Proyecto de Decreto
Convocando al Intendente de la Ciudad y al Subsecretario Legal y Técnico del DE. (interbloque)
Expediente: HCD-1336/2011
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Convocando al Intendente de la Ciudad y al Subsecretario Legal y Técnico del DE.
Autor: Raúl Woscoff – Elisa Quartucci – Raúl Ayude – Carlos Paoletti – Miriam Iantosca.
PROYECTO DE DECRETO
VISTO
El pedido de licencia del Dr. Cristian Breitenstein, y,
CONSIDERANDO
Que con fecha 23 de noviembre ingresó al HCD el pedido de licencia del actual intendente de la ciudad;
Que en la misma solicita “licencia por tiempo indeterminado, a partir del 11 de diciembre de 2011”;
Que en cuanto a los fundamentos de la solicitud remite a “los fundamentos y argumentos expuestos el día 21 de noviembre del corriente año, y que son de público conocimiento”;
Que resulta improcedente remitir a fundamentos vertidos en lo que se presume fue una conferencia de prensa sin precisiones sobre los alcances de lo manifestado, cuando se está debatiendo la posibilidad de que un intendente electo por el mandato popular pretende incumplirlo;
Que la gravedad y la importancia de la situación justifica la urgente convocatoria del Sr. Intendente a este HCD como así también del Subsecretario Legal y Técnico del DE, Dr. Gustavo José Bevilacqua para que informen y den las explicaciones suficientes que permitan a los concejales evaluar el alcance del pedido de licencia;
Que en el caso de Dr. Bevilacqua la convocatoria se justifica por su carácter de Subsecretario Legal y Técnico y por ser quién habría de sucederlo al actual y electo Intendente en caso de aceptarse la licencia de éste;
Que el art. 108 inciso 7) del Dec./Ley Nº 6.769/58 y modificatorias – Ley Orgánica de las Municipalidades- dispone que “constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo: (…) ir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia, (…) –cuando- sea llamado por Decreto del Cuerpo, con una antelación de cinco (5) días para suministrar informes.(…) La falta de concurrencia del Intendente ó Secretarios cuando haya sido requerida su presencia por Decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho Cuerpo, será considerada falta grave.”;
Que por todo ello, el HCD, en ejercicio de sus facultades,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Convócase a la mayor brevedad al Intendente de la ciudad, Dr. Cristian Breitenstein y al Sub-Secretario de la Sub-secretaría Legal y Técnica, Dr. Gustavo Bevilacqua con el fin de que brinden explicaciones por el pedido de licencia del Intendente “por tiempo indeterminado” enviado al H. Concejo Deliberante el día 23 de noviembre.