Proyecto de Ordenanza
Por el que se solicita la creacion de un programa denominado “Bahía noche segura”.-
Expediente: HCD-181/2008
Autor: Fabián Lliteras
Bloque: Frente para la Victoria
VISTO:
La gran cantidad de adolescentes y jóvenes que recorren las noches en los distintos pubs, confiterías y boliches bailables.-Y.
CONSIDERANDO:
Que todos los fines de semanas se observan gran cantidad de problemas ocasionados por disturbios, peleas, etc. los que se producen en la salida de las distintas confiterías, boliches y pubs de la zona.-
Que asimismo, a esos inconvenientes, se agregan otros que se relacionan con la falta de información sexual en los jóvenes; los problemas que ocasionan las ingestas descontroladas de alcohol; la discriminación que sufren los jóvenes en los accesos a los lugares de esparcimiento, a veces por sus propios pares; los distintos hechos de violencia generadas por los propios jóvenes.-
Que en ese sentido se hace necesaria la participación activa de la comuna la que deberá generar espacios de difusión y prevención en esos espacios.-
Que se hace necesario llevar adelante una campaña que se destinará a los jóvenes que recorren durante cada fin de semana los espacios nocturnos de diversión en todo el partido de Bahía Blanca.-
Que con esta iniciativa, la comuna debe buscar la generación de hábitos seguros y saludables de esparcimiento, basados en el respeto y la tolerancia.
Que en tal sentido, en las campañas nocturnas deberán distribuirse entre otros, materiales de difusión; alcoholímetros personales y preservativos.
Que se hace necesario que el programa se desarrolle en el circuito de boliches y bares de la ciudad de Bahía Blanca, con mayor intensidad en aquellos de concurrencia masiva, extendiendo la misma a las localidades de General Daniel Cerri y Cabildo.
Que el objetivo principal del programa será el de informar y prevenir diversas situaciones de riesgo en las que pueden estar involucrados los y las jóvenes contribuyendo a la generación de condiciones más seguras y saludables para el esparcimiento nocturno.-
Que la misma deberá estar basada en cinco ejes temáticos:
Convivencia armónica: Deberá apuntar a que los jóvenes deben necesariamente compartir espacios comunes de diversión entendiendo que la violencia no es divertida, comprendiendo que la repetición de hechos de violencia en los participan los jóvenes generan mayor cantidad de hechos que son difíciles de manejar.
Sexualidad responsable: La misma deberá hacerse extensiva a la totalidad del grupo etáreo que oscila entre los 14 y 25 años apuntando a la importancia del cuidado en las relaciones personales destacando no sólo la prevención en las enfermedades de transmisión sexual sino además en la prevención de otras consecuencias como embarazos no deseados, etc. .
Conoce tus derechos: Información a los jóvenes que se relaciona con qué derechos cuentan en el caso que sean detenidos por las fuerzas del orden.-
Cómo actuar si te discriminan: Información que consistirá en destacar la importancia de denunciar hechos que se relacionen con situaciones de discriminación hacia ellos u otros jóvenes, así como también la importancia de que no sean ellos los que generen conductas discriminatorias hacia sus pares.-
Cuidados en el consumo de alcohol: Material de difusión acerca de las distintas consecuencias de la ingesta de alcohol en exceso, controles de alcoholemia a los propios jóvenes, difusión para que ellos mismos denuncien los lugares que ilegalmente expenden bebidas alcohólicas en contraposición a la normativa vigente.-
Que en ese sentido se hace necesario que los que distribuyan los materiales de promoción sean los propios jóvenes que serán elegidos por la Dirección Juventud del Municipio, o bien entre los representantes del Concejo Deliberante Estudiantil. En tal sentido el Ejecutivo deberá arbitrar los medios económicos necesarios para solventar el programa.-
Que el personal municipal que dirija el programa en las distintas salidas a los lugares de esparcimiento deberá estar capacitado para mediar en
posibles situaciones de conflicto y repartir alcoholímetros personales para promover el autocontrol.
Que en el marco de dicho programa la Comuna dispondrá en los mismos sectores campañas permanentes de seguridad vial con distintas estrategias de prevención, control y educación vial destinadas a profundizar la conciencia ciudadana sobre los riesgos en el espacio público y a mejorar las condiciones de circulación en la ciudad.
