Proyecto de Resolución
Solicitando instancias de negociación en conflicto con Empresa Transporte Automotor Plaza S.A.C. e I.
Expediente: HCD-162/2012
Autor: Roberto Ursino
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 13 de febrero de 2012.-
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
El Expte. Nro. 144 –HCD-2012 y el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que fuera aceptado por las empresas prestatarias del servicio de transporte público Plaza y Mayo.
Considerando:
Que, no surgen del citado expediente documentación que pruebe que se hayan agotado las instancias de negociación con las empresas en conflicto que prestan servicio de transporte público de pasajeros en la ciudad.
Que, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares prevé en su Articulo Nº 124 inc. 2) que una de las causas de extinción de la concesión previstas puede ser por Mutuo Acuerdo.
Que , el Departamento Ejecutivo en su proyecto de decreto presentado a fs.317 a 322 no prevé esta posibilidad, intentando directamente solicitar la caducidad dispuesta por el Departamento Ejecutivo conforme el art. 124 Inc, 4.
Que, en caso de producirse la caducidad, debe darse un proceso ordenado de transición y acordado con las empresas a fin de que esta situación no genere ningún desorden en la continuidad del servicio.
Que , pueden ser también acompañados en su proceso por profesionales de la mediación podrían ser también una instancia a ser considerada por el Departamento Ejecutivo y dar así la posibilidad de una extinción de la concesión sin mayores riesgos para la ciudad; tanto respecto del servicio que se ofrezca como también evitaría la posibilidad de conflictos judiciales futuros.
Que , desde el bloque de la UCR se apoya la búsqueda de métodos alternativos de resolución de conflictos, que gocen del pertinente asesoramiento de expertos en su proceso, a fin de arribar a la posibilidad de extinguir la concesión según otras formas de extinción.
Por todo lo expuesto el H. Concejo Deliberante de Bahía Blanca en uso de sus facultades:
RESUELVE
Articulo Primero : Manifestar la preocupación de este Bloque de Concejales por los posibles efectos judiciales que pudieran derivarse de la Declaración de Caducidad por parte del Ejecutivo Municipal.
Articulo Segundo: El Ejecutivo municipal deberá tener en cuenta todas las formas de extinción de la concesión que ofrece el Pliego de Bases y Condiciones a fin de asegurar que la decisión que tome el Ejecutivo, no resulte en costos futuros ante eventuales presentaciones judiciales por parte de la empresa que afecte el patrimonio municipal