Proyecto de Decreto
Atención de la Oficina de de Información al Consumidor (OMIC) en los barrios.
Expediente: HCD-876/2009
Autor: Norberto Martínez
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE DECRETO
VISTO
El aumento de la concurrencia de vecinos de la ciudad a las oficinas de la OMIC y
CONSIDERANDO
Que desde hace tiempo se ha incrementado el número de reclamos y denuncias que formulan los vecinos, en relación, tanto en lo que respecta a compras de productos que no funcionan correctamente, como con la prestación de servicios de telefonía, de energía eléctrica, de agua, y en los últimos meses aumentos en las tarifas de servicios públicos.
Que además de la atención de los reclamos es necesario brindar asesoramiento a los vecinos en relación con lo que establece la ley 24.240, de Defensa del Consumidor y que muchos desconocen.
Que por caso, lo que se expresa en cuanto a Información al Consumidor y Protección de la Salud, condiciones de Oferta y Venta, prestación de los servicios, de la autoridad de aplicación, procedimiento y sanciones, etc.
Que en Bahía Blanca funciona la Oficina Municipal del Consumidor (OMIC) la que en principio atendió en el ámbito del Concejo deliberante, después en locales del edificio del Mercado Municipal y actualmente en Vicente Lopez 144.
Que estos traslados han sido consecuencia del aumento incesante de quejas y reclamos de los consumidores, que cada vez en mayor medida intentan hacer valer sus derechos.
Que en razón de esto, es indispensable facilitarle al ciudadano bahiense la realización de su reclamo, suponiendo que en muchos casos no lleva a cabo el trámite por la incomodidad de trasladarse hasta las oficinas de la OMIC.
Que para avalar lo expuesto en el párrafo precedente, debe mencionarse que el gobierno de la ciudad de Buenos Aires a través de la Dirección de Defensa del Consumidor dispuso la instalación de mesas en forma rotativa en los distintos barrios y la presencia de vecinos a esos lugares determinó un notable crecimiento de los reclamos.
Que es por ello que si en Bahía Blanca se adopta esa forma de atención se facilitará la concurrencia.
Que la oficina Municipal de Información al Consumidor tiene suficiente dotación de personal, entre ellos varios abogados, que deberán organizar la iniciativa para que tenga una concreción satisfactoria.
Que en un momento de fuertes reclamos ciudadanos es indispensable una campaña de atención en los barrios para brindarle a los vecinos bahienses un espacio cercano en el que puedan defenderse y proteger sus derechos de consumidores.
Por todo ello, y en ejercicio de sus facultades el HCD
D E C R E T A
1) La Oficina Municipal de Información al Consumidor deberá atender en forma rotativa en los distintos barrios de la ciudad, como así también en las localidades de Ingeniero White, General Cerri y Cabildo.
2) El organigrama y los lugares de atención serán gestionados y establecidos por la OMIC mediante contactos con las delegaciones municipales y sociedades de fomento, y esta modalidad se deberá cumplir como mínimo dos veces por mes.
3) Entre el personal designado para la atención en los barrios, en todos los casos deberá concurrir un abogado para brindar un mejor asesoramiento respecto de lo establecido pro la ley de Defensa del Consumidor.
4) La Oficina Municipal de Información al Consumidor se encargará de publicitar adecuadamente por los medios de difusión día, hora y lugar de atención, ya sea mediante inclusión de avisos en las pautas publicitarias o a través de comunicados.
NORBERTO ANTONIO MARTINEZ
CONCEJAL AUTOR