Proyecto de Minuta
Solicitando al DE el efectivo cumplimiento de la normativa vigente en referencia a la responsabilidad de las empresas en la reparación de las roturas por obras en la vía pública.
Expediente: HCD-417/2025
Autor: Pablo Daguerre
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): cumplimiento normativa responsabilidad empresas reparación obras servicios vía pública roturas
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda, disponga mecanismos para garantizar el efectivo cumplimiento de lo establecido por las Ordenanzas N° 12.827 y su modificatoria N° 13.380 en referencia a la responsabilidad de las empresas en la reparación de las roturas por obras en la vía pública.
En el mismo sentido, se requiere que en caso de incumplimientos se apliquen, de manera efectiva e inmediata, las multas y sanciones previstas en las normas mencionadas.
FUNDAMENTOS
La presente iniciativa surge a raíz de los reclamos surgidos en diferentes barrios de la ciudad por parte de los propios vecinos que manifiestan su preocupación debido a las roturas en la vía pública, producto de trabajos de reparaciones o ejecución de diferentes obras que llevan a cabo desde las diferentes empresas prestatarias de servicios públicos y que al finalizar, no realizan las tareas necesarias para dejar el sitio en condiciones óptimas.
Además en diferentes puntos de la ciudad puede observarse el pavimento roto a raíz de perforaciones que han realizado operarios de diferentes empresas prestatarias de servicio o en otros lugares, luego rellenan con tierra el sitio en el que realizaron la reparación y en el que, previo a la misma, estaba pavimentado. Cabe destacar que esto puede observarse inclusive en calles donde el pavimento es prácticamente nuevo (ejecutado hace dos o tres años aproximadamente).
Esta situación ocurre también en veredas que quedan rotas a partir de reparaciones por pérdidas de agua, por ejemplo y luego de finalizar los trabajos, simplemente tapan con tierra el lugar, sin reemplazar las baldosas o el cemento.
La Ordenanza N° 12.827 establece las pautas reglamentarias para la ejecución de obras en la vía pública en el Partido de Bahía Blanca y su modificatoria, la Ordenanza N° 13.380, incorpora a la primera un artículo – 4° bis – referido puntualmente a la responsabilidad de las empresas en la reparación de las roturas por obras.
El artículo 4º bis, incorporado por la Ordenanza N° 13.380 es muy claro en referencia a la responsabilidad de las empresas en la reparación de las roturas por obras:
“a) Establézcase la obligatoriedad, para todas aquellas empresas que presten servicios públicos o privados, que soliciten autorización municipal para la apertura de vereda, pavimento y/o la realización de cualquier otra tarea que implique la rotura y/o afectación de bienes del Estado Municipal, de presentar la constancia de contratación de su seguro de caución por un monto equivalente al costo de la reparación de las roturas autorizadas.
b) El D. Ejecutivo, a través de la reglamentación de la presente ordenanza, establecerá los plazos máximos asignables, según el caso que se trate, para efectuar la reparación respectiva. Vencido el mismo, y constatando el incumplimiento, la autoridad de aplicación podrá ejecutar la caución aludida procediendo a efectuar las tareas de restauración correspondientes.
c) El D. Ejecutivo podrá opcionalmente, ordenar la reparación y cargar el monto de la misma en la cuenta de las tasas que correspondan abonar a la obligada o en caso de ser factible, compensar con créditos que esta pudiera tener con el Municipio.
d) Establézcase como autoridad de aplicación de la presente ordenanza a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos comunal.”
Por todo lo expuesto, solicitamos al municipio que disponga todos los mecanismos a su alcance para garantizar el efectivo cumplimiento de la normativa vigente en referencia a la obligatoriedad y responsabilidad de las empresas en la reparación de las roturas por obras en la vía pública.