Proyecto de Decreto
Referido a convocatoria de funcionarios municipales
Expediente: HCD-457/2012
Autor: Patricia Piersigilli
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 16 de abril de 2012.-
PROYECTO DE DECRETO
VISTO:
Los proyectos presentados por los distintos bloques políticos que integran este HCD convocando por diferentes motivos a funcionarios municipales para brindar información acerca de cuestiones relacionadas con sus áreas y/o jurisdicciones;
Y CONSIDERANDO:
Que, una vez aprobados estos proyectos, es el Presidente del Cuerpo quien debe convocar al funcionario y fijar fecha y hora para la misma
Que, en los últimos tiempos, este CD ha aprobado proyectos de este tenor; sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, los funcionarios aún no han sido citados desde Presidencia
Que, entre otros, pueden mencionarse: Proyecto de Resolución por el que se convoca al Secretario de Promoción Social, Rafael Morini y al responsable de la Dirección de Participación Ciudadana de la comuna a brindar informes a este HCD en virtud del robo en el CIC de Spurr el 21 de enero del cte ( Expte 78-HCD/2012- Aprobado el 02-02-12 ); Proyecto de Resolución por el cual se solicita la presencia del representante del Municipio en el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca en este HCD a los fines de informar acerca de distintos aspectos relacionados con obras de dragado, financiamiento y gestiones ( Expte 154-HCD/2012- Aprobado el 15-02-12 ); Proyecto de Resolución por el que se invita al Director de la Agencia Municipal de Desarrollo, al representante municipal en el Consorcio del Parque Industrial y al Presidente del Parque Industrial a una reunión en el ámbito del HCD ( Expte 174-HCD/2012 – Aprobado el 8 de marzo de 2012 )
Que, en virtud de que estos proyectos se dan en un contexto determinado, y que, por ello, amerita una cierta premura en la convocatoria a los funcionarios para que brinden la información que los concejales consideren necesaria
Que, al no efectuarse la convocatoria a los funcionarios en forma inmediata, los temas a abordar pierden vigencia
Que, tal como hacía mención en la apertura de sesiones ordinarias el intendente Gustavo Bevilacqua, en pos de un “diálogo franco, cara a cara y respetando las diferencias”, es necesario que este tipo de cuestiones se manejen con la mayor celeridad posible;
Que, además, como resguardo de la institucionalidad, es menester que el Presidente haga cumplir las decisiones adoptadas por el Cuerpo, con la premura que los temas ameritan.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
Artículo 1º – La convocatoria a funcionarios municipales y/o responsables de organismos gubernamentales y no gubernamentales, solicitada por Proyecto presentado por concejales o bloques políticos, y que haya sido aprobada en sesión por este HCD; deberá ser efectuada por el Presidente del Cuerpo en un plazo que no supere los 10 (diez) días hábiles desde la fecha de votación en el recinto.
Artículo 2º – La presentación en el Concejo Deliberante del o los funcionarios aludidos en el artículo 1º será dentro de un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles.
Artículo 3º – El Presidente deberá notificar por nota o Memorándum día, hora y lugar a los distintos Bloques que integran este HCD, con una anticipación de 5 (cinco) días hábiles.

