Proyecto de Ordenanza
Creación del Programa Municipal Contra las Adicciones (PROMUCA).
Expediente: HCD-1905/2008
Autor: Norberto Martínez
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La preocupación creciente generada por el incesante aumento en el campo de las adicciones, y las estadísticas que reflejan un notorio aumento en el consumo de drogas, psicofármacos y alcohol, y
CONSIDERANDO
Que el tema torna indispensable la participación de distintos sectores de la sociedad con el objetivo de elaborar programas y acciones destinadas a la prevención, la asistencia y la rehabilitación.
Que hay que partir de la base de que el consumo de drogas tiene una significación compleja, relacionada con la exclusión, la marginalidad, la soledad, la angustia y las situaciones de vacío individual y social.
Que a esas causas hay que apuntar mediante acciones planificadas, que tengan en cuenta las reales necesidades de los destinatarios y que deban ser ejecutadas por organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.
Que según el último Estudio Nacional de Población General sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas efectuado por SEDRONAR cada año unas 200.000 personas buscan tratamiento por adicción a las drogas en el país. Solo un tercio logra acceder a algún tipo de asistencia. No hay precisiones respecto de que pasa con el resto.
Que actualmente mientras el consumo aumenta y se agudizan las diferencias en torno a aristas del tema drogas la situación de los adictos en el país sigue con falta de certezas y a nivel oficial nadie sabe exactamente cual es la oferta sanitaria para atacar el problema ni cuales son sus resultados.
Que mas allá de esta carencia oficial, el debate acerca del tipo de tratamiento para rehabilitarse de una adicción esta instalado y hay miradas muy diferentes sobre los objetivos deseables y también respecto de lo que se considera una intervención exitosa.
Que el abanico de opciones incluye desde abordajes que apuntan a la superación total del consumo y defienden la internación como medio, hasta estrategias que permiten el consumo esporádico y prefieren la “reducción de daños”. Esta propuesta supone que difícilmente el que se droga deje de hacerlo y por lo tanto apunta a estimular el consumo responsable y a mitigar los efectos dañinos como la transmisión de enfermedades infecciosas, la sobredosis, la deshidratación.
Que en lo que hace a los tipos de tratamiento predominan las comunidades terapéuticas que abordan de manera integral distintos ejes (cognitivo, familiar, conductual) y utilizar instrumentos tales como terapia individual, grupal y familiar, actividades recreativas y otros dispositivos. También hay tratamientos ambulatorios para casos que pueden ser contenidos sin internación, y terapias individuales.
Que según el especialista Carlos Sousa, de la Fundación Aylen salvo en casos graves o en aquellos que no tienen un grupo familiar que los contenga, la tendencia es evitar las internaciones. Los tratamientos que ofrecen los servicios públicos “suelen brindar una atención precaria que busca palear el síntoma, a modo de barrera de contención, y no la recuperación”, agregó.
Que en la SEDRONAR reconocen que no logran cubrir la demanda existente. Respecto de tener mayores precisiones acerca de la oferta sanitaria para abordar el problema en esa dependencia han iniciado un censo de Centros de Tratamiento para conocer cuales son los que se brindan en centros públicos y privados y que cantidad de pacientes atienden.
Que cuando se trata de evitar situaciones que favorecen el consumo de drogas, comúnmente se jerarquiza la importancia de las familias. Una de las ideas frecuentes es que frente a situaciones de tensión o conflicto familiar, es generalmente el hijo adolescente el que reacciona drogándose.
También se afirma que cuando en una familia las normas, límites y mandatos no son claramente explicitados se crea un ambiente propicio para el consumo de sustancias, lo que significa ponerse en situación de riesgo o peligro.
Que al respecto, el Dr. Horacio Gastón Mazieres, médico y psicoterapeuta familiar, y creador de la Fundación Proyecto Cambio, opinó que “Creer que solo en lo familiar está el origen de la adicción, o pensar que la solución de las adicciones solo reside en mejorar la comunicación familiar es una reflexión limitada”.
Que trabajar más allá de los límites de la propia familia, es decir el trabajo en red, brinda la posibilidad de que todos los sujetos participen, formando parte de una organización, sintiendo que lo que era inmodificable se puede cambiar y vivir de otra manera. Se potencian así las posibilidades y recursos para ser participes de una realidad final elaborada por todos es decir compartida.
