Proyecto de Ordenanza
Proyecto de ordenanza: Declárese en situación de Emergencia Laboral a la Administración Central Municipal
Expediente: HCD-490/2011
Autor: Esteban Obiol
Bloque: Frente para la Victoria
Proyecto de ordenanza: Declárese en situación de Emergencia Laboral a la Administración Central Municipal
18 de abril de 2011
Concejal Autor: Esteban Obiol
PROYECTO DE ORDENANZA
Declárese en situación de Emergencia Laboral a la Administración Central Municipal
Visto
La situación de más de 1.800 personas que se encuentran realizando tareas para distintas dependencias municipales, vinculadas a través de distintos regimenes, como pasantias, becas, practicas o facturando servicios como monotributistas, en un ambiente de absoluta precarización laboral, sin derechos de ningún tipo, ni protección de la seguridad social; Y.
Considerando
Que es intención de este proyecto que se priorice a los trabajadores precarizados para el ingreso a planta permanente en la cobertura de las vacantes, favoreciendo a quienes revisten esta condición con mayor antigüedad.
Que la inestabilidad jurídica, laboral y el perjuicio psicológico al que están sometidos éstos agentes, algunos de ellos desde hace muchos años, es incomprensible en el marco de los principios constitucionales y las leyes que regulan las relaciones laborales, con el agravante que quien las somete a esta circunstancia es el mismo estado local.
Que la política de recursos humanos que esta llevando el municipio se da de bruces con la políticas nacionales que ponen énfasis en el trabajo en blanco y registrado.
Que por supuesto que para iniciar el camino que permita paulatinamente y en la medida de las posibilidades económicas del estado municipal, regularizar situación anómala., se hace necesario elaborar una política de regularización en el empleo municipal, planificada y ordenada y con los consensos necesarios .
POR LOS MOTIVOS EXPUESTOS, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES, SANCIONA
ORDENANZA
Artículo 1: Declárese en situación de Emergencia Laboral a la Administración Central Municipal, sus órganos Descentralizados de la ciudad de Bahía Blanca, hasta tanto se logre regularizar la situación de los trabajadores precarizados
Artículo 2: Desde la sanción de la situación de emergencia laboral, todo ingreso a la planta temporaria o permanente del personal municipal estará limitado a aquellos trabajadores que se desempeñen en las condiciones mencionadas en el artículo anterior, para cubrir las vacantes existentes y las que se creen en un futuro
Artículo 3: El Departamento Ejecutivo deberá en el proceso de selección, priorizar a los aspirantes que reúnan las condiciones establecidas en el artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo 4: Se deberá establecer un orden de prioridad en el ingreso para quienes, estando comprendidos en las disposiciones de la presente, revistan mayor antigüedad en su puesto de trabajo.
Artículo 5: Será nulo todo concurso que no respete lo normado por la presente Ordenanza y su reglamentación, mientras dure la emergencia laboral.
Artículo 7: Autorícese al Departamento Ejecutivo a disponer de las partidas presupuestarias pertinentes a fin de hacer efectivo el cumplimiento de esta ordenanza. .
Artículo 8: De forma.