Proyecto de Minuta
Ejecución causas por multas Empresas Plaza y Mayo
Expediente: HCD-553/2013
Autor: Patricia Piersigilli
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 3 de mayo de 2013.-
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a informar a este Cuerpo respecto de cuestiones relacionadas con la ejecución de las causas por multas de las empresas Plaza y Mayo. En este sentido, se requiere que se especifique:
– Cantidad de causas, montos recaudados y estado de las mismas en concepto de multas por incumplimiento de las Empresas Mayo S.A.T.A. y Transportes Automotor Plaza S.A.C.E.I. desde el inicio de la concesión municipal a la fecha de caducidad.
– Monto total que ha dejado de recaudar el municipio por dejar que las causas prescriban por el mero transcurso del tiempo.
– Motivo por el cual no se realiza un seguimiento exhaustivo a fin de evitar la prescripción de causas.
– Si se ha evaluado realizar sumario o tomar medidas respecto de los responsables del seguimiento de estas causas.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto surge a raíz de la incertidumbre que existe respecto de posibles omisiones por parte del D.E. que puedan estar generándose en las causas por cobro de multas. Del diario local La Nueva Provincia del día 1 de mayo de 2013 y distintos medios radiales y digitales surge la siguiente información “La Municipalidad apelará prescripción de multas de Plaza” El secretario comunal de Legal y Técnica, Santiago Romanelli, dijo que prescribió una causa por 54.000 pesos en multas contra la compañía Plaza, y que apelarán esa resolución judicial. Romanelli dijo que hay varias causas que fueron confirmadas por jueces correccionales y otras que prescribieron y fueron apeladas. "Voluntariamente, Plaza no pagó, pero hay procesos de ejecución de multas —dijo Romanelli—. Hay unas 700 multas." En agosto del año pasado, el asesor letrado de la Municipalidad, Claudio Pontet, dijo que la compañía de colectivos se fue de Bahía Blanca sin pagar alrededor de 300.000 pesos de multas que le había impuesto la justicia de Faltas local porque las causas, de 2010, prescribieron.
Cabe recordar que de la presentación efectuada ante este HCD por el Departamento Ejecutivo el día 8 de febrero de 2012, Expte. Nro. 144. De fojas 283 a 285 de dicho expte. constan informes presentados por el Tribunal Municipal de Faltas a requerimiento del D.E.
Estos informes revelan que la Empresa Mayo S.A.T.A y Transporte Automotor Plaza S.A.C.E.I abonaron en concepto de montos recaudados de multas (por incumplimiento de frecuencia horaria) efectivamente cobrados por sentencia firme, desde mayo del 2010 al mes de enero de 2011, la suma de $ 1.597.540 total.
A fojas 284 se explicita en el Anexo I que desde el 1 de abril de 2011 al 30 de diciembre de 2011 habían ingresado un total de 2694 actas (1 acta por causa), las cuales se encontraban formadas y notificadas para audiencia entre los meses de octubre y diciembre del año 2011 y febrero y marzo de 2012 ante el Tribunal de Faltas. Del expediente surge el siguiente detalle:
1) Causas con sentencias firmes que no han sido abonadas enviadas a la oficina de cobros judiciales con un monto de $ 747.000.-
2) Causas con sentencias firmes con recurso interpuesto denegado: 598 causas con un monto de $ 1.036.800 (intimados para pagar).
3) Causas con sentencias con recurso interpuesto: 2274 causas con un monto de $ 4.679.200.- para estas causas se aplicó el instituto de la reincidencia, como así también la variación del valor del boleto de ,80 a la actualidad de $ 2,40).
4) Causas con recurso de Queja por apelación denegada (recurso extemporáneo), negativa del Juzgado de Faltas o negativa de la Alzada: 141 causas con un monto de $ 338.400.-
5) causas con audiencia con presentación de descargo: 105 causas.
Del Anexo II surge que 5226 causas permanecen en trámite en diferentes etapas del proceso. Que 3533 causas son la sumatoria de los estados procesales de los ítems 1,2,3,4 y 5 del anexo I. Que 2944 causas estan formadas y notificadas para audiencias para los meses de agosto a diciembre del 2011 y febrero y marzo de 2012.
Se concluye entonces que el periodo informado por el Tribunal de Faltas se remite solamente a los años 2010 a 2011, sin que podamos contar con información fehaciente respecto de años anteriores. Esto limita el enfoque total de apreciación con que debemos contar a los efectos de ejercer un mayor control y de fiscalización efectiva del cumplimiento del pago de multas adeudadas.
Motivo de ello, se solicita ampliar toda información al respecto conforme lo requerido, como también se solicita se realice un seguimiento exhaustivo de las causas a fin de evitar las pérdidas al erario público que la prescripción por el transcurso del tiempo implica. Una deuda prescripta es una deuda que en la mayoría de los casos resulta incobrable.