Proyecto de Decreto
Proyecto de Decreto creando en el ámbito de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) un espacio destinado a la atención y asesoramiento de locatarios y consorcistas.-
Expediente: HCD-1441/2014
Autor: Matías Italiano
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de Decreto creando en el ámbito de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) un espacio destinado a la atención y asesoramiento de locatarios y consorcistas.-
AUTOR: Matias Italiano.-
PROYECTO DE DECRETO
VISTO:
La gran cantidad de inquietudes que se les presenta a los vecinos al momento de firmar un contrato de locación, como así también, durante la etapa de ejecución del mismo.-
Y CONSIDERANDO:
Que el desconocimiento de los derechos que les asisten a los locatarios al momento de suscribir un contrato de locación, se encuentran expuestos a situaciones totalmente desventajosas.-
Que el artículo 42º de la Constitución Nacional consigna que : “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.-
Que el artículo constitucional de referencia, agrega además que: “las Autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios”,
Que la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, establece las normas de protección y defensa de los consumidores.-
Que en nuestro medio, nos encontramos con la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), oficina destinada a brindar asesoramiento a los consumidores y usuarios, contando con un procedimiento legal, en resguardo de los derechos en la relación de consumo (conforme Ordenanza Nº 14.073 y Ley Provincial Nº 13.133).-
Que dicho procedimiento, excluye lo pertinente a la relación entre locador y locatario; pero no obsta en ningún momento, que desde dicha oficina se brinde asesoramiento e información, y eventualmente se ofrezca una instancia de conciliación voluntaria.-
Que actualmente, se puede apreciar ciertos inconvenientes a los inquilinos, al momento de firmar un contrato de alquiler, entre ellos, sobre el mes de depósito, forma en que se debe devolver, vigencia legal del contrato, intereses por atraso en el pago, etc..-
Que resulta imperioso contar en nuestro Partido de Bahía Blanca, con un espacio destinado a brindar información sobre la normativa aplicable, entre ella, la Ley Nacional 23.091, y los derechos que les asisten a los vecinos en la relación locativa.-
Que el mencionado espacio, sería conveniente que se encuentre dentro de la OMIC, y tendría como función la de brindar asesoramiento legal en la relación entre el locatario y el locador; promover la participación del municipio en la protección de los derechos del inquilino; ofrecer una instancia de conciliación voluntaria para problemas suscitados entre las partes; recibir reclamos de inquilinos hacia propietarios y/o inmobiliarias derivados de los contratos de locación, y quejas suscitadas en el ámbito del consorcio entre los consorcistas y los propietarios.-
Que en la ciudad de La Plata, contamos con la Oficina Municipal de Atención a Inquilinos y Consorcistas (OMAIC), un espacio para la resolución de conflictos entre locatarios y locadores, que depende de la dirección de Mediación Comunitaria; creado por ordenanza en el año 2011; trayendo excelente resultados para la comunidad.-
Que con esta iniciativa, se busca contar de manera inmediata, un lugar donde los vecinos del Partido de Bahía Blanca, al momento de firmar un contrato de alquiler, puedan quitarse todas las dudas que les presenta, como así también, los derechos que les asisten durante toda la relación locativa.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
DECERTA
ARTICULO PRIMERO: Créase dentro del ámbito de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), un espacio destinado a brindar asesoramiento e información sobre los derechos que poseen los locatarios en la relación locativa; y quejas suscitadas en el ámbito del consorcio entre los consorcistas y los propietarios.-
ARTICULO SEGUNDO: Para el cumplimiento del presente decreto, la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), se encuentra facultada para suscribir convenios con Universidades públicas o privadas, Colegios Profesionales y Cámaras Empresariales.-
ARTICULO TERCERO: La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), podrá brindar una instancia de conciliación voluntaria para problemas suscitados entre locador y locatario; y consorcistas.-
ARTICULO CUARTO: De forma