Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando a la Empresa Distribuidora de Energía Sur ( EDES SA) comunique fehacientemente a sus clientes antes de efectuar el corte del suministro de energía eléctrica.-
Expediente: HCD-333/2013
Autor: Soledad Espina
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de resolución solicitando a la Empresa Distribuidora de Energía Sur ( EDES SA) comunique fehacientemente a sus clientes antes de efectuar el corte del suministro de energía eléctrica.-
AUTORA: Soledad Espina.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Que la Empresa Distribuidora de Energía Sur ( EDES SA) no comunica en forma fehaciente a sus clientes ante el futuro corte de suministro eléctrico.-
Y CONSIDERANDO:
Que dicho proyecto se fundamenta en función de que cada vecino de Bahía Blanca y cliente de EDES SA haga valer sus derechos como consumidores y usuarios siendo notificados fehacientemente por dicha empresa, ya que la misma no respeta el contrato de concesión que así lo establece en el Sub- anexo “D” artículo 4.6 “ Suspensión del Suministro por falta de Pago”;
Que vecinos de distintos sectores de la ciudad han manifestado en reiteradas oportunidades distintos reclamos relacionados a la recepción, no sólo de las facturas sino también a los avisos de corte;
Que los clientes de la prestataria manifiestan que la misma notifica simplemente dejando dicho ”aviso de corte” entre las rejas de frente, debajo de la puerta, enganchada en buzones muchas veces sin tapa protectora etc. Esto significa que no notifica fehacientemente ya que es improbable que se certifique su acuse de recibo, comunicación fehaciente es aquella que a través de la cual se pueda acreditar el envío y recepción de la pieza y el contenido enviado a través de la misma;
Que el mencionado busca que se cumpla el contrato de concesión notificando fehacientemente a cada usuario;
Que vecinos se han presentado en la Oficina Municipal de Información al Consumidor ( OMIC) reclamando por los reiterados cortes de luz sin previo aviso fehaciente de notificación; provocando molestias y cargos en su contra que no se deberían abonar;
Que cabe destacar que varias personas que realizan este tipo de reclamo son electrodependientes, con grandes problemas de salud y necesitan dicho servicio de manera imprescindible;
POR LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
PRIMERO: Solicitar a la Empresa Distribuidora de Energía Sur ( EDES SA) comunique fehacientemente a sus clientes antes de efectuar el corte del suministro de energía eléctrica, respetando el contrato de concesión en el Sub-anexo “ D “artículo 4.6.-
SEGUNDO: Remitir copia a EDES SA.-