Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza solicitando incorporar información sobre procedimientos a seguir por infractores de tránsito en la web municipal.-
Expediente: HCD-494/2014
Autor: Soledad Espina
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de Ordenanza solicitando incorporar información sobre procedimientos a seguir por infractores de tránsito en la web municipal.-
AUTORA: Espina, Soledad
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto
Que muchas de las multas de tránsito no son entregadas en el momento en que es cometida la infracción al conductor o bien son depositadas en los autos y camionetas durante la ausencia de ellos.-
Y considerando
Que en muchos casos el infractor desconoce el procedimiento a seguir luego de tomar conocimiento de la multa a su cargo.-
Que no hay información disponible en el sitio web de la municipalidad de Bahía Blanca que de cuenta de ese procedimiento.-
Que resulta incómodo y molesto para infractores tener que averiguar personalmente el modo de proceder en cada caso.-
Que la demora en el tiempo es un factor importante para los infractores ya que si las multas son abonadas antes de su vencimiento éstos cuentan con beneficios económicos.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Incorporar en la guía de trámites municipales disponible en la web de la municipalidad de Bahía Blanca (www.bahiablanca.gov.ar) una solapa de fácil identificación y reconocimiento que contenga la siguiente información: a) modos y lugares para realizar el pago voluntario de las multas vigentes y vencidas; b) beneficios otorgados a aquellos infractores que abonen sus mulas dentro del plazo correspondiente; c) si es posible o no solicitar financiación de la multa y descripción del procedimiento correspondiente; d) lugares, días, horarios, plazos y modos de efectuar descargos; e) requisitos para realizar un descargo personalmente o de carácter epistolar; f) responsabilidad civil en caso de recibir una multa equivocada.-
Artículo 2º: Inclúyase en la boleta que se entregue a cada infractor el link donde se detalle la información enumerada en el artículo 1º antecedido por la leyenda: “Para conocer el procedimiento a seguir consulte en:” .-
Artículo 3º: De forma.-