Proyecto de Resolución
Convocatoria funcionarios Agencia Ambiental, Secretaría de Salud, CTE y Proceso APELL
Expediente: HCD-682/2015
Autor: Aloma Silvia Sartor
Bloque: Unión Cívica Radical
Bahía Blanca, 10 de junio de 2015.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La necesidad de contar con información fidedigna respecto a auditorías del PIM, funcionamiento actual del CTE y desarrollo del Proceso APELL.
Y CONSIDERANDO:
Que, desde hace mucho tiempo, este HCD viene insistiendo con la necesidad de contar con datos precisos respecto de la evolución del Programa Integral de Monitoreo Ambiental del área portuario industrial de la Ley 12530.
Que, el 29 de diciembre de 2011 se aprobó un Proyecto de Resolución Nº 1392-HCD/11, por el que se solicitaba se expongan en el HCD los resultados del PIM, la evolución del sistema de control y monitoreo 2010 y 2011, los que nunca fueron presentados.
Que, además este HCD sancionó un Proyecto de Resolución sancionado el 13 de marzo de 2014, en el que se requería que se envíen los resultados de la auditoría PIM 2012, que los datos de la misma aparezcan en la web municipal como así también la evolución de los controles y el estado de los programas en el 2011 (Exp. 203-HCD/2014); y un Proyecto de Resolución similar ( Exp. 949-HCD/2014 ) en el que además de los datos solicitados en el Proyecto citado con anterioridad ( y dada la falta de respuesta al mismo) se requiere también la presentación de los resultados del PIM 2012 y 2013 y la evolución de los controles y estado de los programas 2014.
Que aún no se han presentado las auditorías del 2012.
Que en la web de Gobierno Abierto no está actualizada la información de gastos del CTE y sólo figura hasta el 2012 (incompleto).
Que además no se trata de poner en la Web datos sin depurar, ni interpretar, ni procesar de forma que se transformen en información.
Que, es importante ver si se cumple con los objetivos de la Ley 12.530 que fija la necesidad de realizar Auditorías del PIM para adecuar año a año los subprogramas que lo componen:
1. Programa de cuerpos receptores
– Ría de Bahía Blanca
– Aguas subterráneas
– Atmósfera
2. Programa de monitoreo y control de los contaminantes el agua y la atmósfera
– monitoreo de emisiones gaseosas industriales;
– efluentes líquidos industriales,
– contaminación acústica;
3. Programa de monitoreo y control del funcionamiento operativo y mantenimiento de las plantas
– Inspección de plantas
– Sistema de monitoreo on-line del área industrial
4. Programa calidad
– calidad de la integración y la difusión
– calidad de la información
– calidad del desempeño, métodos y recursos
Que la propia ley establece que semestralmente se debe presentar la evolución del PIM y realizar una auditoría externa donde intervienen Universidades, instituciones técnicas y la UIBB, y posteriormente éstas se realizaban anualmente.
Que, las auditorías son esenciales para diseñar mejoras o correcciones de los programas que forman el sistema.
Que no se trata de hacer análisis, tomar muestras, realizar inspecciones si los datos que estas actividades aportan, no se convierten en información valiosa para la toma de decisiones en pos de mejorar la calidad ambiental del sector.
Que no se comprende con qué parámetros se han definido anualmente los programas, ni los destinos de los recursos, ni los criterios que fundamentaron el aumento de la tasa ambiental.
Que consideramos valiosísimo el sistema de control ambiental que tenemos en la ciudad, pero este marco legal no alcanza sino se complementa con una voluntad política de fortalecer y mejorar el programa.
Que entre las cuestiones a preservar es la cobertura de profesionales de alta calidad para cubrir todas las necesidades de cobertura de cada uno de los programas, pero que esta selección debe estar realizada en condiciones de transparencia que asegure los objetivos planteados.
Que para tener objetivos por programa es necesario monitorear y actualizar el diagnóstico ambiental del área.
Que se requiere programar la adquisición de actualización de instrumentos de muestreo, tecnologías de comunicación de información y ampliación de redes de sensores, capacitaciones temáticas profesionales específicas, ajustes de acciones cuyos resultados muestran que no deben continuarse con destino de recursos porque dan resultados irrelevantes, corrección de parámetros a monitorear incluyendo nuevos que pueden informar sobre los efectos ambientales que producen nuevos contaminantes, (ejemplo monitoreo de agroquímicos en desembocadura de canal Maldonado, arroyos etc.)
Que es trascendente mantener la transparencia del sistema de monitoreo, los estudios realizados y resultados de actuaciones en el cumplimiento de los programas y subprogramas y que esto necesita, comunicarlo y presentarlo sistemáticamente en el ámbito del Comité de Control y Monitoreo (CCyM), el HCD y el público en general.
Que por la tipología de área industrial localizada en el área portuaria-industrial y delimitada por la Ordenanza Nº 18112, la propia Ley 12530 reconoce en su artículo 9, inciso g, la necesidad de incorporar el riesgo tecnológico en las evaluaciones ambientales y de operación del sector, estableciendo la obligación de coordinar Programas de Monitoreo, con programas de evaluación del riesgo, prevención y planes de contingencia.
