Proyecto de Resolución
Solicitando información acerca de lo actuado en el desalojo de las familias que ocupaban los terrenos en calle Paraná al 2.500
Expediente: HCD-477/2011
Autor: Edgardo Raúl Ayude
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El desalojo de 23 familias de predios ubicados en Paraná al 2500, en Villa Caracol, y,
CONSIDERANDO
Que se procedió a desalojar a familias que ocupaban precarias viviendas, a las 5.30 de la mañana, mediante maquinarias municipales con participación de la fuerza policial;
Que en el procedimiento no hubo ningún organismo municipal que fiscalizara el desalojo, según lo contado por las docentes de las escuelas del barrio Noroeste;
Que durante el procedimiento, las vecinas refirieron la existencia de insultos por parte del delegado Palacios, con términos como: “negras de mierda”;
Que, previo a la mencionada situación extrema, no existieron instancias de diálogo entre las familias y funcionarios;
Que luego del desalojo no se reubicó a las familias en ninguna vivienda, ni se les facilitó un lugar temporario donde guarecerse;
Que tampoco se observó la puesta en marcha de instancias judiciales para salvaguardar los derechos de los niños y adultos a una vivienda digna, establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de jerarquía constitucional, que en sus artículos 10 y 11 establece que: “… a la familia debe otorgársele la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo y que Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia…”; derecho también reconocido por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; por la Declaración Universal sobre Derechos Humanos y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y por la reciente ley nacional 26.061;
Que los vecinos reclaman por su derecho legítimo y reconocido por los instrumentos arriba mencionados, a una vivienda digna;
Que es por la gravedad en la manera de llevar a cabo el desalojo, y la falta de respuestas a estas familias sobre un lugar para vivir, que solicitamos información sobre lo actuado por funcionarios municipales y saber si existieron actuaciones judiciales;
Que, el HCD en ejercicio de sus facultades,
RESUELVE
PRIMERO: Solicitar al DE remita al HCD un informe detallando lo actuado por funcionarios municipales en el desalojo de Villa Caracol, actuaciones judiciales si las hubieran, si luego del desalojo se procedió a la reubicación de las familias y los recaudos tomados para con los menores presentes en el desalojo.
RAÚL AYUDE
CONCEJAL AUTOR