Proyecto de Ordenanza
Proyecto: PROGRAMA PERMANENTE DE SUELO DISPONIBLE (ProPSuDi)
Expediente: HCD-1556/2013
Autor: Ramiro Villalba
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto: PROGRAMA PERMANENTE DE SUELO DISPONIBLE (ProPSuDi)
Autor : Ramiro Villalba
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO :
La necesidad de lotes disponibles para que vecinos de nuestra ciudad puedan conseguir el sueño de la casa propia;
Y CONSIDERANDO:
Que el déficit habitacional persiste a pesar de los esfuerzos de los últimos años;
Que los beneficiarios del Procrear en su modalidad “adquisición de terreno y construcción” esperan de sus representantes acciones proactivas;
Que la escasez de tierras es un problema que no se agota en esta circunstancia coyuntural a raíz del Procrear;
Que la presente propuesta pretende ser, a su vez, un espacio donde se aporten ideas que profundicen las políticas públicas municipales en la materia;
Que el presente Programa puede transformarse en una potente herramienta de cooperación y complementación con programas y planes ya existentes como Plan Federal de Viviendas, Plan Hábitat, etc.;
Que se torna necesaria e imprescindible la activa participación del Estado Municipal en pos de lograr soluciones reales y concretas a los problemas de los vecinos en la materia en cuestión;
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase el Programa Permanente de Suelo Disponible (ProPSuDi).-
TITULO I – Del "Registro de loteos y desarrollos urbanísticos ofrecidos"
ARTICULO 2º: Créase el “Registro de loteos y desarrollos urbanísticos ofrecidos” en el ámbito del Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º: Convócase a la apertura de inscripciones en el Registro creado en el artículo 2°; a aquellos propietarios, desarrolladores y/o responsables debidamente autorizados de loteos o desarrollos urbanísticos interesados en participar del presente Programa.-
ARTÌCULO 4º: Las inscripciones se llevarán a cabo en la sede del Concejo Deliberante, sito en Sarmiento 12 de nuestra ciudad, a partir del día 9 y hasta el día 23 de diciembre del corriente año. La Presidencia del HCD establacerá los días y horarios de inscripción en el Registro.-
ARTÌCULO 5º: Apruébase el “Formulario de Solicitud de Inscripción” que como “ANEXO A” forma parte de la presente ordenanza.-
ARTÌCULO 6º: Las OFERTAS inscriptas en el Registro tendrán una valides de ciento veinte (120) días contados desde la finalización del plazo de inscripción.-
ARTÌCULO 7º: El Registro se publicará en el sitio web del HCD una vez finalizado el plazo de inscripción del artículo 4°.-
TITULO II – De las Ofertas y Precios
ARTÌCULO 8º: Finalizado el plazo de inscripción del artículo 4° la AGENCIA URBANA contará con un plazo de diez (10) días hábiles para verificar los datos de los inscriptos en el Registro y proceder a emitir el listado de “OFERTAS de loteos y desarrollos urbanísticos”. El mismo se publicará en el portal de Gobierno Abierto y en el sitio web del HCD.-
ARTÌCULO 9º: Desde la fecha de publicación del artículo 8°, los inscriptos que formen parte del listado de “OFERTAS de loteos y desarrollos urbanísticos” contarán con un plazo de tres (3) días hábiles para requerir por escrito ante la AGENCIA URBANA y el HCD cualquier modificación en su OFERTA como así también, y de la misma manera, solicitar el retiro de la misma.-
ARTÌCULO 10º: Los inscriptos, con sus respectivas modificaciones, vencido el plazo del artículo 9°, aceptan como “precio de venta comprometido” de sus lotes el que surja de deducir al “precio propuesto” en cada OFERTA los costos y gastos de obras y trámites en los que la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA deba incurrir para que los mencionados lotes se encuentren en condiciones de ser adquiridos y escriturados, con o sin hipoteca.-
TITULO III – De las Obligaciones del Departamento Ejecutivo.