Que son varias las razones que se esgrimen para explicar el auge en el consumo de drogas, entre las que se pueden mencionar las dificultades cotidianas y crecientes, la caída de valores, la falta de credibilidad en las instituciones representativas y normativas, la incertidumbre laboral, el desempleo, la falta de vislumbrar un futuro, la corrupción, la violencia social y familiar, etc.
Que por todo ello y en ejercicio de sus facultades, el HCD sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1: Créase en el partido de Bahía Blanca el “Programa Municipal contra las Adicciones” (PROMUCA) que tendrá por objeto la prevención, asistencia y rehabilitación de las personas afectadas por diferentes adicciones.
Artículo 2: El Programa tendrá por finalidad integrar los diferentes servicios vinculados a la temática de la drogadicción en una única RED, en una gestión logística y administrativa común, designándose como centro de la misma a la Secretaria de Promoción Social de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Artículo 3: Integrarán la RED DEL PROMUCA los profesionales médicos y no médicos especializados en el tema y sin que implique un listado taxativo: especialistas en psiquiatría, medicina interna, microbiología, medicina de urgencias, farmacéuticos, psicólogos, trabajadores sociales, enfermeros, abogados, educadores y vecinos designados a tal efecto. Las designaciones se realizarán cubriendo el mayor ámbito territorial y descentralizado del municipio, incorporando a los profesionales de la salud de las Unidades Sanitarias.
Artículo 4: Los núcleos de la RED se integrarán con vecinos debidamente capacitados quienes actuarán como mediadores en prevención.
Artículo 5: El Programa Municipal contra las Adicciones promoverá la creación de un “ Centro de Estudios de Bioética en Adicciones” quien se expedirá ante consultas que le requieran los integrantes de la RED y elaborará estudios epidemiológicos sobre el consumo de tóxicos en el partido de Bahía Blanca, efectuando sus evaluaciones considerando la problemática de la violencia, abandono escolar, ausencia de reinserción social, carencias afectivas, entre otras.
Artículo 6: EL PROMUCA deberá disponer pautas para la prevención, asistencia y rehabilitación de las personas afectadas por el consumo de drogas legales; alcohol y tabaco, psicofármacos, y drogas ilegales.
Artículo 7: El programa desarrollará, entre otras, las siguientes actividades preventivas:
a) tareas de difusión entre docentes y la realización de concursos anuales entre alumnos sobre la temática preventiva;
b) formación de MEDIADORES JUVENILES Y BARRIALES en prevención de drogodependencia;
c) atención psiquiátrica;
d) servicio jurídico;
e) presencia de mediadores de la red en los horarios de ingreso y egreso de los establecimientos educativos, actividad que será coordinada con el Consejo Escolar.
Artículo 8: El Programa Municipal contra las Adicciones procederá a la derivación del paciente a los centros autorizados para cumplir con esa función procediendo a desarrollar una auditoría del desarrollo del tratamiento. A esos fines el DE deberá abrir un registro de instituciones habilitadas a tal fin las que deberán reunir los requisitos de admisibilidad que fije la norma reglamentaria.
Artículo 9: Créase un Consejo Asesor que tendrá por objeto proponer medidas y actividades en el marco de las incumbencias asignadas al programa por esta Ordenanza, integrado por: a) un representante del HCD, b) un representante del DE, c)un representante de la Justicia Federal; d)Un representante de los Tribunales de Menores provinciales; e) un representante de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, f) un representante de la Policía Federal; g) un representante de la Gendarmería Nacional; h) un representante de la Prefectura Naval Argentina; i) un representante de los siguiente colegios profesionales: médicos, bioquímicos, farmacéuticos, psicólogos, abogados y trabajadores sociales. j)un representante de cada uno de los Foros de Seguridad. k) Educadores. l) un miembro del Consejo Local de Infancia y Adolescencia. m) un miembro del Consejo Zonal de Infancia y Adolescencia.
En su primera reunión aprobará su reglamento de funcionamiento. Se reunirá como mínimo una vez por mes, sus integrantes podrán agruparse en comisiones de trabajo y elegirán de entre sus miembros un coordinador general que permanecerá en funciones por un año no renovable en forma inmediata. El desempeño de todos sus miembros será honorario.
Artículo 10: El DE queda facultado para realizar convenios institucionales de colaboración con UNICEF y otras instituciones públicas no estatales a los fines del cumplimiento de los objetivos enunciados en la presente.
Artículo 11: de forma.
NORBERTO ANTONIO MARTINEZ
CONCEJAL AUTOR