Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando a la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. informe sobre el cumplimiento de la Resolución Nº 100/2013.-
Expediente: HCD-977/2014
Autor: Matías Italiano
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de resolución solicitando a la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. informe sobre el cumplimiento de la Resolución Nº 100/2013.-
AUTOR: Matias Italiano.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Las vías de reclamos que poseen los usuarios del servicio de energía eléctrica en nuestra ciudad; y la distancia de la oficina de la Empresa Distribuidora de Energía Sur SA con distintos barrios de la ciudad.-
Y CONSIDERANDO:
Que los usuarios de los servicios públicos domiciliarios, tienen derecho a contar con la posibilidad real y efectiva de efectuar sus consultas, ingresar sus tramitaciones y reclamos con relación a la prestación del servicio.-
Que las empresas prestatarias cuentan con los recursos para brindar una mejor atención y contención a sus usuarios. En esta línea, el art. 27 de la Ley Nacional Nº 24.240 (Artículo sustituido por art. 11 de la Ley N° 26.361 B.O. 7/4/2008) establece que “Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios. Los mismos podrán efectuarse por nota, teléfono, fax, correo o correo electrónico, o por otro medio disponible, debiendo extenderse constancia con la identificación del reclamo. Dichos reclamos deben ser satisfechos en plazos perentorios, conforme la reglamentación de la presente ley. Las empresas prestadoras de servicios públicos deberán garantizar la atención personalizada a los usuarios”.-
Que en nuestra ciudad, uno de los servicios públicos domiciliarios con mayores consultas y reclamos, resulta ser el servicio de energía eléctrica; debiendo los usuarios de toda la ciudad, tener que movilizarse hasta el único local comercial, sitio en calle Moreno Nº 72.-
Que el rol estatal en materia de servicio público de electricidad es de importancia gravitante, teniendo en cuenta que el acceso al servicio está considerado como un bien humano básico, directamente relacionado con el desarrollo de los fines existenciales de la persona humana, y respecto del cual la tutela y promoción de la vida, salud, educación y acceso a la cultura se potencian.-
Que, por tal razón, en el mes de Febrero de 2013, desde la Oficina de Información al Consumidor (OMIC), se realizó una presentación administrativa ante el Organismo de Contralor de la Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA), solicitando a la empresa EDES la habilitación de centros de atención al público en distintas zonas de la ciudad, entre ellas, Ingeniero White, Gral. Daniel Cerri, Harding Green, Villa Rosas, Noroeste, Villa Mitre, o a través de la Oficina Móvil, una rotación diaria por las distintas Delegaciones Municipales; que dicho pedido, también fue presentado con fecha 17 de Abril de 20113, ante la empresa prestataria.-
Que frente a este pedido, el OCEBA dicto la resolución Nº 100/2013, donde estable que en todas aquellas localidades de la provincia con más de 100.000 habitantes las empresas concesionarias arbitren los medios necesarios para abrir más oficinas; y ordeno a las concesionarias que dentro del plazo de treinta (30) días, presenten un Programa de Oficinas Móviles destinado a atender situaciones especiales y los supuestos de contingencias en el servicio público de distribución de energía eléctrica.-
Que frente a estos pedidos de la OMIC, en el mes de Noviembre de 2013, se implementó el programa "EDES cerca de la gente", con la finalidad de permitir un contacto más directo entre los clientes y la empresa distribuidora de energía eléctrica, ya sea para reclamos o consultas relacionados con la prestación.-
Que conforme lo ha manifestado la empresa prestataria, el mencionado programa, que se encuentra vigente, se debe implementar a través de la atención en distintas delegaciones municipales, donde se podrían iniciar trámites comerciales sin la necesidad de que los clientes deban presentarse en la oficina céntrica.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Solicítese a la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. (EDES), informe sobre el cumplimiento de la Resolución Nº 100/2013 del Organismo de Control de la Energía Eléctrica (OCEBA); y puesta en marcha del programa “EDES cerca de la gente”.-
ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente resolución al Organismo de Contralor de la Energía Eléctrica Buenos Aires (OCEBA), a la Comisión Comunal de Infraestructura, y a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).-