ARTÌCULO 11º: El Departamento Ejecutivo tomará activa intervención en la agilización de trámites de loteos o desarrollos en marcha.-
ARTÌCULO 12º: Para el caso de loteos o desarrollos aun NO iniciados el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para dar inicio a los trámites, como así también la agilización de los mismos.-
ARTÌCULO 13º: El Departamento Ejecutivo podrá comisionar agentes de Catastro, Agencia Urbana, Planeamiento Urbano, Obras Públicas, Economía y Hacienda, y de cualquier otra dependencia municipal con el fin de cumplir los objetivos de los artículos 11° y 12°.-
ARTÌCULO 14º: El Departamento Ejecutivo se hará cargo de la realización de las obras necesarias para dotar del servicio de Energía Eléctrica al loteo y se encargará del mantenimiento de las calles, en su caso, realizará la apertura de calles necesarias.-
ARTÌCULO 15º: Los fondos necesarios para la ejecución de las obras del artículo 14° serán previstos en el Presupuesto para el ejercicio fiscal 2014 como un programa afectado, fuente 131.-
ARTÌCULO 16º: El Departamento Ejecutivo deberá verificar, a través de su cuerpo de asesoría letrada, que las respectivas ventas de los lotes conforme el procedimiento de la presente ordenanza se realice en un todo de acuerdo con su espíritu y conforme las normas legales e impositivas vigentes.-
ARTÌCULO 17º: El Departamento Ejecutivo tendrá derecho a recuperar de los frentistas propietarios de los lotes resultantes de los loteos o desarrollos, el costo de las obras realizadas para su consecución con más un interés por financiamiento, en su caso.-
ARTÌCULO 18º: El resultante del recupero se afectará conforme el artículo 15° y se destinará a futuros loteos o desarrollos, ya sea por planes nacionales (Procrear), planes de viviendas, Plan Hábitat, o cualquier otro plan o programa destinado a reducir el déficit habitacional de nuestro partido.-
ARTÌCULO 19º: El Departamento Ejecutivo podrá contratar los servicios de escribanos públicos, agrimensores, ingenieros civiles, y cualquier otro profesional que considere conveniente para el avance y rapidez del presente programa. En caso de escribanos será necesaria la conformidad del inscripto en el Registro.-
TITULO IV – De los Adquirentes de los Lotes.
ARTÌCULO 20º: Los postulantes a Adquirentes de los lotes serán relevados por la “Comisión Supervisora” y formarán parte de un listado que será público y se exhibirá tanto en el portal de Gobierno Abierto como en el sitio web del HCD.-
TITULO V – De la Comisión Supervisora.
ARTÌCULO 21º: Confórmase la “Comisión Supervisora” integrada por 2 representantes del Departamento Ejecutivo (Secretario de Agencia Urbana y Responsable de Catastro o Planeamiento Urbano), 3 del HCD (1 del bloque oficialista y 2 de distintos bloques políticos no oficialistas), 2 de los beneficiarios del sorteo del Procrear para la modalidad “adquisición de terreno y construcción”. La comisión será presidida por el representante por el HCD del bloque oficialista.-
ARTÌCULO 22º: La Comisión Supervisora será la responsable del relevamiento y confección del listado de postulantes a adquirentes de los lotes.-
ARTÌCULO 23º: La Comisión Supervisora podrá requerir, sin formalidad alguna, la vista de documentación vinculada con el presente programa la cual será puesta a disposición de manera inmediata por parte del Departamento Ejecutivo.-
TITULO VI – Disposición Transitoria.
ARTÌCULO 24º: Los lotes disponibles a la venta como resultado de la presente ordenanza serán destinados prioritariamente a los beneficiarios del Programa Procrear para la modalidad “adquisición de terreno y construcción”.-
ARTÌCULO 25º: La etapa inicial del PropSuDi finalizará el 30 de Abril de 2014. Al momento de su finalización se llevará a cabo una revisión integral por parte de la Comisión Supervisora, la que emitirá un “Informe Final de Etapa Inicial” en virtud del cual se realizarán las adecuaciones necesarias para las sustentabilidad del Programa.-
ARTÌCULO 24º: De forma.-
“ANEXO A”
Solicitud de inscripción en el
“Registro de loteos y desarrollos urbanísticos ofrecidos”
1. DATOS PERSONALES o DE LA ORGANIZACIÓN
1. Nombre/s y Apellido ó Razón Social: …………………………………..…………………………………….
2. DNI y/o CUIT: ………………………………….…………………………………..…………………………..……….
3. Domicilio/s Real/es: …………………….…………………………………..………………..………………….
4. xxxxxxxx: …………………………………..………………………………………….……….
5.
2. DATOS DEL LOTEO/DESARROLLO/MACIZO
1. Nomenclatura Catastral: ………………………………………………………….…..……………………….
2. Dimensiones: …………………………………..………………………………………………..………………..
3. Ubicación: …………………………………..……………………………………………………………..……….
4. SERVICIOS (E. Eléctrica, Agua, Cloacas, Gas, etc. En condiciones de conectar a los lotes)
1. Servicios que posee: ……..………………..……………………………… ………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………
2. Servicios que carece: …………………………………………………………………………………….……………..… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………………………………………………………………………………………
3. Puntos de conexión más cercano para cada servicio: ………………….………… ………………………………………………………………………………………….…… ……………………………………………………………………………………………… …………………………………………………….………………………………………………………………………………………………………………………………………..
3. OFERTA
Cantidad de Lotes Medida (Frente/fondo) Precio Propuesto
4. Firma/s y Aclaracion/es
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Documentación a acompañar:
• Copia DNI, Contrato Social o Estatuto.-
• Copia documentación que acredite titularidad del inmueble (Escritura).-
• Plano impreso (tipo Google Earth) señalizando la ubicación del loteo.-
• Documentación que acredite domicilio/s Real/es.-
• Documentación que acredite la accesibilidad a los servicios.-
• Cualquier otra documentación que se estime conveniente.-