Proyecto de Ordenanza
Solicitando información sobre las medidas de prevención y actuación policial ante los hechos ocurridos en el Bahía Blanca Plaza Shopping.
Expediente: HCD-241/2026
Autor: Alianza La Libertad avanza
Bloque: Alianza La Libertad avanza
Coautor(es): Fernando Compagnoni Marcos Streitenberger Maria Teresa Gonard Vanina Gabriela Linzuain Mauro David Reyes Pontet Luciano Hernán Cagiao Felipe Ferrández Franca Grippo Araceli Valenzuela
Bahía Blanca, 06 de Abril de 2026.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Los hechos de violencia y vandalismo registrados el día 3 de abril de 2026 en el acceso principal del Bahía Blanca Plaza Shopping, donde se produjeron intentos de rotura de cristales y bloqueos físicos a la propiedad, y;
CONSIDERANDO
Que es de público conocimiento, a través de registros fílmicos de particulares y medios de comunicación, el uso de elementos contundentes (conos de señalización y otros objetos) para impactar contra los ventanales de ingreso al centro comercial, poniendo en riesgo la integridad física de quienes se encontraban dentro del edificio.
Que el derecho a la manifestación no ampara el daño a la propiedad privada ni la coacción física para impedir el libre tránsito de ciudadanos y trabajadores.
Que la aparente escasa presencia policial en el momento de los incidentes más graves permitió que la situación escalara, dejando al personal de seguridad privada del establecimiento en una situación de desprotección absoluta.
Que es imperativo determinar si el Municipio y la Policía de la Provincia de Buenos Aires contaban con un plan de contingencia para evitar que una movilización gremial derivara en actos de vandalismo.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Seguridad, informe en un plazo de cinco (5) días hábiles:
a) Qué medidas de prevención se coordinaron con la Jefatura Departamental de Policía tras conocerse la convocatoria al bloqueo del centro comercial.
b) Si existieron denuncias de bombas de estruendo, humo o de pirotecnia, en caso afirmativo informar si se labraron actas en base a la Ordenanza 11.252 y 21.498 de pirotecnia cero y remitir copias de las mismas.
c) Remita las grabaciones de las cámaras del CEUM que registraron el momento del ingreso al predio del BBPS, a fin de identificar si hubo intervención de las fuerzas de seguridad en ese instante preciso.
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires que informe:
a) La cantidad exacta de efectivos policiales destinados al operativo en el Shopping durante la jornada del 3 de abril y por qué no se reforzó la guardia ante los primeros indicios de violencia física contra el edificio.
b) Si se han iniciado actuaciones judiciales de oficio por los delitos de Daño e Intento de Daño y Coacción, previstos en el Código Penal, ante los ataques registrados contra las instalaciones.
c) Por qué no se dispuso el desplazamiento de unidades de respuesta rápida (UTOI) para garantizar un perímetro de seguridad que impidiera el contacto físico de los manifestantes con las aberturas de vidrio del centro comercial.
ARTÍCULO 3°: Instar a la delegación del Ministerio de Trabajo (calle O’Higgins 247) a que informe si existió un hipótesis de conflictos declarada por Empleados de Comercio contra el BBPS, de ser así remita copia al HCD.
ARTÍCULO 4°: De forma.

