Proyecto de Ordenanza
Modificando la Ordenanza 2.082
Expediente: HCD-542/2010
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Modificando la Ordenanza 2.082
Autor: Raúl Woscoff
Proyecto de Ordenanza
Art. 1: Modificase el artículo 9 inciso b de la ordenanza 2.082 con el siguiente agregado:
“La modalidad de ejecución de obras por contrato directo entre vecinos y empresas constructoras podrá ajustarse a las siguientes pautas esenciales:
Las empresas y los vecinos podrán implementar obras de infraestructura constituyendo fideicomisos a los que se les aplicará lo dispuesto en la ordenanza 7.487 artículo 1, respecto de los porcentajes de adhesión, oposición, publicidad, sellado de los contratos, y comisión representativa y cumplimiento de lo dispuesto por el art.132 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, creándose por ordenanza especial para cada obra oportunidad en la que se aprobará el contrato que vinculará a los vecinos como fiduciantes.”
Art. 2: Podrán ejecutarse obras por módulos con certificaciones parciales previa autorización del DE quien deberá exigir las garantías pertinentes asegurando la ejecución de las obras faltantes y la protección adecuada a los vecinos frentistas que abonen sus cuotas sin recibir aún los beneficios de la obra autorizada.
Art. 3: El fideicomiso se constituirá bajo las siguientes pautas:
Fiduciante: los vecinos frentistas conforme los requisitos fijados por la Ordenanza general 2082/73 y sus modificatorias.
Fiduciario: Se constituirá una comisión administradora integrada por un representante de la comisión de los vecinos, el DE que la presidirá y un representante de la empresa. La comisión ejercerá sus funciones sobre la base de los criterios sustentado por el art. 6 de la ley 24441.
La comisión administradora deberá rendir cuentas a los vecinos cada seis meses en reunión pública levantando acta respectiva .
Cumplirá con la entrega de los bienes a la finalización de la obra a los beneficiarios.
Cumplirá con las obligaciones fiscales.
Los estados contables que deberá presentar son:
Estado de situación patrimonial fiduciario
Estado de resultados fiduciarios
Estado de origen y aplicación de fondos fiduciarios
Los mismos deberán ajustarse a las normas contables en cuanto a contenido y exposición de la información.
Beneficiario: los vecinos frentistas
Destinatario final: la concesionaria del servicio público el estado nacional, provincial o municipal.
Art. 4: De forma