Proyecto de Resolución
PROCREAR. Criterios de selección de 9 macizos para desarrollar proyectos urbanísticos y acceso a lotes.
Expediente: HCD-1384/2014
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 11 de agosto de 2014.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Que el Programa PROCREAR se ha visto limitado en su desarrollo especialmente en la línea crediticia vinculada a beneficiarios con lote.
Y CONSIDERANDO:
Que en respuesta a este problema se ha votado la Ordenanza Programa de Movilidad del Suelo Urbanístico de la ciudad de Bahía Blanca, que posibilitaba la inscripción voluntaria de propietarios de macizos.
Que además se aumentó la presión tributaria a los terrenos baldíos y macizos sin edificación.
Que con intervención del Anses se avanza en la adquisición de tierras para ser destinadas a dicho programa pero no se conoce el estado de este programa más que las declaraciones de su director Diego Bossio en su estadía en Bahía Blanca .
Que asimismo se creó en el Área de la Agencia Urbana un registro para que los propietarios o poseedores de estos terrenos puedan inscribirse para ponerlos a disposición y evaluación de los requerimientos del programa.
Que se creó un Mapa de Movilidad del Suelo Urbano Inactivo en la web de Gobierno Abierto donde se registran los loteos y desarrollos urbanísticos puestos a disponibilidad del programa por titulares o poseedores de bienes.
Que sin embargo la información de la página no está actualizada, que la superficie calificada con Proyectos Urbanos totalizan 71,46 ha, donde 38,76 ha estarían destinadas al PROCREAR, y se presenta un listado de las propuestas originales de 33 sectores, con fecha 25/4/14; con fecha del 24/4/14 un listado de Propuestas Calificadas con Proyectos Urbanas con 8 sectores.
Que después de evaluar las ofertas de suelo el ejecutivo municipal a través de la Agencia Urbana, ha seleccionado 9 macizos.
Que no se conocen los criterios utilizados para esta evaluación, ni quienes intervinieron dejando de lado otros sectores que habían sido identificados por los propios adjudicatarios del PROCREAR.
Que la Ley 14449 de Acceso Justo Al Hábitat define en su artículo 8 y según lo determina su Decreto Reglamentario en el artículo 9 que los Municipios deben abrir una cuenta especial “Financiamiento y Asistencia Técnica para la Mejora del Hábitat”
Que el municipio según lo establece la Ley 14449, recibe recursos extraordinarios para destinar al programa, según lo establece la Ordenanza “Programa de movilidad del suelo urbano inactivo y desarrollo urbanístico” que en su artículo 4 en el inciso c) expresa “El D. Ejecutivo podrá impulsar por su propia iniciativa un Programa de Desarrollo Urbanístico para lo cual podrá disponer del Recurso afectado proveniente de la Tasa Especial Progresiva al Baldío y la contribución por Acciones Estructurales incorporados en la Ordenanza Fiscal ejercicio 2014.”
Que ante los cambios que se han producido en la Agencia Urbana, se debería conocer el estado de estos proyectos, los fondos de la cuenta especial que establece la ley.
Que se ha presentado un proyecto pidiendo información sobre la evolución del Programa y disponibilidad de tierras el 11/6/14, Exp. HCD 858-0-0, que se encuentra en la División Central Territorial desde 21/07/2014.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
Artículo 1: Solicitar al Ejecutivo Municipal que a través de la Agencia Urbana informe sobre cuáles son los macizos elegidos destinados a Proyectos Urbanos y al PROCREAR y qué criterios se utilizaron para dicha selección.
Artículo 2. Si el Municipio llevará adelante los proyectos urbanísticos o si abrirá concursos para propuestas externas.
Artículo 3. Informe sobre la condición de los macizos elegidos en relación a cada servicio público y la posibilidad de que el municipio colabore con la extensión de las redes de servicios obligatorios según ley 8912.
Artículo 4. Informe si se creó la cuenta especial de la Ley 14449 de Acceso Justo Al Hábitat, según su artículo 8 y Decreto Reglamentario, artículo 9 “Financiamiento y Asistencia Técnica para la Mejora del Hábitat” y la evolución de su estado contable.
Artículo 5. Solicitar se actualice la información de los lotes y macizos seleccionados en el Mapa de Movilidad del Suelo Urbano Inactivo, estado administrativo del trámite, condición del sector en relación a los servicios públicos básicos.