Proyecto de Resolución
Periurbano, Estado de concursos de proyectos sobre cupos de urbanización.
Expediente: HCD-800/2014
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 3 de junio de 2014.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
La promulgación de la Ordenanza 15637 (2010) Plan Director del Periurbano Bahiense y Centro de Interés Turístico Ambiental del Partido de Bahía Blanca y la Ordenanza 16249 y Ordenanza 16564, que proponen incorporar nuevas áreas para el desarrollo urbano de la ciudad.
Y Considerando:
Que según lo que establecen las Ordenanzas mencionadas y según información difundida por los medios periodísticas se convocó en febrero de 2012 a un concurso de proyectos, siguiendo lo que establece el artículo 14 de la Ordenanza 15637, por un cupo urbanizador que el municipio definió de 4200 parcelas y dos centros turísticos en las zonas definidas por las ordenanzas citadas.
Que la Ordenanza 15637 Plan Director del Periurbano Bahiense y Centros de Interés Turístico y Ambiental del Partido de Bahía Blanca define en su artículo 14º, el Procedimiento de Concurso, inciso b), la designación de “una Comisión Evaluadora que estará constituída por los miembros de la Unidad de Reformulación creada por Artículo 1 de la Ordenanza 14.708, compuesta por los Colegios Profesionales y las Universidades locales”.
Que, la Ordenanza 14.708 en su artículo 1º establece: “A los efectos de elaborar una propuesta integral sobre la reforma a los Códigos de Planeamiento Urbano y Edificación, el Departamento Ejecutivo procederá a conformar y contratar equipos técnicos de acuerdo a temáticas, áreas y criterios metodológicos que se acuerdan en el marco de la Agenda de Desarrollo Local, creada por Ordenanza 14.127. A tales efectos podrá recurrir a la contratación de especialistas versados en la materia y/o profesionales idóneos, a propuesta de los Colegios con incumbencia en la materia y/o formular convenios con las Universidades locales. Serán coordinados y asistidos por áreas técnicas del Departamento Ejecutivo y deberán formular un primer informe a los ciento ochenta días de suscripto el respectivo contrato y/o convenio.”
Que en la Ordenanza 15637, artículo 20 se define la Instrumentación del Ordenamiento Territorial estableciendo que: “La presente Ordenanza será elevada al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para su convalidación conforme artículos 73 y 83 del DL 8912/77. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá sin perjuicio del trámite de convalidación, efectuar el llamado a concurso de artículo 10, dejando expresa constancia de la inexistencia de derechos adquiridos mientras no se hubiera dictado el Decreto de Adjudicación. Una vez aprobada por los organismos técnicos provinciales y convalidada la Ordenanza por parte del Poder Ejecutivo provincial, y sustanciado en todos sus pasos el Concurso, el Departamento Ejecutivo queda autorizado a redactar el texto ordenado del Código de Planeamiento Urbano de Bahía Blanca. Se agregará el resto de los instrumentos complementarios para el planeamiento conforme el régimen del DL 8912/77, incluyendo los Planes Directores de sector, y los proyectos de convenios urbanísticos que plasmarán los compromisos y garantías de los titulares de los nuevos emprendimientos.”
Que en enero del 2014 se convocó nuevamente a Concurso de Proyectos, en este caso de un cupo de urbanización de 2721 parcelas que en el concurso anterior no quedaron cubiertas.
Que en función del avance de asignación de cupos urbanizadores, es necesario conocer el estado de la tramitación que el Municipio realizó en la provincia con el objeto de convalidar las nuevas Ordenanzas, conocer a qué organismos se giraron, cuáles fueron las observaciones si las hubieron; dada su necesidad legal de aprobación como requisito para posibilitar la venta de parcelas u otra actividad que requiera inscripción o nueva inscripción en el Registro Dominial de la provincia de Buenos Aires.
Que se han generado cambios en la estructura orgánica funcional y directiva del área municipal del sector de la Agencia Urbana que anteriormente dependía de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Dirección de Planeamiento Urbano.
Que es necesario conocer el estado administrativo y de gestión del área Agencia Urbana en relación a este tema, ya que involucra esfuerzos económicos, profesionales y de interés público.
Que dada la relevancia de los proyectos que hasta ahora han avanzado en los trámites municipales de concurso y adjudicación así como la nueva apertura de presentación de proyectos, es necesario tener toda la información del estado de la gestión de dichas presentaciones.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
Artículo 1. Solicitar a la Agencia Urbana informe sobre el estado de la tramitación de convalidación de las Ordenanzas 15637 (2010), Plan Director del Periurbano Bahiense y Centro de Interés Turístico Ambiental del Partido de Bahía Blanca y la Ordenanza 16249 y Ordenanza 16564.
Artículo 2. Informe quienes conformaron la Comisión de evaluación de los Proyectos presentados a los concursos realizados en el marco de las Ordenanzas 15637 (2010), Plan Director del Periurbano Bahiense y Centro de Interés Turístico Ambiental del Partido de Bahía Blanca y la Ordenanza 16249 y Ordenanza 16564; resultados y grado de avances, autorizaciones, aprobaciones.
Artículo 3. Informe en referencia a los resultados del concurso de nuevo cupo de urbanización de 2721 parcelas abierto en 2014:
a) cuántos proyectos se presentaron.
b) localización y características de los mismos
c) quienes participaron en la evaluación de las propuestas y a qué organismos o entidades representaban