Proyecto de Resolución
Expresando beneplácito por la aprobación parlamentaria del decreto 1011/2011 reglamentario de la ley 26.485 -LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES.
Expediente: HCD-987/2010
Autor: Patricia Piersigilli
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 26 de Julio de 2010.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La ley 26.485 de Protección Integral de la Mujer; y la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Y Considerando:
Que este Bloque quiere fijar una postura en este sentido, pronunciándose a favor de la aprobación del decreto 1011/2011, el que refiere a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Que tanto la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará, 1994), aprobadas por el Estado Argentino por las Leyes Nros. 23.179 y 24.632, respectivamente, obligan a los Estados a impulsar normas y políticas a fin de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.
Que habiendo transcurrido más de una década desde la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995), es indudable que en nuestro país se han producido transformaciones positivas para las mujeres y grandes avances legislativos y administrativos tendientes a cumplimentar con las obligaciones internacionales asumidas, consagrando la vigencia de distintos derechos tales como, la Ley Nº 26.130 para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica, la Ley Nº 26.171 de aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Ley Nº 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral, la Ley Nº 26.472 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, que contempla la Prisión Domiciliaria para Madres con hijos menores de CINCO (5) años, la ley Nro. 26.364 de trata de personas, entre otras.
Que, en nuestra sociedad se produjeron cambios graduales tendientes a eliminar algunas diferencias de género. Sin embargo, persisten las inequidades basadas en un sistema de relaciones sociales, políticas y económicas que fija las características de la masculinidad como parámetro de las concepciones humanas y así institucionaliza la desigualdad en perjuicio de la mujer. A fin de combatir el flagelo de la violencia de género, se promulgó la Ley Nº 26.485 de “PROTECCION INTEGRAL
Que el Consejo Superior de la MUJER será la autoridad de aplicación de dicha reglamentación.
Que la ley garantiza la igualdad consagrada en nuestra Constitución Nacional que en su Art. 16 que establece…”que todos sus habitantes son iguales ante la ley…”,
Que Nuestra Constitución Nacional, a través de la reforma del año 1994, otorgo jerarquía constitucional a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre ; la Declaración Universal de Derechos Humanos ; la Convención Americana sobre Derechos Humanos ; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo, La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los derechos del Niño (Art. 75 Inc. 22).
Por todo lo expuesto el H. Concejo Deliberante de Bahía Blanca en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:
RESOLUCION
PRIMERO: Expresando beneplácito del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca por el tratamiento parlamentario y aprobación del decreto reglamentario de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
SEGUNDO: Solicitar al Departamento Ejecutivo arbitre los medios para su pronta difusión e implementación dentro del ámbito administrativo de su competencia.