Proyecto de Resolución
Acerca de Proyecto de reforma del Código de Faltas.
Expediente: HCD-1424/2011
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Proyecto de reforma del Código de Faltas.
Autor: Raúl Woscoff
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
El proyecto de ley que intenta realizar modificaciones en el procedimiento en materia de faltas, y
CONSIDERANDO:
Que los diputados Ivan Budassi, José Comparato y Raúl Pérez han presentado un proyecto de ley que intenta modificar aspectos procesales del régimen de faltas regulado por el decreto ley 8751, normativa de un gobierno de facto que en muchos de sus aspectos se ha evidenciado como incoherente y anacrónica;
Que la propuesta de reforma es bienvenida y se suma a otras que han perdido estado parlamentario y que han pretendido subsanar aspectos particulares del régimen de faltas;
Que entre otros temas, el proyecto modificaría la apelación de las sentencias por ante el Juzgado penal reemplazándola por el contencioso administrativo y dejaría sin efecto las penas privativas de la libertad;
Que el decreto ley 8751 en su redacción vigente contempla, en el artículo 21, la forma de designación indicando que los citados funcionarios “serán designados por el Intendente Municipal, previo acuerdo del Concejo Deliberante, que será prestado por simple mayoría de votos de los miembros que integran dicho Cuerpo”;
Que resulta pertinente a la luz de experiencias recientes contemplar que quienes “ordenaren, ejecutaren o consintieren actos o hechos para desplazar inconstitucionalmente a las autoridades constituidas regularmente, y aquéllos que ejercieren funciones de responsabilidad o asesoramiento político en cualquiera de los poderes públicos, ya sean nacionales, provinciales o municipales, quedarán inhabilitados a perpetuidad para ejercer ese cargo, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que fueren aplicables” tal como lo señala el artículo 3 de la Constitución Provincial, y por ende excluidos de la designación como jueces municipales de faltas. .
Por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
Artículo Primero: Solicitar a los señores diputados de la Provincia de Buenos Aires que contemplen entre las reformas de procedimiento al régimen municipal de faltas sometidos a su consideración, condiciones relacionadas con la participación de los candidatos a jueces de faltas en regímenes de facto como excluyente para esos cargos.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR