Proyecto de Resolución
Solicitando al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires que se priorice la reconstrucción del puente vehicular de calle Don Bosco en la obra Reconstrucción del Canal Maldonado Etapa II.
Expediente: HCD-214/2026
Autor: Franca Grippo
Bloque: Alianza La Libertad avanza
Coautor(es): Araceli Valenzuela
Bahía Blanca, 26 de Marzo de 2026.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La urgencia en el restablecimiento de la circulación vehicular del puente de calle Don Bosco sobre el Canal Maldonado de la ciudad de Bahía Blanca; y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución Nº 105-MIYSPGP-2026 se adjudicó la obra “Reconstrucción del Canal Maldonado Etapa II” en el partido de Bahía Blanca a la firma COINCE – TECMA – CANAL MALDONADO – U.T. por la suma de .498.032.791,53.
Que la interrupción de la circulación sobre el puente de calle Don Bosco ha provocado una caída dramática en el tránsito de personas por el área. Como efecto inmediato, los negocios locales han sufrido un colapso en sus ingresos, lo que pone en peligro el sustento de las familias que dependen de estos empleos.
Que el puente mencionado es una vía esencial de comunicación de un sector muy poblado de la ciudad que ha quedado virtualmente aislado desde el 7 de Marzo del 2025.
Que, por lo expuesto, es que solicitamos que la Dirección de la Obra disponga la prioridad de reconstruir el puente de calle Don Bosco frente a otros sectores de la misma, con el objetivo de lograr recomponer la situación previa a la inundación y darle así una respuesta lo más pronto posible a los vecinos del sector.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires que, a través de las áreas competentes, y en coordinación con la Municipalidad de Bahía Blanca, arbitre de manera urgente los medios necesarios para darle prioridad a la reconstrucción definitiva del puente ubicado en la calle Don Bosco al 1800 en el marco de la obra ‘Reconstrucción del Canal Maldonado Etapa II’.
ARTÍCULO 2°: Comunicar la presente al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

