Proyecto de Ordenanza
Creando el Programa de Mediación Escolar
Expediente: HCD-199/2010
Autor: Patricia Piersigilli
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 2 de Marzo de 2010.-
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
Los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la Ley 26.061, Ley provincial 13.298 y su dec. 300/05, Ley Nacional de Educación, Ley 24.573 y Ley provincial 13.951.
Y considerando:
Que, debido a la ratificación por parte de nuestro país de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, surge para el Estado la responsabilidad positiva de poner en práctica los principios que instaura el Nuevo Paradigma de la Niñez: La Promoción y Protección Integral de sus Derechos.
Que, se erige de este modo un Sistema de Promoción Integral de los derechos del Niño, Niña y Adolescentes reglamentado por leyes nacionales y provinciales (Ley 26061, 13.298, 13694 y sus modificatorias y concordantes)
Que, esta normativa Nacional sumada a la Internacional, incorpora un sistema basado en la CORRESPONSABILIDAD de la Familia, Estado, Comunidad y toda la gama de instituciones que la conforman siendo la Institución Escolar una de las más importantes en esta Red.
Que, surge la necesidad de crear espacios para que los niños y adolescentes puedan ser debidamente escuchados conforme a su desarrollo psicofísico y a la posición de sujetos de derecho que la ley le otorga.
Que, el diagnóstico realizado en nuestra ciudad sobre “Violencia en la escuela” por la Lic. Rizzo, declarado de interés municipal según Ordenanza Nro.14.391 H.C.D. indica la necesidad de articular estrategias que atiendan la problemática.
Que, el presente Proyecto de ordenanza tiene por objeto crear un "Programa de Mediación Escolar" para ser aplicado en los ámbitos educativos.
Que, resultará beneficioso aplicar la mediación en el ámbito educativo si consideramos que el conflicto es un estado humano natural, que a menudo acompaña cambios a nivel institucional o personal, y por ende se obtienen mejores respuestas aplicando técnicas de estas características que colaborarán evitando dichos conflictos.
Que, para manejar conflictos en el ámbito educativo se necesitan sistemas más apropiados y efectivos que se adecuen a la realidad social sin suprimir la aplicación de sanciones que pudieran corresponder.
Que, la implementación de este método alternativo de resolución de conflictos en las escuelas ayudará a una mejor comunicación entre los alumnos, los docentes, los directivos y los padres, y consecuentemente a preparar nuevos mediadores.
Que, la "formación en la mediación" es una herramienta útil que ayudará a profundizar la comprensión de si mismos y los demás, y les proveerá aptitudes de resolución de disputas para toda la vida. Además reconocer que la gente joven es competente para participar en la resolución de sus propias disputas alienta el crecimiento y aporta aptitudes tales como escuchar, pensar critica y creativamente, y solucionar problemas que son básicos para su formación.
Que, en el ámbito escolar se dan numerosos casos de conflictos, por ejemplo la llegada de un nuevo alumno, cambios de horarios o de normas que afectan a padres y docentes, discusiones entre grupos, etc. Si la aparición de conflictos resulta inevitable, la principal preocupación ante éstas no se dirigirá a ocultarlos sino a ver de qué modo se las enfrenta.
Que, lo óptimo es lograr una actitud cooperativa, a través de la creación de un clima positivo y la aplicación de un conjunto de estrategias conductivas que pautan la respuesta al conflicto. Estas últimas se refieren a orientar positivamente el problema planteado, definirlo, generar alternativas para solucionar el problema, evaluar las alternativas y tomar una decisión, aplicar la solución adoptada y evaluar los resultados.
Que, el educador puede mediar en situaciones de conflicto, y de hecho muchos lo hacen en su práctica diaria, pero también resulta necesario enseñar a los alumnos a manejar por su cuenta los conflictos sin caer en la confrontación.
Que, en consecuencia, se propone, trabajar un espacio de reflexión y aprendizaje, dentro la institución, por medio de la MEDIACIÓN ESCOLAR.
Que, entendemos por mediación: “La reunión de las partes, donde a través del diálogo mantenido, logran involucrarse, se presentan oportunidades de fortalecimiento de la personalidad adolescente y se produce el reconocimiento del otro. (La promesa de la mediación. R.A Baruch Bus.J.P Folger.) Asimismo, esta Forma Alternativa de Resolver el Conflicto ayuda a reconocer y revalorar las oportunidades de crecimiento moral presentadas intrínsicamente por el mismo. (La promesa de la Mediación. R.A.Baruch Bush y J.P. Folger. ed. Granica)
Que, con esta propuesta la escuela puede ocupar con mayor facilidad su rol dentro del Sistema Integral de Promoción y Protección sin desatender su función educativa. A través de la utilización de la Mediación se generarían espacios con todos los actores del conflicto y las maneras alternativas de darle la mejor solución, donde todos tendrán una función y una tarea a desarrollar.
Que, asimismo, se le otorga al niño o adolescente un lugar para que sea Escuchado activamente, y de esta manera con él se logrará que se vincule, se inserte, se eduque a partir de sus necesidades, generando en el sujeto con el que se trabaja -sujeto en desarrollo- su aptitud para Responsabilizarse de los actos que realiza en sociedad.
