Proyecto de Ordenanza
Proyecto de ordenanza modificando el artículo 1º de la ordenanza nº 3969/84 referido a la reglamentación de imposición de designación de lugares públicos.-
Expediente: HCD-1507/2013
Autor: Soledad Espina
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de ordenanza modificando el artículo 1º de la ordenanza nº 3969/84 referido a la reglamentación de imposición de designación de lugares públicos.-
AUTORA: SOLEDAD ESPINA.-
ORDENANZA
VISTO:
Que actualmente la Ordenanza 3969 del año 1984 establece la reglamentación para imponer nombres a calles o sitios públicos en la ciudad;
Y CONSIDERANDO:
Que dicha ordenanza regula la imposición de nombres a calles y sitios públicos, de personalidades o ciudadanos fallecidos, siendo imprescindible el transcurso de un lapso mínimo para permitir la aprobación pública de las distintas cualidades y desempeños de las personalidades o ciudadanos acreedores a tal distinción;
Que es dable destacar que la ordenanza 3969 del año 1984 ha quedado obsoleta dado que en su artículo primero indica que para la designación de un nombre de una personalidad o ciudadano deben transcurrir cinco años desde la fecha de su deceso para dicho otorgamiento;
Que el fin de esta modificación a la mencionada valga para que los familiares y allegados de la personalidad a destacar que compartieron la vida puedan disfrutar del honor de poder presenciar el homenaje en un breveperíodo, ya que en algunos casos el lapso para la designación tipificado en la ordenanza 3969/84 impide a éstos estar presentes por cuestiones naturales o fortuitas de la vida;
Que en la actualidad existen distintos medios para acceder a datos referidos a las personalidades o ciudadanos dignos de tal distinción, por lo tanto el tiempo establecido en la ordenanza mencionada es inconmensurable haciendo hincapié que en un breve lapso se podrá saber los antecedentes del distinguido, poniendo como ejemplo un medio que revolucionó al mundo, el nacimiento comercial de Internet en la Argentina se produjo en 1995, desde allí a la fecha hemos transitado un camino donde Internet logró impactar culturalmente en el acerbo nacional;
Que la nueva tecnología bajó los costos para estar comunicado y se redujeron las distancias en ciudades, a lo largo del país y con el resto del planeta, Argentina es el país con mayor índice de penetración de PCs por Hogar en América Latina con casi un 54%, de las cuales hoy mas de la mitad tiene acceso a Internet, por ello el crecimiento de Internet en Argentina está casi garantizado;
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modificase el artículo 1º de la ordenanza 3969/84 el que quedará redactado de la siguiente manera: En ningún caso se podrá designar a calles o sitios públicos del Municipio con el nombre de una personalidad o ciudadano, a quién en esa forma se desee rendir homenaje, hasta transcurridos 1 ( un) año desde la fecha de su fallecimiento”.-
ARTÍCULO 2º: De Forma.-