Proyecto de Minuta
Solicitando se remita copia de lo actuado en las parcelas de un ancho inferior a los 10 metros, para analizar lo obrado durante la vigencia del denominado “Corralito Urbano”.-
Expediente: HCD-965/2008
Autor: Roberto Ursino
Bloque: Unión Cívica Radical
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el DE a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Contralor de Obras Particulares, se sirva remitir copia de los expedientes de construcción iniciados con posterioridad a la vigencia de la Ordenanza 14.708, correspondientes a edificios multifamiliares en parcelas inferiores a los 10 metros de ancho.-.
FUNDAMENTOS
Oportunamente y como propuesta de salida al llamado “Corralito Urbano”, el Ejecutivo remitió un proyecto de reforma del Código de Planeamiento Urbano, que con modificaciones se sancionó como Ord. 14.708.-
Ante las requisitorias de vecinos y la necesidad de organizar y reglamentar la construcción, se acordó incorporar diversas reformas, entre las cuales resultaron de gran significación, la limitación para construir edificios multifamiliares en lotes que tuvieran una superficie inferior a los 300mts.2 y un ancho inferior a los 10 metros. Para aquellos lotes, que cumplieran con alguna de las dos condiciones, es decir, o tuvieran un ancho inferior a los 10 metros y más de 300 mts. 2 de superficie o un ancho mayor a los 10 metros y menos de 300 mts.2 de superficie, se exigía la construcción de módulos de estacionamiento. En tal sentido dichas reformas se plasmaron en los artículos 17, 18 y 19 de la Ordenanza 14.708.-
A posteriori surgieron dudas interpretativas sobre los criterios a aplicar con respecto a los lotes con un ancho inferior a los 10 mts., lo cual llama poderosamente la atención, toda vez que en el tratamiento de la norma, dicho temperamento fue consensuado con los integrantes del Área de Planeamiento Urbano y los responsables políticos del sector.-
A los efectos de aclarar esta situación, sería razonable que, sin demorar los trámites, se remita copia de lo actuado en las parcelas de un ancho inferior a los 10 metros, para poder evaluarse convenientemente en el marco de la Comisión creada por Decreto de este Cuerpo para analizar lo obrado durante la vigencia del “Corralito Urbano”.-