Proyecto de Ordenanza
Programa especial para obras de infraestructura vial
Expediente: HCD-1672/2010
Autor: Carlos Eduardo Ocaña
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 2 de Diciembre de 2010.-
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La emergencia en infraestructura urbana, declarada en el partido de Bahía Blanca por Ordenanza nº 15.646.
Y considerando:
Que el D.E. propone la creación del “Programa de Gestión Permanente para Infraestructura Vial – Bahía 2028” con el objeto de asistir a la financiación total o parcial de estudios, proyectos, obras, suministros y mantenimientos de la red vial municipal.
Que para financiar este programa se propone la creación de una “Contribución Solidaria para Infraestructura Vial” que básicamente implica un incremento del 40 % de la tasa de ABL, con un mínimo de $ 15 para aquellas partidas que actualmente estén abonando una tasa menor a $ 37,50, con el que se pretende recaudar, aproximadamente para el ejercicio 2011, .000.000.-
Que resulta necesario intentar buscar otras alternativas de financiamiento que no se limiten a las partidas del presupuesto municipal tradicional, o a esperar el aporte de otras jurisdicciones, cuya concreción o no, no es resorte local.
Que podrían destacarse como aspectos negativos de la propuesta:
• Extensión del programa, (18 años) que excede el plazo establecido por la ord. 15646 que declara la emergencia vial por el término de 5 años.
• Cantidad de cuadras a pavimentar y repavimentar (5400) sin precisar cuales serían y como se determinarían las prioridades.
• Aumento de tasas municipales en un 40 % como mínimo por el término de 18 años.
• Falta de consulta y búsqueda de consensos, previo al lanzamiento del programa a sectores políticos, gremiales, empresariales y profesionales.
Que es posible realizar las obras sin necesidad de solicitar aportes previos al vecino mediante el aumento de las tasas, para lo cuál se deben buscar nuevas herramientas y potenciar las que ya se le han autorizado al D.E.
Que es necesarios establecer prioridades en la realización de las obras propuestas, que se podrían dividir en cinco grandes grupos:
1. Repavimentación. en micro y macro centro.
2. Pavimentación de cuadras por donde circula el transporte público de pasajeros.
3. Pavimentación de arterias troncales.
4. Pavimentación de cuadras en sectores con capacidad de pago suficiente.
5. Pavimentación en sectores con carencia de servicios de infraestructura básica.
Que para los tres primeros, resulta conveniente que el D.E. elabore un informe de las cuadras y la modalidad de ejecución que corresponda, determinando de esta forma prioridades y monto de inversión.
Que para el financiamiento de las obras mencionadas precedentemente, el D.E. creará un fondo especial para obras de infraestructura vial que se conformara, entre otros, con los siguientes aportes:
1. Fondo fiduciario aprobado por el HCD de .000.000.-
2. El 50% de la sobre tasa de Seg. e Hig,, aproximadamente .000.000.-
3. Gestión de los aportes prometidos por el gobierno nacional de $ 95.000.000.-
4. Fondo de la soja
5. Recupero de obras
6. Partida presupuestaria 2011
Que para la ejecución de las obras incluidas en el punto 4, sería conveniente que el DE. alentara los sistemas de ejecución previstos en las ordenanzas vigentes: “Por contrato directo entre vecinos y empresas constructoras” y “Por licitación pública, pudiendo imponer, a la empresa adjudicataria, la percepción del costo de la obra directamente de los beneficiarios” y de “fideicomisos de obras”. En todos los casos el Municipio podría realizar aportes de hasta un 20%, como adelanto financiero, con el fin de abaratar costos y facilitar el inicio de las obras.
Que para el punto 5, se debe reconocer que en algunos sectores no es aconsejable pavimentar, porque faltan otros servicios esenciales, porque existen problemas de dominio, porque los frentistas no quieren o porque no pueden. En estos casos el D.E. debería alentar la formación de consorcios para salvar las falencias mencionadas
Que es importante resaltar que en todos los casos el D.E. debiera implementar el correspondiente sistema de recupero de las obras ejecutadas, cuyo monto ingresará al fondo especial para obras de infraestructura vial.
Que con lo enunciado previamente, el Ejecutivo Municipal contaría, para el ejercicio 2011, con una partida aproximada a los .000.000, con la que podrá dar inicio al programa de pavimentación y repavimentación previsto.
Que mientras tanto, y siendo este un año electoral, sería conveniente que la implementación futura de un plan integral y plurianual, sea uno de los ejes de campaña a legitimar en las próximas elecciones.
Que por todo lo expuesto este HCD sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo Primero: Crease, en el partido de Bahía Blanca el “Programa especial para obras de infraestructura vial”, con el objeto de asistir en la financiación de estudios, proyectos y ejecución de obras de repavimentación de micro y macro centro y pavimentación de arterias troncales y/o aquellas por donde circule el transporte público de pasajeros.
Artículo Segundo: Facultase al Departamento Ejecutivo a prever presupuestariamente el “Fondo especial para obras de infraestructura vial”, como un recurso afectado.
Artículo Tercero: Incorpórese, en el fondo mencionado en el artículo anterior:
1. Fondo fiduciario aprobado por este HCD.
2. El 50% del monto recaudado en concepto de sobre tasa de Seguridad. e Higiene.
3. 30% del monto que recibe la Municipalidad de Bahía Blanca en concepto de “Fondo de la soja”
4. Recupero de obras, ejecutadas y a ejecutar con financiamiento del Estado Nacional y Provincial.
5. Recupero de obras a ejecutar con financiamiento del fondo previsto en el art. 2º de la presente ordenanza.
6. Partida prevista en el presupuesto 2011, para obras de pavimentación.
Artículo Cuarto: El D.E. elaborará un listado de las calles a incorporar al presente programa que reúnan las condiciones señaladas en el art. 1º.-
Articulo Quinto: Crease una comisión de seguimiento del presente programa, conforme art.. 6º de la ordenanza 15.646.
Articulo Sexto: De forma.