Proyecto de Ordenanza
Suspendiendo el cobro de la tasa de alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública durante el ejercicio 2016 a entidades privadas que prestan servicios médicos.
Expediente: HCD-759/2016
Autor: Leandro Santomassimo
Bloque: Cambiemos
Bahia Blanca, 10 de Agosto de 2016.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La difícil situación económica y financiera que atraviesa el sector privado de la salud.
Y CONSIDERANDO:
Que el sistema de salud está compuesto por tres subsistemas: el público,las Obras Sociales y el Privado.
Que estos subsistemas difieren entre sí respecto a su población objetivo, los servicios que brindan y el origen de los recursos con que cuentan.
Que en las últimas décadas el sistema público de salud sufrió un gran deterioro; situación que actuó como disparador de un crecimiento del sistema de seguridad social (obras sociales) y generó en el ámbito privado un fuerte impacto debido a la mayor demanda de los servicios de salud.
Que por supuesto la situación general del sistema de salud impacta en cada uno de los subsistemas y por ende, las entidades privadas también se ven afectadas por el exceso de la demanda de prestaciones.
Que las mismas atraviesan una situación deficitaria desde el punto de vista económico e intentan sostenerse de manera equilibrada a pesar de las dificultades para atender a la población y mantener las fuentes laborales.
Que es importante que el Estado municipal asuma el compromiso de acompañar concretamente a los prestadores locales de servicios esenciales como son los hospitales, clínicas y entidades que trabajan específicamente en el área de la salud.
Que esta propuesta surge como una medida paliativa para aliviar el estado de situación por el que atraviesan las entidades de la salud.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°- Suspéndase el cobro de la tasa de alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública durante el ejercicio 2016 a aquellas entidades privadas que prestan servicios médicos esenciales como guardias externas e internación con prácticas quirúrgicas.
Artículo 2°- Las entidades que recibirán el beneficio aludido en el artículo 1° son:
-Hospital Privado del Sur
-Hospital Italiano Regional del Sur
-Hospital Regional Español
-Hospital de la Asociación Médica
-Clínica Privada “Dr.Raúl Matera”
Artículo 3°-Incorpórese a CARDHE,IREL,AREM Y AYUDALE por su trabajo prestando servicios médicos profesionales de manera gratuita a la comunidad bahiense que no cuenta con cobertura social.
Artículo 4°-El presente beneficio regirá hasta Diciembre de 2016 y podrá ser prorrogado a criterio del Honorable Concejo Deliberante con el acuerdo del Ejecutivo por otro período legislativo o hasta tanto se subsane el escenario que conlleva a su sanción.
Artículo 5°-De forma.-