Que en Bahía Blanca tiene implementado el proceso APELL (Awareness and Preparedness for Emergencies at Local Level), destinado a la concienciación y preparación para atender la emergencia a nivel local desde la década del noventa.
Que uno de los factores más importantes para evaluar el riesgo es la “vulnerabilidad” y que este es un concepto que refiere a la capacidad de una comunidad para enfrentar un evento inesperado que ponga en riesgos de diferente tipo y que un mismo hecho puede tener resultados diferentes en función de cómo una comunidad esté preparada previamente.
Que, el APELL tiene como finalidad prevenir pérdidas de vidas humanas, perjuicios a la salud y bienestar social, daños materiales así como proteger el medio ambiente.
Que el proceso APELL tiene una estructura de organización que comprende un Grupo de Coordinación, una Comisión Ejecutiva, una Comisión de Respuesta a la Emergencia, Comisión de Difusión, Comisión de Análisis de Riesgos y Comisión de Finanzas; cada uno de ellos con funciones específicas pero que deben estar articuladas y están integradas por representantes de Empresas, Instituciones Intermedias, Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, Entidades y ONGs.
Que este programa ha funcionado hasta el 2014, en el marco de una estructura municipal con actividades sostenidas en el tiempo y fortaleciendo la aplicación de los protocoles para cada uno de los potenciales eventos.
Que en los últimos años se ha ido debilitando su trabajo y que en este último año el Ejecutivo municipal anula el programa específico en cuanto a la identificación de una partida en el presupuesto municipal, y que provenían del propio Ejecutivo municipal y de las empresas, transferidos por convenios específicos
Que en este marco el HCD aprobó el 15 de enero de 2015, una Ordenanza destinada a crear el “Programa Permanente de Implementación y Desarrollo del Proceso APELL en Bahía Blanca”, cuyo objetivo es proteger a la comunidad contra pérdidas humanas y materiales, evitar daños al medio ambiente, minimizando y atenuando las consecuencias de un evento industrial, mediante el estudio de los riesgos potenciales, áreas de vulnerabilidad y análisis de consecuencias. (Exp. 34-HCD/2015)
Que deberían desarrollar actividades tendientes a sensibilizar a la comunidad y a los responsables de la seguridad acerca de los peligros existentes; preparar y mantener actualizado un plan coordinado de emergencia; enseñar a los habitantes de la comunidad a reaccionar ante situaciones de emergencia.
Que, los ejes temáticos deberán comprender: 1) Evaluación y Análisis de Riesgos; 2) Respuestas a la Emergencia y 3) Comunicación y Concientización Comunitaria.
Que en esta ordenanza se propuso que el Comité Operativo será integrado por un Coordinador General elegido por concurso público.
Que este programa no tiene un coordinador desde hace varios meses, por lo que actualmente su funcionamiento está fuera de las condiciones mínimas que asegure una coordinación efectiva de todos los actores y programas.
Que en esta ordenanza se disponía un monto de $ 1.5 millones de la Tasa Ambiental destinados para financiar el Programa en el año 2015.
Que no se conoce si se ha avanzado en la convocatoria de la elección del nuevo coordinador.
Que tampoco se tiene conocimiento acerca del tipo de funcionamiento e integración que los profesionales del APELL tienen con los del CTE.
Que también sería importante conocer quién o quienes están ejecutando los Programas, debido a que los mismos necesitan indefectiblemente articular con los demás actores, ya que se trata por sobre todo de armar una red que pueda responder ante un evento específico.
Que, existe preocupación de los/as vecinos/as con respecto al funcionamiento del Hospital Menor de Ingeniero White, en cuanto a recursos profesionales, administrativos, infraestructura e insumos.
Que, lo mismo ocurre vinculado al plan de contingencia ante situaciones de emergencia ambientales, ya que explicitan no saber sobre planes de evacuación y centros de confinamiento.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1º – Convocar a los funcionarios responsables del área de Agencia Ambiental del municipio y del Comité Técnico Ejecutivo a que concurran a este HCD a brindar información referida a: Auditorías del PIM, estado de ejecución de los programas, evolución de los controles, resultados de actuaciones, avances; como así también el destino de los recursos de la tasa ambiental hasta la fecha.
2º – Convocar a los responsables del Proceso APELL y a los coordinadores de cada uno de los programas que lo constituyen, a una reunión al HCD con el fin de que informen el estado actual de situación e implementación del Proceso APELL; elección del coordinador; planes de Evaluación de Riesgo; Programas de Respuesta al Riesgo; Identificación de áreas vulnerables; cantidad de ejercicios de simulacro efectuados por el Programa; cantidad de Instituciones y personas efectivamente concientizadas y cantidad de recursos destinado a implementar acciones del APELL en el año 2015 hasta la fecha.
3º – Convocar a funcionarios de la Secretaría de Salud a concurrir al HCD con el fin de que informen cuáles son las políticas de salud en el área de incumbencia del Proceso APELL