Proyecto de Resolución
Información sobre proyecto de localización de una destilería de hidrocarburos en Bahía Blanca
Expediente: HCD-705/2014
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 19 de mayo de 2014.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Las noticias periodísticas que hacen mención al avanzado proyecto de localización de una destilería en la ciudad de Bahía Blanca.
Y CONSIDERANDO:
Que, la Diputada Nacional Virginia Linares ha presentado un Proyecto (Exp. 2591-D-2014) dirigido a la Secretaría de Energía (SE) de la Nación, autoridad de aplicación de toda la actividad vinculada al proceso de hidrocarburos solicitando información sobre el estado de avance de dicho proyecto.
Que el Proyecto de construcción de una destilería impulsado por YPF, estaría previendo procesar hidrocarburo proveniente de Venezuela y que se vincula este proyecto con la reciente incorporación de dicho país en el Mercosur.
Que dentro de los planes de las inversiones para mejorar la producción de hidrocarburos se proponía desde el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos el proyecto "Refinadora Neuquina II", que tenía previsto realizarse en Plaza Huincul, Provincia de Neuquén.
Que, es necesario conocer si el proyecto que se proyecta localizar en la zona de Bahía Blanca reemplaza el anteriormente mencionado.
Que, la política energética vinculada a todas las etapas de procesamiento, transporte y distribución de hidrocarburo está regida por la Ley 13660.
Que, desde la década del ochenta se han desarrollado planes ambientales de control de la actividad ambiental vinculada a los hidrocarburos Resolución N° 475/67; dec. 306/87 que estableció un Manual de Gestión Ambiental de la Secretaría de Energía para adecuar y planificar la actividad.
Que, con la reforma de la Ley General del Ambiente 25675 establece la obligación de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental a todos los proyectos que potencialmente pueda modificar negativamente su entorno.
Que la ley 12530 establece un marco normativo provincial en relación al control y monitoreo ambiental del área portuario industrial de Bahía Blanca.
Que es necesario conocer formalmente si existe este proyecto, si además ya tiene una localización definida, si se han evaluado otras alternativas de localización.
Que, además existen diversas alternativas tecnológicas de procesamiento de hidrocarburos por lo que es necesario conocer si ya está definida la que se proyecta.
Que Bahía Blanca por su localización y desarrollo de infraestructura es un punto estratégico para el desarrollo de proyectos energéticos, que deberían cumplir con todas las condiciones tecnológicas y ambientales necesarias para preservar el ambiente.
Que desde el municipio se impulsó el cambio de la Ordenanza 16.372 referente a la definición de zona de Logística, proponiendo su modificación por Ordenanza 16648 (2012) que define Zona. Industrial Logística y Servicio IL y S3 que se define por esta Ordenanza, como adecuada al desarrollo de “Actividades relacionadas a la infraestructura de servicios (generación y transporte)”,.
Que es necesario conocer todas las infraestructuras asociadas al proyecto, muelles utilizados, poliductos, tanques etc.
Que, es un derecho que asiste a los ciudadanos, establecido por la Constitución Nacional y las derivadas por todo el marco legal nacional y provincial de leyes concurrentes en materia ambiental, acceder a la información ambiental.
Que por las dimensiones del Proyecto y la inversión es necesaria una intervención directa del Intendente municipal para articular las políticas y organismos locales, provinciales y nacionales.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1ro – Solicitar al Intendente Municipal informe:
-si está en conocimiento del proyecto de localización de una destilería en Bahía Blanca.
– si conoce la localización establecida y si intervino el Municipio, catastro y la Agencia Urbana.
-informe sobre si la Secretaría de Energía ha tomado contacto con la Agencia Urbana para conocer la zonificación adecuada a la instalación del Proyecto de construcción de destilería de hidrocarburo y si esta contempla la zona definida por: “Industrial Logística y Servicio 3 (IL y S3).
-en caso de conocer la existencia del proyecto, solicitar a la Secretaría de Energía envíen el proyecto para ser analizado en el ámbito del CTE en los términos de la Ley 12530 según establece que los nuevos proyectos deberán considerar la capacidad de carga ambiental generada por los existentes en el área.