen las normas que regulan el uso de la vía pública y su aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres, así como a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto fueren con causa del tránsito, siendo su ámbito de aplicación la jurisdicción federal.
Que, si bien dicha normativa fue complementada por otras disposiciones, los avances tecnológicos existentes generaron la necesidad de actualizar el compendio reglamentario, cuyas disposiciones no acompañaban, en algunos aspectos, la realidad actual.
Que, en virtud de ello, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 196/2025, introduciendo regulaciones más ágiles y flexibles con el fin de implementar la Licencia Nacional de Conducir digital con validez en todo el país, la cual continuará siendo emitida por las autoridades jurisdiccionales previa autorización de los Centros de Emisión de Licencias por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Que la implementación de la validez para conducir de la Licencia Nacional de Conducir en formato digital facilitará a los ciudadanos el acceso a su documentación personal, reduciendo tiempos y costos asociados a la tramitación presencial.
Que la Licencia Nacional de Conducir digital ofrece múltiples beneficios que buscan modernizar y simplificar la experiencia de los conductores. Disponible a través de la aplicación Mi Argentina, permite llevar la licencia en dispositivos móviles, eliminando la necesidad de la versión física. Además, se actualiza en tiempo real, asegurando información precisa y vigente, e incorpora un código QR que se renueva cada 24 horas para facilitar su autenticidad.
Que el Decreto Nacional 196/2025 introduce modificaciones en la Verificación Técnica Vehicular (VTV), estableciendo nuevos plazos para su realización. De acuerdo con la normativa, la primera VTV para vehículos 0 km se realizará a los 5 años, mientras que para aquellos con menos de 10 años de antigüedad será cada 2 años y, para los que superen los 10 años, anualmente.
Que, además, el decreto amplía la red de establecimientos habilitados para la realización de la VTV, permitiendo que el trámite pueda efectuarse en talleres y concesionarias de cualquier jurisdicción que cuenten con las instalaciones y el equipamiento adecuados, facilitando así el acceso de los conductores al cumplimiento de esta obligación.
Que la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al mencionado decreto nacional garantizará la uniformidad y coherencia en la aplicación de las normativas de tránsito, promoviendo una mayor seguridad vial y facilitando la fiscalización por parte de las autoridades provinciales y municipales.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires que inicie los procedimientos correspondientes para adherir, en lo que resulte aplicable, al Decreto Nacional 196/2025, con el objetivo de implementar en la Provincia las disposiciones establecidas respecto de la Licencia Nacional de Conducir digital, Verificación Técnica Vehicular y otras acciones destinadas a modernizar y agilizar los trámites relacionados con el tránsito y la seguridad vial.
ARTÍCULO 2º: Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Transporte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.