Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando al Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur que analice la posibilidad de implementar en la curricula de la carrera de Abogacía, una materia referente a los Derechos de los Adultos Mayores.-
Expediente: HCD-976/2014
Autor: Matías Italiano
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de resolución solicitando al Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur que analice la posibilidad de implementar en la curricula de la carrera de Abogacía, una materia referente a los Derechos de los Adultos Mayores.-
AUTOR: Matias Italiano.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Los adultos mayores, sus núcleos familiares y sus organizaciones, son sujetos de pleno derecho; y como tales, se merecen el integro respeto de sus derechos.-
Y CONSIDERANDO:
Que debe ser una política pública, la promoción de un envejecimiento activo, favoreciendo su autonomía, independencia y permanencia en su entorno, evitando la institucionalización.-
Que tenemos que seguir trabajando en políticas públicas orientadas a fortalecer la identidad individual y colectiva de estos actores sociales promoviendo su participación social y desarrollo integral.-
Que la iniciativa busca promover los derechos de las personas mayores, y desarrollar estrategias de prevención contra el maltrato en el territorio, a través de una serie de acciones con enfoque integral y netamente jurídico.-
Que la carta de Basilia 2007
en la declaración de la sociedad civil se entendió que el valor de la vida y la dignidad de la persona, a cualquier edad, deben ser respetados y por principio se debe buscar la realización de sus potencialidades a plenitud; que el desarrollo humano al que tienen derecho las personas adultas mayores debe reconocer la diversidad de los pueblos y es con la acción democrática que mejor se logra la realización de la justicia social, la equidad y la igualdad.-
Que de acuerdo con el Plan de Acción Internacional de Madrid la lucha contra la discriminación en razón de la edad y la promoción de la dignidad de los adultos mayores, son fundamentales para garantizar el respeto que merecen. Por lo tanto, el fomento de la solidaridad intergeneracional, la concientización sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales, deben ser imprescindibles en la construcción de una sociedad para todas las edades.-
Que el derecho a una vejez digna, es una nueva especialidad jurídica que surge a partir de visibilizarse la situación de discriminación, maltrato y abuso que la cultura actual ejerce sobre los mayores. Contando con muy buenas experiencias, en la Universidad Nacional de Rosario, mediante el Centro de Investigaciones en Derecho de la Ancianidad.-
Que dentro de los derechos más vulnerados de los adultos mayores, podemos mencionar, en primer lugar, todo lo referente al derecho de la capacidad, que entraría dentro de la autonomía. En este sentido, existen en nuestro Departamento Judicial, innumerables acciones judiciales por interdicción e inhabilitación. La capacidad es la facultad que tenemos todos a partir de los 18 años de manera plena de ser titulares de derechos y obligaciones y ejercerlos. La vejez, de por sí, no es un elemento que pueda disminuir la capacidad, pero en la práctica está instalada esa asociación.-
Que podemos apreciar en algunas familias, con buenas o malas intenciones, comienzan a tomar decisiones invadiendo el espacio de libertad del adulto mayor, de modo tal que en un momento se pierde de vista cuál es ese lugar. Éste es un gran nudo que se vincula con la violencia, porque cuando la persona mayor se resiste a que otro decida por él comienza una escalada de agresión respecto la cual el mayor termina cediendo sus derechos y aquí se vulnera otro derecho de la autonomía que es la integridad física y moral.-
Que en nuestro país, tenemos la Ley Nacional de Violencia Familiar, pero esta legislación y los tribunales que la aplican, es decir, la práctica, se limita a las cuestiones de violencia de género y de infancia, que por supuesto son importantísimas, pero aquí se ha perdido la posibilidad de incorporar herramientas específicas para la tercera edad.-
Que es importante seguir tomando conciencia que la violencia a la adulto mayor, se puede manifestar de forma más sofisticada, es decir, generalmente no se le pega, sino que se lo deja de considerar, se lo comienza a arrinconar incluso físicamente reduciéndolo a un espacio pequeño en la casa, se lo avasalla en la toma de decisiones, e incluso en algunos casos se produce el abuso medicamentoso. Es decir, es un hostigamiento más psicológico, de manera tal que muchas veces es difícil actuar a tiempo.-
Que otra problemática son las internaciones compulsivas, que suelen hacer los familiares sin que medie un consentimiento por parte del adulto, incluso realizando maniobras engañosas. Y en este mismo núcleo están las prácticas abusivas por parte de las instituciones geriátricas que muchas veces impiden la salida, convirtiéndose en una institución carcelaria cuando debería ser claro que su función es otra. Que existen resoluciones judiciales en este aspecto, pocos pero contundentes, que lo prohíben.-
Que más allá de cuáles son sus derechos más vulnerados, lo que vemos en la práctica es que los adultos mayores se acercan a la justicia en primer lugar cuando se les cortan las posibilidades de ver a sus nietos. Y el otro tema es el previsional, donde muchos jubilados luchan por sus derechos y en donde los centros de jubilados realizan gestiones. El tema con los otros casos donde existen distintos tipos de violencias es que no llegan a la justicia porque las mismas personas que ejercen el abuso se lo impiden. En este caso, es la sociedad la que tiene que estar alerta si ve una situación de violencia para hacer la denuncia, y la justicia luego realizará su investigación.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitase al Departamento de la Universidad Nacional del Sur que analice la posibilidad de implementar en la curricula de la carrera de Abogacía, una materia referente a los Derechos de los Adultos Mayores.-
ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente al Ministerio de Educación de la Nación, al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, a la Universidad Nacional del Sur, al Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, a la Dirección Municipal de Adultos Mayores, al Consejo Municipal de Adultos Mayores, y a la Federación Regional Sur de Jubilados y Pensionados.-