Proyecto de Minuta
MINUTA DE COMUNICACIÓN: Solicitando al Sr. Intendente Municipal informe a través de las Secretarías correspondientes si se verificó el cumplimiento de la normativa vigente para la habilitación y realización del recital de Joan Manuel Serrat desarrollado e
Expediente: HCD-197/2009
Autor: Andrés De Leo
Bloque: Acción Radical Bahiense
MINUTA DE COMUNICACIÓN: Solicitando al Sr. Intendente Municipal informe a través de las Secretarías correspondientes si se verificó el cumplimiento de la normativa vigente para la habilitación y realización del recital de Joan Manuel Serrat desarrollado el pasado 04 de Marzo en el Club Estudiantes
AUTOR: De Leo, Andrés
Bahía Blanca, 06 de Marzo 2009
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Sr. Intendente Municipal informe a través de las Secretarías correspondientes si se verificó el cumplimiento de la normativa vigente para la habilitación y realización del recital de Joan Manuel Serrat desarrollado el pasado 04 de Marzo en el Club Estudiantes.
A tal fin se solicita se informe
1º) La cantidad de espectadores habilitados para la concurrencia al recital
2º) Si el Estadio del Club Estudiantes cuenta con las medidas de seguridad requeridas por la normativa vigente para la realización de espectáculos públicos.
3º) Si se realizaron inspecciones previas a la realización del recital a efectos de constatar que estaban previstas todas las medidas de seguridad para la realización del mismo.
4º) Si al momento del desarrollo del recital se verificó a través del Cuerpo Único de Inspectores Municipales (C.U.I.M.) el cumplimiento del Factor Ocupacional habilitado para el espectáculo y las medidas de seguridad, higiene y orden público indispensables. De no haber concurrido el C.U.I.M. se informe las razones que fundamentaron tal decisión.
5º) Si se labraron infracciones por incumplimiento del Factor Ocupacional y de las medidas de seguridad.
6º) Si el servicio 911 recibió llamadas de ciudadanos alertando sobre las irregularidades que estarían sucediendo al momento del desarrollo del recital, y en su caso de las acciones que derivaron de tales denuncias
7º) Si se realizaron controles sobre el número de entradas efectivamente vendidas.
FUNDAMENTOS:
El presente Proyecto se encuentra fundamentado en la importancia que se tome conocimiento público referido a las irregularidades ocurridas en el recital realizado en el Club Estudiantes el 04 de marzo que motivaron numerosas quejas de los concurrentes y el riesgo que significa la violación de las normas de seguridad en espectáculos de concurrencia masiva
De acuerdo con declaraciones públicas vertidas por el organizador del recital, el factor ocupacional del estadio para esta clase de espectáculos es de 2.200 personas pudiendo llegar a 2.500 según el tipo de espectáculo. Sin embargo, todas las personas especializadas coinciden en afirmar que tal número fue ampliamente superado, lo que motivó demoras al ingreso del estadio, aglomeramientos en algunos sectores especialmente en las salidas generando la obstrucción de las mismas, inadecuada refrigeración (aún cuando la jornada no superaba los 20 grados) y la ausencia de referencias para una eventual salida de emergencia.
La tragedia ocurrida en la Capital Federal en el boliche bailable “República de Cromagnón” trajo como resultado la profundización de las medidas preventivas de seguridad tales como la disminución del factor ocupacional, la implementación de salidas de emergencias mas amplias y modernas, señalética adecuada, la utilización de material ignífugo, entre otras y el control riguroso que en nuestra ciudad se ha verificado en locales bailables y también en la cancelación de habilitación de salones de entidades sociales como clubes y sociedades de fomento que utilizan sus salones para la realización de cenas y fiestas de sus asociados como principal fuente de recursos.
La Municipalidad ha informado la realización de operativos de control del factor ocupacional realizados en locales bailables, no autorizando el ingreso de personas al llegar a la cantidad autorizada por el Factor Ocupacional correspondiente. Era de esperar que en espectáculos de concurrencia masiva, este control fuera realizado con mayor énfasis por el incremento del riesgo en la seguridad de las personas.
Es importante también conocer también si el ingreso de personas en exceso a la cantidad habilitada implicó la venta de mayor cantidad de entradas lo que podría presuponer un menor ingreso a la Municipalidad por la Tasa de Derecho a los Juegos y Espectáculos Públicos. Para ello es esencial conocer si se constató la cantidad de entradas vendidas.