Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Modificando los artículos 9 y 10 de la Ordenanza Nº 9653
Expediente: HCD-618/2011
Autor: Esteban Obiol
Bloque: Frente para la Victoria
Proyecto de Ordenanza: Modificando los artículo 9 y 10 de la Ordenanza Nº 9653.
Bahía Blanca 16 de mayo de 2011
Concejal Autor: Esteban Obiol
Proyecto de Ordenanza
Reforma de Descentralización del Centro de salud Dr. Leonidas Lucero
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo Primero: Modificase el artículo 9 de la ordenanza 9653, que quedara redactado de la siguiente manera:
Art. 9:Las funciones directivas del Ente estarán a cargo de un Consejo de Administración, cuyos miembros serán designados por el Dpto. Ejecutivo.
Dicho consejo estará integrado por:
*El Director General del Ente Descentralizado
*El Secretario de Salud Municipal
*El Director de Atención Medica del Ente
*El Director Administrativo-Financiero del Ente
*Un Concejal titular y un suplente ( que concurrirá cuando no lo haga el primero)
*Un Representante del Sindicato de Trabajadores Municipales
*Un Representante de la Asociación de Profesionales del Ente
*Un Representante de la Comisión de Apoyo
*Un Representante de la Secretaria de Economía y Hacienda
*El Asesor Legal del Ente
Todos ellos permanecerán en el cargo por el termino de sus mandatos y sus funciones en el Consejo de Administración no serán remuneradas
El Consejo de Administración estará presidido por el Director General del Ente y deberá regirse para sus decisiones y demás actos por las normas determinadas en la Reglamentación de esta Ordenanza. En su ausencia será presidido por el Secretario de Salud Municipal
Artículo Segundo: Modifícase el artículo 10 de la ordenanza 9653, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 10: Las funciones ejecutivas del Ente recaerán en un Director General y dos Directores Asociados, a saber: Director de Atención Médica y el Director Administrativo-Financiero . Los que integrarán la Mesa Directiva o Directorio del Ente.
Constituyen atribuciones y deberes del Consejo de Administración:
A) Ejecutar la política de Salud y deberes, conforme a las pautas emanadas del gobierno Municipal y las propias definidas por el Consejo de Administracion
B) Las reuniones darán comienzo con la presencia de al menos 6(seis) de sus miembros y en primer termino cada sector dara un informe de su area, para que el Consejo de Administracion tenga conocimiento del trabajo y su evolución en cada sector del HMALL, sociabilizando la información, y que favorecerá para visión del conjunto
C) Elevar al departamento Ejecutivo el proyecto de calculo y presupuesto de gastos en el tiempo y forma dispuesto por la ley Orgánica y el reglamento de Contabilidad de las Municipalidades
D) Analizar los estados de los balances de tesorería y balance comprobación y saldos que el Director General presente trimestralmente. Ordenar su publicación una vez aprobado y elevarlo al Departamento Ejecutivo para su remisión al Honorable Tribunal de Cuentas
E) Solicitar por intermedio del departamento Ejecutivo al Honorable Concejo Deliberante la aprobación de créditos suplementarios o transferencias de otras partidas
F) Presentar al D.E ; para su posterior elevación al H.C.D La rendición de cuentas sobre la percepción e inversión de los fondos del Ente Descentralizado; según los lazos y formas dispuesta por la ley Orgánica de las Municipales y Reglamento de contabilidad para su cumplimiento
G) Publicar semestralmente en un diario o periódico de distribución local durante (1)un día, una reseña de la situación económicas financiera del ente y, anualmente la memoria general en la forma que reglamente el tribunal de Cuentas
H) Elevar al D.E las modificaciones en los valores y derechos de aplicación, como así también la variaciones de los aranceles que se operen en el nomenclador Nacional del ANSSAL o cualquier otro que lo reemplace , para su consideración por este y el H.C.D.. los valores derechos y aranceles referidos en el presente inciso serán de aplicaciones en aquellos casos de pago voluntario por parte de quienes no posean cobertura
I) Proponer al D.E la designación y remoción del personal conforme a las normas legales vigentes, articulando para ello políticas con el Dpto de RR.HH. y los diversos departamentos del Ente
J) Intervenir en la preparación del presupuesto de acuerdo al plan anual acordado por el Consejo de Administracion, aprobar su remisión al D.E., verificar su ejecución y establecer las pautas correctivas necesarias
K) Solicitar al D.E. eleve al H.C.D. los proyectos de Ordenanzas para la contratación de empréstitos. Indicando el destino de la inversión. Y asegurar la inclusión en cada presupuesto de las partidas necesarias por los servicios de amortización e intereses hasta su total cancelación
L) Hacer constituir las fianzas necesarias a los funcionarios y empleados obligados por la ley orgánica de las municipales.
M) Aceptar el inventario Genaro de bienes , créditos y deudas a efectos de su administración y explotación en el momento de su constitución
N) Analizar y redactar los proyectos de ordenanzas necesarios para efectuar un encuadre del personal profesional medico-profesional –no medico Técnico especializado, administrativo, obrero y de servicio que sea conveniente a los objetivos y necesidades del organismo elevarlos al D.E. para su aprobación y remisión al H.C.D para su consideración
O) Producir las economías necesarias que no comprometan la prestación de los servicios, en la ejecución del presupuesto de gastos a efectos de compensar los déficit de recaudación que prevengan de los recursos enumerados en los incisos B), C), D), y E) del articulo 5º de la ordenanza
P) Llevar un libro de actas donde se reflejen fehacientemente todas las resoluciones que se determinen en su seno.
Q) Cumplimiento de toda otra disposición que emane de la ley Orgánica y Reglamento de Contabilidad de las municipalidades no consideradas en los puntos precedentes
R) Todos los convenios asistenciales que firme el Ente con los diversos financiadores del Sistema de Salud (obras sociales, entidades gremiales, de seguros. ART, gerenciadoras, mutuales, prepagas etc) debera ser analizado y autorizado por este Consejo, debiendo cumplir con las normas que establece la Superintendencia de Servicios de Salud
S) Los llamados a licitación como la adjudicación serán facultades indelegables de este Consejo de Administración
T) Deberá ser el encargado de definir y priorizar las inversiones en tecnología e infraestructura a través de una politica consensuada con los diversos servicios del HMALL.
Articulo tercero: De Forma
FUNDAMENTOS
Que dada la complejidad que ha adquirido el Ente y el avance en las Ciencias de la Administración, que lleva sin ningún lugar a duda a actualizar la Ordenanza que hoy estamos modificando
Que es indudable que ya no alcanza solamente para el manejo y la toma de decisiones de profesionales de la salud, y se hace cada vez mas necesario el trabajo interdisciplinario y sumar a otras disciplinas por las complejidades a que se enfrentan estas institucione
Que los Hospitales no son islas y que están inmersos en una sociedad y su realidad, por lo que se debe promover una mayor participación de diversos sectores y que su personal tenga sensación de pertenencia a esta institución, lo que sin duda lleva al crecimiento de la misma
Que el espíritu de esta Ordenanza es que el Consejo de Administración del HMALL, sea el lugar de la toma de decisiones donde se definan las políticas sanitarias del HMALL, contando con estas modificaciones con el recurso que le brindara las herramientas modernas para una mejor gestión