Proyecto de Ordenanza
Identidad gráfica fija en cartelería de barrios, espacios públicos y garitas de colectivo
Expediente: HCD-344/2025
Autor: Gisela Caputo
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): identidad grafica carteleria
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La reiterada modificación de la identidad gráfica institucional en la cartelería de barrios, espacios públicos y paradas de colectivo con cada cambio de gestión gubernamental en el Municipio de Bahía Blanca, y
CONSIDERANDO:
Que la rotulación y señalética en espacios públicos deben priorizar la funcionalidad, la orientación ciudadana, la durabilidad y la coherencia visual por sobre criterios partidarios o coyunturales;
Que los constantes cambios en la gráfica institucional según cada gestión debilitan la construcción de una identidad visual sólida, reconocible y representativa de toda la comunidad;
Que los rediseños frecuentes de la identidad visual en la cartelería institucional generan un gasto innecesario cada cuatro años, afectando recursos que podrían destinarse a prioridades más urgentes para la ciudad;
Que la utilización del espacio público como soporte comunicacional debe regirse por principios de eficiencia, estética urbana, coherencia institucional y respeto por el patrimonio colectivo;
Que la homogeneización de la cartelería mejora la comunicación urbana, aporta claridad, accesibilidad y orientación al tránsito peatonal y vehicular, y evita confusiones innecesarias entre vecinos y visitantes;
Que el rediseño reiterado de estos elementos responde, muchas veces, a fines políticos o de propaganda partidaria, lo cual contradice el espíritu de neutralidad que deben tener los bienes y servicios públicos;
Que existen antecedentes en distintas ciudades del país y del mundo donde la identidad visual del espacio público se define por concurso, garantizando así pluralidad, calidad técnica y permanencia en el tiempo;
Que promover concursos públicos para definir la identidad visual fomenta la transparencia, la participación ciudadana y el fortalecimiento del diseño local como herramienta de transformación social;
Que vincular al ámbito educativo con la planificación urbana permite valorizar el trabajo profesional de estudiantes y docentes, fortalecer el sentido de pertenencia y favorecer la apropiación social de los espacios públicos;
Que la Escuela de Artes Visuales de Bahía Blanca, reconocida por su trayectoria y formación académica, representa un ámbito idóneo para canalizar el talento local y construir una propuesta visual democrática, profesional y representativa de la identidad de la ciudad;
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Establézcase que la cartelería institucional correspondiente a barrios, espacios públicos y garitas de paradas de colectivo del Partido de Bahía Blanca deberá mantener un diseño de identidad visual unificado, permanente y no sujeta a modificación por cambio de gobierno.
Artículo 2º: La identidad gráfica mencionada en el artículo anterior deberá ser seleccionada mediante concurso público organizado en articulación con la Escuela de Artes Visuales de Bahía Blanca.
Artículo 3º: El concurso será convocado por la Secretaría de Cultura del Municipio de Bahía Blanca, en conjunto con la Escuela de Artes Visuales, en un plazo no mayor a 180 días desde la promulgación de la presente ordenanza.
Artículo 4º: El diseño seleccionado será de uso obligatorio en toda cartelería vinculada a la identificación de barrios, espacios públicos y paradas de transporte urbano (garitas) , sin perjuicio de la incorporación de elementos complementarios informativos.
Artículo 5º: Queda prohibida la modificación del diseño institucional aprobado, salvo que medie una ordenanza posterior que disponga expresamente su actualización, justificada en razones técnicas, funcionales o de accesibilidad universal.
Artículo 6º: Los gastos que demande la implementación del nuevo diseño gráfico serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente, priorizando su aplicación progresiva conforme a la renovación o reparación de cartelería existente.
Artículo 7º: De forma.