Proyecto de Ordenanza
Declarando de interés estratégico para la ciudad de Bahía Blanca la recuperación y puesta en valor del edificio de la Estación Sud de Avenida Cerri.
Expediente: HCD-597/2025
Autor: Gisela Caputo
Bloque: Juntos
Coautor(es): Emiliano Marcelo Alvarez Porte
Palabra(s) clave(s): estación sud puesta en valor interés estratégico bahía blanca cerri
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de otorgar un uso estratégico, productivo y sostenible al edificio de la Estación Sud de Avenida Cerri, declarado Monumento Histórico Nacional, con el objetivo de poner en valor su patrimonio arquitectónico y brindar una nueva utilidad al servicio del desarrollo de la ciudad.
Y CONSIDERANDO
Que Bahía Blanca ha sido históricamente un nodo logístico, portuario y ferroviario de relevancia nacional, y que la Estación Sud constituye un símbolo urbano con ubicación estratégica a pocos minutos del centro, frente a una avenida principal y en un área en proceso de renovación urbana (Cerri–Parchappe).
Que la recuperación de edificios patrimoniales con fines de innovación y desarrollo ha demostrado ser una política exitosa en otras ciudades del país y del mundo, como los casos del Mercado del Patio en Rosario, el Distrito Tecnológico de Parque Patricios en CABA y experiencias internacionales en antiguas estaciones ferroviarias reconvertidas en hubs culturales y productivos.
Que la ciudad de Bahía Blanca necesita fortalecer su ecosistema emprendedor y de innovación, articulando a las universidades, institutos de investigación, PyMEs, cooperativas y cámaras empresarias con el sector público.
Que la Estación Sud, puesta en valor en 2022 con una inversión de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), cuenta con más de 900 m² cubiertos y un amplio playón, lo que la convierte en un espacio óptimo para alojar iniciativas de incubación de startups, laboratorios de prototipado, formación en oficios digitales y un mercado permanente de producción local.
Que resulta imprescindible dar un nuevo uso a este inmueble para evitar su deterioro, garantizar su preservación patrimonial y convertirlo en un motor de desarrollo productivo y comercial para Bahía Blanca y la región.
Que el Municipio, en ejercicio de su autonomía, puede declarar de interés estratégico este destino y gestionar formalmente la cesión en guarda, uso o comodato ante los organismos nacionales competentes, a fin de implementar el proyecto.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Declárase de interés estratégico para la ciudad de Bahía Blanca la recuperación y puesta en valor del edificio de la Estación Sud de Avenida Cerri, con destino a la creación del Centro de Innovación y Desarrollo Productivo “Estación Sud”.
ARTÍCULO 2°: Instrúyese al Departamento Ejecutivo a gestionar, ante la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Secretaría de Transporte de la Nación y demás organismos nacionales competentes, la cesión en guarda, uso o comodato del inmueble de la Estación Sud, a los fines establecidos en la presente ordenanza.
ARTÍCULO 3°: Una vez formalizada la cesión mencionada en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo procederá a implementar el Centro de Innovación y Desarrollo Productivo “Estación Sud”, con los siguientes objetivos:
a) Fomentar la incubación y aceleración de emprendimientos y startups locales.
b) Brindar espacios de coworking, capacitación y mentoría en innovación, tecnología, comercio electrónico y economía circular.
c) Crear laboratorios de prototipado (impresión 3D, robótica, software, energías limpias) en articulación con universidades, escuelas técnicas e instituciones científicas.
d) Promover un mercado y showroom permanente para productores locales, PyMEs, cooperativas y diseñadores de la ciudad.
e) Generar vínculos entre empresas, academia y municipio para potenciar el ecosistema emprendedor y comercial.
f) Revitalizar la zona de Av. Cerri y Parchappe, integrando patrimonio, innovación y desarrollo urbano.
ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo podrá celebrar convenios de cooperación con universidades (UNS, UTN, UPSO), institutos científicos (CONICET, INTA, INTI), cámaras empresarias, fundaciones y entidades privadas interesadas en aportar financiamiento, mentoría y capacitación.
ARTÍCULO 5°: La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Producción, Innovación y Empleo, o la que en el futuro la reemplace, en coordinación con la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y la Secretaría de Cultura y Patrimonio.
ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo elaborará, en un plazo de 120 días desde la formalización de la cesión, un Plan Maestro de Funcionamiento del Centro, que contemple:
– Modelos de gestión (público, privado o mixto),
– Criterios de acceso a los espacios por parte de emprendedores, empresas o instituciones,
– Programas de incubación, capacitación y ferias permanentes,
– Mecanismos de preservación del valor patrimonial del inmueble.
ARTÍCULO 7°: Invítase a la Provincia de Buenos Aires, a las universidades con sede en Bahía Blanca, a los organismos de ciencia y técnica, cámaras empresariales, asociaciones profesionales, cooperativas y ONGs vinculadas al desarrollo productivo a adherir y participar en la implementación del Centro.
ARTÍCULO 8°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias y a gestionar financiamiento nacional e internacional (Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Mundial, programas de cooperación técnica) para el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.