Proyecto de Resolución
Solicitando a la empresa EDES, difunda los requisitos que deben cumplimentar los damnificados para ser resarcidos. Habilite una Línea gratuita y un centro de atención directo, exclusivos para los damnificados.
Expediente: HCD-6/2014
Autor: Nicolás Vitalini
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
Solicitando a la empresa EDES, difunda los requisitos que deben cumplimentar los damnificados para ser resarcidos. Habilite una línea gratuita y un centro de atención directo, exclusivos para los damnificados. Expediente HCD-06/2014
Claves: EDES – electricidad – luz PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Los sucesivos cortes de luz originados a partir del 17/12/2013 en diferentes barrios de la ciudad, sin previo aviso y por lapsos en algunos casos mayores a 30 hs., además de poner en evidencia el deficiente servicio que presta la empresa EDES, y la falta de una adecuada política de inversión en materia energética, ha derivado en diversos perjuicios a todos aquellos ciudadanos afectados por los cortes en sus domicilios o comercios.
CONSIDERANDO
Que el servicio prestado por la empresa EDES en la ciudad de Bahía Blanca, no cumple con las exigencias mínimas establecidas prescriptas por la ley 11.769 y su Decreto Reglamentario.
Que pese al deficiente servicio, el cual además de las molestias originadas producto de los sucesivos cortes, ha originado a varios usuarios daños y perjuicios de índole patrimonial.
Que es obligación de la empresa prestadora, resarcir a aquellos usuarios que se han visto damnificados patrimonialmente.
Que muchos de los usuarios carecen del conocimiento, respecto de los procedimientos a seguir tendientes a obtener un justo resarcimiento.
RESUELVE
Solicitar a la empresa EDES, para que a la brevedad comience una campaña de difusión en medios gráficos y radiales de la ciudad, tendiente a poner en conocimiento de la población cual es el procedimiento que deben llevar a cabo, aquellos usuarios que han sufrido daños o pérdidas, producto de la mala prestación del servicio.
1) Solicitar a EDES, para que en un plazo de 30 días a partir de la presentación de la documentación por parte de los damnificados, procedan a resarcir económicamente a todos aquellos usuarios que puedan acreditar los daños y perjuicios sufridos.
2) Proceda a la brevedad, a habilitar una línea telefónica gratuita y un departamento dentro de sus oficinas comerciales, para la atención exclusiva de aquellas personas damnificadas por los daños y perjuicios, derivados de los cortes en la prestación del servicio de energía eléctrica. Asimismo la línea y el departamento de atención a damnificados, deberán funcionar como mínimo, hasta el 21/03/2014.
3) Incluya a partir de la emisión de la próxima factura, la información de los puntos 1), 2) y 3), de la presente.
4) Remítase copia a EDES y al OCEBA
NICOLAS VITALINI
CONCEJAL AUTOR