Proyecto de Resolución
Sugiriendo medidas a implementar relativas a la trata de personas.
Expediente: HCD-1110/2011
Autor: Miriam Magdalena Iantosca
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Que la trata de personas, conocida hoy en día como la “esclavitud del siglo XXI”, es un delito que atenta contra los derechos humanos, pues vulnera la esencia misma de la persona: vida, libertad, integridad y dignidad, y,
CONSIDERANDO
Que la trata de personas consiste en utilizar, en provecho propio y de un modo abusivo, las cualidades de una persona;
Que para que la explotación se haga efectiva los tratantes deben recurrir a la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, hombres y niños, utilizando acciones como la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción: el rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad.
Que además se considera trata de personas la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye no sólo la de la prostitución ajena y otras formas de explotación sexual, sino también los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a ésta, la servidumbre o la extracción de órganos;
Que muchos profesionales vinculan a la trata sólo con la prostitución y que es necesario darle un marco más amplio e integral y establecer una conexión con los mercados laborales, el trabajo forzado y la demanda de trabajo barato sin protección, especialmente el de trabajadoras/es migrantes en los países de destino;
Que en los últimos 18 meses, más de 600 mujeres fueron secuestradas en la Argentina por redes de trata de personas. La estadística corresponde a la red de organizaciones no gubernamentales que se ocupan de buscar a esas mujeres y de contener a las familias de las víctimas;
Que las rutas del tráfico de personas van cambiando y que ya nuestro país ha dejado de ser un país solo de destino para trasformarse en un país de origen, tránsito y destino de hombres, mujeres y niños víctimas de la trata de personas;
Que es un delito muy complejo de investigar porque muchas veces las víctimas no quieren declarar;
Que para combatir el fenómeno serán necesarios enfoques integrales, interdisciplinarios y a largo plazo que permitan abordar todos los aspectos del ciclo de la trata y reconocer explícitamente las relaciones entre la trata de personas, la migración y la discriminación racial, para lo cual se precisará de estrategias que tengan en cuenta a los grupos en alto riesgo;
Que los medios masivos de comunicación juegan un papel decisivo ya que las redes mafiosas utilizan el mecanismo de avisos y ofertas laborales o de servicios para capturar personas. La seducción y la manipulación con propuestas tentadoras que sirven de anzuelo para captar a las víctimas son comunes en este tipo de medios;
Que es necesario establecer una relación entre los mensajes que engañan, publicitados por los medios al solo efecto de obtener ganancias y la permanente referencia que hacen los mismos a personas desaparecidas;
Que es necesario articular la tarea de los diversos organismos del Estado (nacional, provincial y municipal) que confluyen en la lucha contra la trata de personas, la explotación laboral y la discriminación, tal, como por ejemplo, el INADI, la Secretaría de Trabajo, etc.;
Que las estrategias que llevan a cabo consisten, entre otras cuestiones, en brindar actividades educativas para jóvenes vulnerables; adaptar la educación a las necesidades del mercado laboral; proteger los derechos de trabajadores migrantes (por ejemplo, distribuir información sobre migración segura/legal y apoyar el control del proceso migratorio por parte de migrantes); formalizar los sectores informales en los países de destino; en formar preceptores críticos que puedan analizar los mensajes que se les ofrecen a través de los distintos medios de comunicación y en capacitar a profesionales y comunidad en general;
Que se ha presentado el día 28 de diciembre de 2010, un proyecto de ordenanza, desde este mismo bloque, que establece diversos mecanismos complementarios de la legislación nacional vigente acerca de la trata de personas. El expediente es el 1805-HCD/2010 y desde el 08 de febrero de este año que se encuentra en el DE para ser informado y remitido al HCD para ser tratado por este cuerpo. Tomando en consideración el tiempo que ha pasado resulta pertinente su urgente remisión;
Que por todo ello, y en ejercicio de sus facultades, el HCD,
RESUELVE
Artículo Primero: Sugerir al DE la incorporación en sitios de ofrecimientos laborales, medios gráficos, televisivos y virtuales un link creado por la Municipalidad de Bahía Blanca a la que se puedan remitir las personas para ser advertidas de los peligros que pueden significar avisos con propuestas y sin ninguna pretensión de experiencias o capacitación, especialmente lejos del hogar.
Artículo Segundo: Sugerir al DE la Creación de una Unidad Ejecutora integrada por un responsable de la Secretaría de Promoción Social y un responsable de la Secretaría de Salud. Este órgano debería diseñar una campaña de concientización acerca de la trata de personas en escuelas y barrios a fin de trabajar en forma preventiva.
Artículo Tercero: Sugerir al DE la implementación de jornadas de capacitación sobre la temática destinadas a las fuerzas policiales, profesionales de la salud, comunidades educativas y comunidad en general.
Artículo Cuarto: Sugerir a la presidencia del HCD implemente jornadas de capacitación para legisladores y organizaciones no gubernamentales en el ámbito del Concejo Deliberante.
MIRIAM IANTOSCA
CONCEJAL AUTOR