Proyecto de Ordenanza
Creando Registro de Electrodependientes
Expediente: HCD-1415/2014
Autor: Nicolás Vitalini
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
TEMA: Proyecto de Ordenanza creando Registro de Eletrodependientes
Expediente: HCD-1415-2014
Claves: Electrodependientes – Edes
AUTOR: Nicolás Vitalini
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: La sanción de la ley 14.560
Y CONSIDERANDO:
Que en su art. 2° de la citada ley, se define como “ELECTRODEPENDIENTES POR CUESTIONES DE SALUD” a aquellos usuarios que presenten consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial por una enfermedad diagnosticada por un médico o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar. La calidad de “electrodependiente” deberá ser otorgada teniendo en cuenta lo establecido por ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA en su Resolución Nº 151/11.
Que la ley 14.560, además de establecer una “tarifa eléctrica de interés social” para quienes revistan el carácter de electrodependientes, impone a las empresas prestadoras del servicio, la obligación de proveer grupos electrógenos a dichos usuarios, ante la posibilidad de que por causas de fuerza mayor, pueda verse suspendido el suministro de energía eléctrica.
En tal sentido, resulta de suma importancia poder determinar quienes son las personas que revisten la condición de electrodependientes.
Por lo expuesto, resulta esencial contar con un registro actualizado de aquellas personas consideradas electrodependientes, tol como lo han implementado diferentes comunas,
como ser Coronel Rosales o Morón. Incluso, se puede advertir en la propia página www.edesur.com.ar, que la empresa EDESUR,cuenta con un enlace exclusivo para usuarios electrodependientes, de la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y doce distritos de la provincia de Buenos Aires.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Impleméntase en el partido de Bahía Blanca, un registro de electrodependientes, de acuerdo a la ley 14.560.
ARTÍCULO 2º: La Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca, será la encargada de crear y llevar el control del Registro de Electrodependientes.
ARTICULO 3°: Dicho registro deberá actualizarse anualmente, operando su vencimiento el último día hábil del año calendario. En el caso de que las personas registradas no renueven su condición como tal, perderán su carácter de electrodependientes a los efectos de la presente ordenanza y la ley 14.560.
ARTICULO 4°:El Departamento Ejecutivo, deberá remitir el listado de electrodependientes a la empresa prestadora del servicio de suministro de energía eléctrica, para que esta tome conocimento de las personas registradas, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido por la ley 14.560.
ARTICULO 5°: El Poder Ejecutivo, mediante la secretaría que corresponda, difundirá la creación de dicho registro y las condiciones para ser incluído en el mismo, mediante la página WEB municipal
ARTICULO 6°: La empresa prestadora del servicio de suministro de energía eléctrica, deberá incluir un enlace en su página WEB, proporcionando toda la información respecto de la creación del registro de electrodependientes, además deberá establecer vías de comunicación directa para dichos usuarios.
ARTICULO 7°: Remítase copia de la presente Ordenanza, al OCEBA, EDES S.A. delegación Bahía Blanca y a la OMIC.
ARTICULO 8°: De forma.