Proyecto de Resolución
Gestión de elaboración Proyecto y evaluación de alternativas de financiamiento de la obra de embalse Puente Canessa.
Expediente: HCD-383/2013
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 8 de abril de 2013.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Los temporales recurrentes que aumentan su intensidad y frecuencia, con efectos que se agravan en las grandes ciudades.
Y CONSIDERANDO
Que miles de investigadores que conforman el Panel Intergubernamental del Cambio Climático desde el 2007, han confirmado que el proceso de calentamiento de la atmósfera es más grave de lo previsto hasta el momento, según informe “Cambio Climático 2007: La Evidencia Científica" presentado en París.
Que todos los documentos presentados posteriormente en las reuniones internacionales sobre la materia, coinciden en que la aparición de condiciones climáticas extremas (sequías o inundaciones; tornados; huracanes; etc) son manifestaciones del cambio climático que ha modificado las condiciones de temperatura y presión de la atmósfera; y que las previsiones han sido conservadoras en relación a lo que los científicos están constatando con nuevas evidencias.
Que en muchos países desde hace más de cinco años se trabaja en la identificación y valoración de los sectores en riesgo, así como en el desarrollo de medidas preventivas de estos eventos, relocalizaciones de áreas de mayor vulnerabilidad, cambio en los sistemas productivos, preservación de ecosistemas como los humedales que son los que amortiguan los procesos de las inundaciones y la energía de la interfase entre el mar y la tierra.
Que una de las características que agravan las condiciones naturales de estos eventos climáticos extremos son las urbanizaciones en los grandes conglomerados que se convierten en barreras artificiales para el escurrimiento e infiltración natural del agua en el terreno o en cuerpos receptores superficiales.
Que Bahía Blanca ha tenido un extendido período de sequías que ha llevado a la emergencia hídrica y la necesidad de buscar nuevas fuentes de agua u optimizar el sistema de distribución existente.
Que sin embargo nuestra ciudad no está exenta de problemas de inundación, ya que ocupa un territorio en una zona que abarca cuencas bajas de cursos de agua con recarga en el cordón serrano de Sierra de la Ventana.
Que la zona urbanizada se desarrolla en suelos con altimetrías bajas, aterrazado, que se escalona desde el 0 sobre el nivel del mar en el área costera hasta las terrazas a un poco más de 40 metros siguiendo el valle de inundación del arroyo Napostá que atraviesa la ciudad y sobre el que se construyó el derivador localizado en el Parque de Mayo, el Canal Maldonado y el entubado en un sector para volver a tener un desarrollo final a cielo abierto hasta su desembocadura.
Que la ciudad de Bahía Blanca ha tenido en su historia registrada lluvias mayores a 160 mm y en el siglo anterior dos inundaciones (1933 y 1944). (Schefer, J. C.; 2012)
Que la obra de entubado soporta un caudal de 40 metros cúbicos por segundo, que requiere tener aguas arriba obras de regulación para que este caudal no sea superado.
Que el nivel del agua en el derivador del Canal Maldonado no puede superar los niveles de los pluviales que desembocan en el mismo porque se convertirían en conductos para inundar los sectores aledaños con cotas más bajas.
Que la ciudad ha crecido a expensas de impermeabilizar gran parte de su superficie, ya que no se cumple por lo general el centro libre de manzana y los indicadores urbanísticos existentes han favorecido este desarrollo y no tiene una cobertura total de su red de drenaje pluvial.
Que la ciudad tiene además otros arroyos como el Sauce Chico y el Saladillo de García que desembocan en el Estuario de Bahía Blanca y pasan por sectores urbanos.
Que es necesario reclamar para que se reactiven los proyectos de regulación sobre el arroyo Napostá, como por ejemplo el proyecto del Embalsamiento en Puente Canessa que permitiría ser un lugar de captación de agua para su uso posterior pero además de una función de regulación de la cuenca baja del arroyo.
Que es necesario, en forma paralela a las gestiones de obras hidráulicas para mejorar la regulación de las aguas, realizar estudios de riesgo hídricos del área.
Que el Código de Aguas (Ley 12257) establece que es la Autoridad del Agua quien tiene la obligación de realizar las cartas de riesgo hídrico tal lo establecido en su artículo 6to: “La Autoridad del Agua deberá confeccionar cartas de riesgo hídrico en las que se detallarán las zonas que puedan ser afectadas por inundaciones, atendiendo para su elaboración a criterios geomorfológicos e hidrológicos que permitan una delimitación planialtimétrica de áreas de riesgo, con indicación de la graduación del mismo en función de posibles anegamientos. En estas zonas no se permitirá la creación de obstáculos tales como obras, plantaciones, etc., sin previa autorización de la Autoridad del Agua, ni se podrá otorgar la factibilidad hidráulica para construir.”
Que el Municipio tiene que ejercer una gestión de coordinación a planes de respuestas a emergencia hídrica; pero para dimensionarla requiere contar con información que delimite áreas de riesgo y cantidad de personas e infraestructuras involucradas con diferentes escenarios hídricos.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
Artículo 1: Solicitar al Ministerio de Infraestructura, Vivienda, Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, a la Autoridad del Agua y a la Municipalidad de Bahía Blanca que lleven a cabo las gestiones necesarias para avanzar en el Proyecto de la obra de embalse Puente Canessa y se evalúen diferentes alternativas de financiamiento.