Proyecto de Resolución
Solicitando la realización de un estudio hidráulico integral y la evaluación de medidas preventivas en el sector del antiguo terraplén ferroviario de General Daniel Cerri
Expediente: HCD-467/2026
Autor: Franca Grippo
Bloque: Alianza La Libertad avanza
Coautor(es): Araceli Valenzuela
Bahía Blanca, 12 de Mayo de 2026.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La preocupación manifestada por vecinos de la localidad de General Daniel Cerri respecto del riesgo hídrico existente en el sector del antiguo terraplén ferroviario; y,
CONSIDERANDO
Que vecinos de la localidad de General Daniel Cerri han solicitado la intervención de las autoridades provinciales competentes ante la posible vulnerabilidad hídrica generada por el deterioro y pérdida parcial de sectores del antiguo terraplén ferroviario.
Que, según manifiestan los vecinos del sector, las modificaciones producidas con posterioridad a los eventos climáticos e inundaciones sufridos en los últimos años habrían afectado una estructura que históricamente habría cumplido funciones de contención y regulación natural frente a mareas extraordinarias y crecidas del estuario.
Que la preocupación radica en la eventual posibilidad de ingreso de agua hacia zonas habitadas durante fenómenos de marea elevada, sudestadas, precipitaciones intensas o la combinación simultánea de dichos eventos.
Que asimismo se advierte que, durante eventos extremos, el escurrimiento y drenaje pluvial podrían verse afectados por el comportamiento de las mareas, generándose situaciones de acumulación y represamiento de agua con potencial afectación a viviendas, infraestructura y población de la localidad.
Que resulta prioritario avanzar en una evaluación hidráulica integral que permita determinar con precisión el comportamiento hídrico actual del sector, los riesgos existentes y las posibles medidas de mitigación que pudieran corresponder.
Que, en virtud de las competencias específicas en materia de infraestructura hidráulica, planificación de obras y administración del recurso hídrico, corresponde dar intervención tanto a la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires como a la Autoridad del Agua (ADA).
Que la adopción de medidas preventivas y de planificación anticipada constituye una herramienta fundamental para minimizar riesgos y prevenir futuros daños a la población y a la infraestructura urbana de General Daniel Cerri.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires que, en coordinación con la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires y demás organismos que estime corresponder, arbitre los medios necesarios para la realización de un estudio y evaluación hidráulica integral del sector del antiguo terraplén ferroviario, en la localidad de General Daniel Cerri, Partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°: Requerir que el estudio mencionado contemple especialmente:
-
la evaluación del comportamiento de mareas y escurrimiento pluvial del sector;
-
la determinación de riesgos de ingreso y acumulación de agua en áreas urbanizadas;
-
el análisis del estado actual del antiguo terraplén ferroviario y su incidencia hidráulica;
-
y la evaluación técnica de posibles obras de mitigación y protección hídrica, incluyendo defensas, compuertas, alcantarillas, canalizaciones, sistemas de drenaje y demás alternativas que resulten técnicamente viables.
ARTÍCULO 3°: Solicitar a la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires que, dentro del plazo de SESENTA (60) días de recibida la presente, informen a este Honorable Concejo Deliberante sobre la viabilidad técnica y administrativa de llevar adelante el estudio hidráulico integral solicitado para el sector del antiguo terraplén ferroviario de General Daniel Cerri, indicando asimismo las áreas competentes que eventualmente intervendrían en su realización.
ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente a la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires y a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio de Bahía Blanca.

