Proyecto de Ordenanza
Cesión en comodato inmueble Sociedad de Fomento del Barrio Parque San Miguel.
Expediente: HCD-208/2018
Autor: María Lucía Pendino
Bloque: Cambiemos
Bahía Blanca, 26 de marzo de 2018.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La cesión en comodato de una fracción de la Parcela 1 del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IV Sección E Manzana 34F Parcela 1 a la Sociedad de Fomento Barrio Parque San Miguel
Y CONSIDERANDO:
Que la cesión en comodato fue otorgada por Ordenanzas Nº 8877, y sus modificatorias: Ordenanzas Nº 11.891, 11.980 y 15.961.
Que tal lo establecido en la normativa la fracción cedida corresponde a 59,014 metros sobre calle Baigorria y 30 metros sobre calle tres Lomas.
Que los integrantes de la Comisión Directiva de la entidad fomentista en cuestión han planteado la necesidad de contar con un espacio verde en el sector y han manifestado el interés en obtener la cesión en comodato del terreno lindero a la fracción cedida en la que además funciona la sede de la sociedad de fomento.
Que el espacio mencionado pertenece al Estado Municipal y actualmente se encuentra ocioso, lo que lo convierte en un lugar propicio para que algunas personas arrojen todo tipo de basura, ocasionando un foco de suciedad y mal olor.
Que el proyecto beneficiaría a los barrios aledaños: Sutiaga, UOM, Vialidad, Plan Federal, Polo, que contarían con un espacio de recreación, deporte y esparcimiento.
Que es interesante que estas propuestas surjan de los propios vecinos del sector, ya que recuperar un espacio para beneficio de la comunidad fortalece el sentido de pertenencia a la misma, “haciendo propio” el proyecto y garantizando de esa manera el compromiso en el cuidado del mismo por parte de quienes serán los primeros beneficiados con las mejoras que allí se realicen.
Que por la importancia de fomentar y apoyar desde el municipio este tipo de iniciativas se sugiere ceder en comodato a la Sociedad de Fomento del Barrio Parque San Miguel el resto de la parcela para uso de espacio verde, pista de salud y playón deportivo.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorícese al Departamento Ejecutivo a ampliar la cesión en comodato del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción IV Sección E Manzana 34F por la fracción de la Parcela 1 que no se encuentra cedida por Ordenanza Nº 8877 y sus modificatorias: Ordenanzas Nº 11.891, 11.980 y 15.961, a la Sociedad de Fomento Barrio Parque San Miguel.
Artículo 2º – La cesión aludida en el artículo 1º estará condicionada al uso del inmueble como espacio verde destinado a actividades recreativas y/o deportivas.
Artículo 3º – La falta de cumplimiento de las condiciones exigidas en el artículo 2º habilitará al municipio a proceder a la caducidad automática de la cesión.
Artículo 4º – Autorícese al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente contrato de comodato en el que quedarán establecidos los detalles y las condiciones de la cesión.
Artículo 5° – De forma.-