Que, la situación de violencia estructural que se vive en la sociedad actual, hace que una enorme cantidad de niños y jóvenes se encuentren en situación de riesgo. Romper con este círculo vicioso es difícil para ellos y por el contrario lo que hacen es reproducir la violencia que los victimiza. Violencia que no sólo se ejerce físicamente, cara a cara, en los hogares y comunidades donde habitan, sino también a través de estructuras económicas y sociales que lo marginan.
Que, esta violencia en la que se forman, los induce a dar respuestas que confrontan, producto de una socialización donde no se les ha enseñado a ejercer la ciudadanía, ni a vivir considerando los intereses de todos como parte del vivir juntos. Esta situación debe transformarse en positivo y debe hacerse de manera urgente siendo la escuela, una de las instituciones que debe impulsar los cambios para lograrlo.
Que, según el informe publicado por nuestro diario local La Nueva Provincia, edición del 4 de noviembre de 2007 “el 30% de los chicos sufre el hostigamiento de sus pares”. Dicho informe revela datos concretos de una encuesta que reunió a más de 2.000 participantes de Bahía Blanca, y fue realizado por la Lic. Guillermina Rizzo, siendo declarado de interés municipal por el Honorable Concejo Deliberante el día 31 de mayo de 2007. El mismo recaba que el 30, 6 % de los niños en edad escolar son víctimas de acoso, hostigamiento y violencia escolar. Como consecuencia de estos comportamientos se presentan síntomas de ansiedad, estrés, distimia, disminución de la autoestima, somatización, flashbacks, autoimagen negativa.
Que, dado que existe una estrecha asociación entre problemas de índole escolar como bajo rendimiento en el aprendizaje y las conductas agresivas, maltrato, acoso, rechazo y toda otra forma en que pueda manifestarse el bullying, resulta indiscutiblemente urgente que el docente conozca la importancia de socializar a los alumnos en una cultura de paz donde el alumno resuelva los problemas a través del diálogo, en un espacio propio y con las herramientas adecuadas de trabajo que solo puede brindar un proceso de Mediación Escolar.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Créase en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, el "Programa de Mediación Escolar ", con los siguientes objetivos:
a) Difundir los métodos y técnicas de la negociación colaborativa y la mediación para la resolución de los conflictos, entre toda la comunidad educativa (directivos, docentes, padres y alumnos).
b) Propiciar la conformación y consolidación de equipos técnicos entrenados en mediación en cada comunidad educativa.
c) Capacitar a los miembros de estos Equipos técnicos con el fin de que elaboren y implementen Proyectos de Mediación escolar, ajustados a las características y contexto de cada institución.
d) Promover condiciones que posibiliten el aprendizaje de conductas de convivencia social, pluralista y participativa en la comunidad educativa, a fin de dar respuestas a los conflictos entre los sujetos de la misma.
e) Promover la inclusión de técnicas y métodos de resolución de conflictos en las diferentes instancias de capacitación docente.
ARTICULO 2: El Programa, creado por la presente ordenanza, será de aplicación para la prevención de posibles conflictos derivados de la relación educativa entre directivos, docentes, padres y alumnos.
ARTICULO 3: La Comisión de Niñez del H.C.D. deberá coordinar las acciones necesarias con las autoridades educativas, con el objeto de implementar el Programa creado por la presente ordenanza, en los distintos niveles educativos.
ARTICULO 4: El contenido del "Programa de Mediación Escolar", así como su aplicación y desarrollo, serán determinados por vía de reglamentación, y deberá contemplar como mínimo las siguientes pautas:
a) Capacitación del personal directivo, docente y alumnos de las instituciones educativas, conforme a lo prescripto por las resoluciones de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos (Resolución 3817/07 y concordantes).
b) Garantizar el derecho de los alumnos a recibir orientación y a que se respete su integridad, dignidad, libertad de conciencia y de expresión.
c) Respeto por las características de la mediación: voluntariedad, confidencialidad, imparcialidad, simplificación y celeridad.
d) Sistema de evaluación continua y publicación de los resultados obtenidos en el desarrollo de las acciones.
e) Promover condiciones que posibiliten el aprendizaje de conductas basadas en el diálogo, la solidaridad, empatía, la tolerancia y el desarrollo de la capacidad de pensamiento crítico y creativo.
ARTICULO 5: Los Gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con las previsiones presupuestarias anuales que se le asigne al H.C.D.
ARTICULO 6: Gírese copia al Consejo Escolar, Jefatura Regional de Educación- Región XXII, Jefatura Distrital de Educación, Jefatura Regional de Educación de Gestión Privada- Región XXII, a la sede de Inspectores de Educación Inicial, a la sede de Inspectores de E.P.B., a la sede de Inspectores de E.S.B., sede de Inspectores de Psicología, sede de Inspectores de Educación Especial, Colegio de Psicólogos, Colegio de Asistentes Sociales, Asociación de Psicopedagogos.
ARTICULO 7: Comuníquese al Departamento. Ejecutivo a sus efectos