Proyecto de Ordenanza
Declarando la emergencia laboral en el ámbito de la municipalidad de Bahía Blanca
Expediente: HCD-275/2011
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1: Declárase la emergencia laboral en el ámbito de la municipalidad de Bahía Blanca con el objeto de regularizar la planta de trabajadores municipales respetando los derechos de los mismos. La declaración tendrá una vigencia de 90 días plazo durante el cual deberán arbitrarse los medios para el cumplimiento de los objetivos enunciados en la presente. El DE deberá proporcionar, con anterioridad a la reunión de la Comisión prevista en el artículo 2, un listado que individualice a todos los trabajadores que no pertenezcan a la plata permanente, indicando: sus datos personales, situación y lugar de revista, carga horaria, remuneración, instrumentación de la relación laboral, periodicidad de su renovación, recibos, tipo, facturas, antigüedad de la relación, continuidad de la misma, aportes previsionales, destinatario de los aportes, obra social, seguro, alcance del seguro, cargas de familia.
Art. 2: Constitúyese una Comisión de trabajo integrada por los presidentes de todos los bloques políticos del HCD, o quienes ellos designen, dos representantes del DE y dos representantes de los trabajadores en situación irregular a propuesta de la CTA local.
Art 3: La Comisión elaborará una propuesta conteniendo las medidas a adoptar sobre las bases siguientes:
1. Definición del encuadramiento actual del personal municipal que no se encuentra en planta permanente.
2. Propuesta y medios para otorgar estabilidad a trabajadores temporarios.
3. Encuadramiento de contratados, becarios, locatarios de servicios, locadores de obra y toda otra vinculación jurídica con el municipio.
4. Nuevo encuadramiento para aquellos trabajadores que obtengan el reconocimiento de una antigüedad suficiente y que por su edad no puedan ingresar a la planta temporaria o estable de la municipalidad reconociéndoles antigüedad al solo efecto jubilatorio, y una nueva situación de revista que les garantice aportes previsionales en el futuro de su relación con el municipio.
5. Reconocimiento de servicios para aquellos trabajadores en situación irregular al solo efecto jubilatorio.
Art.4: Facúltase al DE a celebrar acuerdos con el IPS con el fin de cumplimentar los enunciados precedentes en los casos que corresponda con el fin de asegurar los derechos del trabajador.
Art. 5: Atento la emergencia declarada facúltase al DE a proponer las modificaciones presupuestarias que correspondan para atender durante el ejercicio 2011 las erogaciones que resulten de la presente ordenanza.
Art. 6: Previo a la ejecución de las medidas que proponga la comisión creada por el art. 2 requiérase informe al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la procedencia de las mismas.
Art. 7: De forma.-
FUNDAMENTOS
Resulta necesario encontrar una solución con la mayor urgencia al problema del alto nivel de personal precarizado que mantiene la Municipalidad de Bahía Blanca. En reiteradas oportunidades desde el HCD se han solicitado informes acerca de la cantidad de empleados que revisten el carácter de temporarios o que presentan alguna situación de precariedad laboral con el fin de obtener datos precisos respecto a este tema, como consta en el expediente 74-hcd/2010, 231-hcd/2010, 218-hcd/2011 (aún no sancionado), y en otros.
La permanencia de personal municipal en la planta temporaria por tiempo prolongado, afecta el derecho a la estabilidad laboral de los trabajadores. Por tal motivo, es conveniente generar un mecanismo de regularización, teniendo en cuenta que la planta municipal incluye planta permanente, temporaria, contratados, becarios y aquellas personas que se vinculan con el municipio a través de planes sociales.
Es este sentido, la declaración de la emergencia laboral en el ámbito de la municipalidad de Bahía Blanca, junto con la aplicación de medidas tendientes a regularizar la situación, contribuirán a encausar una vía de solución para el personal afectado.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR