Proyecto de Resolución
Solicitando al DE instrumente un subsidio para equipamiento de los Bomberos Voluntarios del Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-1905/2007
Autor: Roberto Ursino
Bloque: Unión Cívica Radical
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La nota presentada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Ingeniero White, donde indican un listado general de los equipos especiales que son necesarios para la interacción con materiales peligrosos, fundamentalmente en el área industrial de Ingeniero White.
Y Considerando:
Que cuentan con equipo propio y del Plan Apell en calidad de comodato, lo que es sumamente necesario renovación y ampliación del stock existente.
Que los elementos a incorporar están ilustrados en folletería con sus respectivos costos.
Que es necesario que las instituciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Bahía Blanca, integrado por la Asociación Voluntarios de Bomberos de Ingeniero White, Gral. Daniel Cerri, y Cabildo que cuenten con el equipo que corresponde para la intervención en siniestros, en la complejidad de materiales peligrosos.
Que la localidad de Ingeniero White se encuentra enclavada en cercanías del Polo Industrial, integrado por la Central Termoeléctrica Luis Piedrabuena, las empresas Glencor Toeffer, Terminal Bahía Blanca, Air Liquide Argentina S.A., Cargill, Profertil, Cía Mega, Solvay Indupa, Dow Química , TGS , Oleaginosa Moreno, ESSO Petrolera Argentina SRL, Petrobrás Energía S.A, más las empresas que se puedan incorporar en el área portuaria industrial.
Que es necesario contar con los cuerpos de Bomberos dotados del mayor equipamiento y adiestramiento para poder participar en la mejor forma posible en los planes de contingencia de acuerdo a lo previsto en la Ley 12530 en su inciso G.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
Articulo Primero: Solicitar al Departamento Ejecutivo se incremente la Tasa Ambiental a las empresas incluidas en la Ley 12530 en un 10 % , para la compra de equipamiento que se destinaran a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Articulo Segundo: El incremento de la recaudación del 10 % se destinará a subsidiar a los cuerpos de Bomberos Voluntarios en la forma y porcentaje que se establezca.
Articulo Tercero: El presente subsidio tendrá una duración de 5 años (cinco) a contar del 1ª de enero de 2008 al 31 de diciembre del 2012.
Articulo Cuarto: El presente subsidio será analizado anualmente por la Secretaria de Medio Ambiente y por la Comisión de Medio Ambiente del Honorable Concejo Deliberante.