Proyecto de Resolución
Controles sobre la operación en el relleno sanitario
Expediente: HCD-95/2013
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
VISTO
Que los rellenos sanitarios son actividades que deben ser controlados, en materia ambiental, por el riesgo que implica su operación.
CONSIDERANDO
Que este relleno se viene operando desde mitad de la década del noventa.
Que en el 2008 se ha cambiado su operador en un nuevo llamado a licitación y que esta nueva etapa produjo algunas modificaciones tecnológicas y de operación en relación a las etapas previas.
Que los nuevos módulos se han construido en un sector con niveles altimétricos mas bajos y esta condición en el área implica así mismo que el nivel de la napa se localiza a menor distancia de la superficie.
Que los rellenos sanitarios permanecen en actividad mucho después de haber culminado su operación y por ello hay que implementar planes de monitoreo de lixiviados y control de calidad de napas, por el riesgo a que se produzcan roturas de membranas que generen filtraciones de líquidos contaminantes.
Que así mismo es necesario monitorear la calidad y caudal de las emisiones de gases y su potencial captación.
Que durante la etapa de operación los controles tienen que incorporar la propia modalidad de gestión de los residuos, espesor y periodicidad de las tapadas, control de vectores.
Que este relleno se localiza bajo una ruta aérea por lo que es necesario el control de pájaros.
Que además se debe verificar el grado de compactación de los residuos ya que la duración de los módulos y su capacidad de recepción de material dependen directamente del grado de compactación de la operación.
Que es necesario controlar el tipo de material que se dispone en los módulos para evitar disponer fracciones que son posibles de recuperar como escombros u otras.
Que es necesario llevar el control diario de las toneladas de residuos que se disponen para estudiar su evolución, información imprescindible para implementar una Gestión Integrada de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU)
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
RESOLUCION
Primero: Solicitar al Ejecutivo Municipal informe si realiza programas de monitoreo de calidad de napas, envíe un plano con la disposición de todos los pozos de monitoreo y los resultados de análisis realizados en etapas anteriores al 2008 y las posteriores, informe además periodicidad de dichos análisis.
Segundo: Informe cuántas piletas de captación de lixiviados existen, su localización, resultados de los sobre el control de calidad y cantidad de lixiviados, grado de periodicidad de dichos análisis.
Tercero: En cuanto a la calidad de la operación del relleno informe: altura de módulos, espesor de tapadas diarias y espesor de coberturas del módulo, estimación de velocidad de avance en la utilización de los módulos y estimación fundamentada de la duración del módulo en operación.
Cuarta: Informe sobre cantidad de residuos diarios, cantidad de camiones diarios que ingresan al relleno, evolución desde el 2008.
Quinta: Informe sobre medidas tomadas para control de vectores y propagación de aves.
Sexta: Informe sobre actas labradas, así como efectivización de multas, por incumplimientos en la actividad, en función de lo que establece el contrato de concesión del servicio, realizadas desde el 2008