Que en ese sentido, independientemente, del programa a instrumentarse, los días viernes, sábados, domingos y vísperas de feriados, un equipo de inspectores realizará los controles vehiculares y de alcoholemia en los principales centros de esparcimiento nocturno y en los puntos críticos para detectar conductas que atentan contra la seguridad de toda la comunidad, entre ellas, conducir en estado de ebriedad y preparar los autos para competencias callejeras.
POR LOS MOTIVOS EXPUESTOS, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES, SANCIONA. :
ARTICULO PRIMERO: Créase el programa en el Partido de Bahía Blanca denominado “BAHIA NOCHE SEGURA”
ARTICULO TERCERO: La Secretaría de Salud será las encargadas de implementar y llevar adelante el presente programa.
ARTÍCULO CUARTO: .- El objetivo básico de este programa será propender a una difusión a los distintos grupos que componen esta sociedad para solucionar conjuntamente esta problemática:
a) Para que tomen conciencia el personal que se desempeñe tanto en distintas confiterías, boliches y Pubs de la zona, incluyendo los establecimientos de seguridad, nuestra Ciudad, que trabajen en los lugares anteriormente mencionados.
b) medios de comunicación
c) Todo vecino que se sienta especialmente interesado en esta problemática.
d) Lograr que los niños, niñas y adolescentes comprendan y registren la problemática de la adicción a las drogas y el alcohol y así identificar el impacto de la violencia.
f) Informar acerca de los riesgos involucrados en las noches Bahienses, exponer y comprender los hábitos de comportamiento de los que asisten y trabajan en estos lugares nocturnos.
g) Generar un registro estadístico que cuantifique y califique con precisión los grupos de Riesgo. Identificar cuantitativamente y cualitativamente los impactos sociales derivados del problema como la deserción escolar, pérdida de inserción en los niveles medios y superiores de enseñanza, delincuencia infanto – juvenil, disminución de las capacidades psicofísicas, deterioro en el desarrollo de competencias ocupacionales y pérdida de inserción laboral.
h) Procurar que la información elaborada en base a los objetivos descriptos en los incisos c) y d) del presente artículo permita trazar un cuadro de tendencia que oriente y facilite el trabajo de planificación y el legislativo.
ARTICULO QUINTO: El programa excluye las acciones de tratamiento médico y/o psicológico de pacientes adictos a la violencia en proceso de recuperación, promoviendo la derivación inmediata de los casos detectados a los centros asistenciales pertinentes.
ARTICULO SEXTO: El presente comprende las siguientes actividades:
a) Talleres de capacitación, expresión y reflexión sobre las cuestiones inherentes a la violencia.
b) Producción y distribución de material audiovisual promocional.
c) Organización de eventos comunitarios
d) Organización y ejecución de seminarios orientados a profesionales del periodismo sobre aspectos de la prevención de la violencia.
f) Las metas, cronograma de actividades y exposición de trabajos generados en los talleres mencionados en descriptos en los incisos a) del presente artículo serán difundidos sistemáticamente entre los medios de prensa y difusión de nuestra ciudad.
ARTICULO SEPTIMO: Las actividades del programa son llevadas a cabo con la coordinación de agentes de prevención y la participación de grupos multidisciplinarios. Se capacita y entrena agentes de prevención con el propósito de desarrollar y fortalecer en ellos sus competencias profesionales en el abordaje adecuado de la prevención, el trabajo social y las capacidades didácticas con grupos de niños y adolescentes. Asimismo se promueve la creación de grupos multidisciplinarios que integren representantes de salud y organizaciones no gubernamentales.
ARTICULO OCTAVO: A los efectos de la implementación del programa se utilizará el ámbito físico de las instituciones educativas, sociales, culturales y deportivas dependientes del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO NOVENO: El programa se instrumentará los días viernes, sábados, domingos y vísperas de feriados, un equipo de inspectores realizará los controles vehiculares y de alcoholemia en los principales centros de esparcimiento nocturno y en los puntos críticos para detectar conductas que atentan contra la seguridad de toda la comunidad.
ARTICULO DECIMO: De forma.-