Proyecto de Resolución
Proyecto de Resolución expresando beneplácito por la conmemoración del Día Internacional contra la Violencia de Género.-
Expediente: HCD-1509/2013
Autor: Ana Concepción Civitella
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de Resolución expresando beneplácito por la conmemoración del Día Internacional contra la Violencia de Género.-
AUTORA: ANA CIVITELLA, SOLEDAD ESPINA, GISELA GHIGLIANI.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
Que el 25 de noviembre de cada año se celebra el Día Internacional de la eliminación de la Violencia de Género;
Y CONSIDERANDO:
Que el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (o DIEVCM), aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 54/134 el 17 de diciembre de 1999, se celebra anualmente cada 25 de noviembre;
Que la propuesta para que se celebrara en esa fecha la realizó la República Dominicana, con el apoyo de 80 países de la historia, en República Dominicana seregistró el asesinato de las tres hermanas Mirabal, hecho que tuvo lugar el 25 de noviembre de 1960, por órdenes del dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo;
Que en dicha Asamblea se reconoció que eran necesarios "una clara declaración de los derechos que se deben aplicar para asegurar la eliminación de toda violencia contra la mujer en todas sus formas, y un compromiso de los Estados y de la comunidad internacional en general para eliminar la violencia contra la mujer";
Que el 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. La ONU invitó a gobiernos, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales a organizar actividades dirigidas a sensibilizar al público respecto del problema en este día como una celebración internacional;
Que en 1981 se celebró en Bogotá, Colombia, el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, donde se decidió marcar el 25 de noviembre como el Día Internacional de No Violencia contra las Mujeres, recordando el asesinato de las hermanas Mirabal;
Que en 1993 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en la que se definió la "violencia contra la mujer" como: “Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual opsicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vía pública o en la vía privada”.
Que uno de los temas de máxima actualidad es la violencia de género que tiene sus efectos en todos los sectores de la sociedad siendo una preocupación para todos y que el Estado tiene como deber y obligación implementar las políticas esenciales para su erradicación;
Que el debate actual tiene como idea central la violencia que ha sido llevada como mera identificación de las mujeres como víctimas estáticas de su realidad. La violencia es aquella conducta que se realiza de manera consciente y adrede para generar algún tipo de daño a la víctima ya sea emocionalmente o físicamente;
Que el género es el grupo de seres que comparten ciertas características entre si. La violencia de género es entonces es aquella acción ejercida de un sexo hacia otro y que como ya dijimos anteriormente seria aquellos casos en los que la víctima pertenece al género femenino;
Que dentro de la violencia de género distinguimos tres tipos esenciales:
1. Violencia física: es aquella ejercida sobre la víctima que recibe malos tratos tales como golpes, patadas, mordiscos, cortaduras, causándoles lesiones físicas a la misma;
2. Violencia psicológica: es aquella en la cual la víctima recibe humillaciones en
su persona, disminución en su persona, en su condición como mujer, gritos, desprecios, amenazas, intentando de una u otra manera de hacerle creer que ella es la culpable de todo;
3. Violencia económica: Es aquella que se caracteriza en que la victima no tenga derecho a acceder a un trabajo y axial se subordina a la mera dependencia del maltratador;
4. Violencia sexual: aquí la coacción es el medio por el cual es ejercido por el maltratador a los fines de tener relaciones sexuales no deseadas por la víctima;
5. Violencia doméstica: es aquella que se produce en el hogar ingresando en el contexto familiar la esposa, sus hijos, nietos siendo varias la victimas de dicha violencia;
El art. 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la mujer del año 1994 de Naciones Unidas establece la violencia de género como "todo acto de violencia basado en la pertenencia del sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico,, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada";
Que en Argentina, la Ley 26.485 sancionada hace poco tiempo previene la violencia de género estableciendo su sanción y erradicación de la misma;
Que un dato es lo sucedido en el año 2008 que pone un llamado de atención ya que se han recepcionado más de 60.000 denuncias sobre violencia de género, incrementándose en un 200 % con relación a las estadísticas registradas en el año 2006;
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
PRIMERO: Expresar beneplácito por la conmemoración del 25 de noviembre como Día Internacional contra la Violencia de Género.-