Proyecto de Ordenanza
Confiriendo la distinción de “Reconocimiento Ciudadano” a Oscar Julio Alvarez.
Expediente: HCD-1446/2011
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Confiriendo la distinción de “Reconocimiento Ciudadano” a Oscar Julio Alvarez.
Autor: Raúl Woscoff.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
El fallecimiento de Oscar Julio Alvarez, ocurrido el 9 de diciembre de 2011, y,
CONSIDERANDO
Que según su hija, Silvia Alvarez, Oscar Julio Alvarez “hijo de españoles, Pilar Claros y Antonio Álvarez, nació el 12 de diciembre de 1920 en Ingeniero White, aunque desde su infancia residió en Bahía Blanca”;
Que “se casó con Teresa Ricardo Manera, con quien tuvo dos hijas: Ana María y Silvia. Sus nietos son Juan Pablo, Romina y Victoria. Sus bisnietos: Juan José, María Delfina y Emma”;
Que “cursó sus estudios primarios y secundarios en los colegios Don Bosco, Fortín Mercedes y Escualde Comercio”;
Que “casi toda su vida trabajó en ENTEL, abocado a la publicidad de la guía de Bahía Blanca y a tareas de coordinación general”;
Que “fue cofundador de la Asociación Bahiense de Jubilados y del Foro Previsional del Sur Argentino, bajo iniciativa de aquélla. La asociación Bahiense de Jubilados se creó en el año 1996, siendo Oscar Álvarez en sucesivos períodos, vicepresidente y presidente de la misma. El Foro Provisional del Sur Argentino se creó en 2005. La comisión directiva se integró entonces por Oscar Julio Álvarez, como presidente, Héctor Menese, vicepresidente, Angela F. de Vaquero, secretaria, Hermenegildo Tossi, prosecretario, Rubén Brugnoni, tesorero y Osvaldo Zurlo, relaciones públicas”;
Que “publicó diversos artículos relacionados con la defensa de los derechos de los jubilados en la “Nueva Provincia” (Cartas al lector y, principalmente, Otras voces). Entre ellos, pueden citarse los siguientes: “La justicia y los jubilados” del 10 de septiembre de 2011, “Derechos de los jubilados” del 20 de junio de 2011, “En pro del sistema provisional” del 5 de marzo de 2011, “El derecho a la seguridad social” del 15 de agosto de 2010, “La falacia de la movilidad de los haberes jubilatorios” del 24 de junio de 2010, “Honestidad, equidad y justicia” del 21 de enero de 2010, “La jubilación y los derechos humanos” del 9 de abril de 2009, “Movilidad de las jubilaciones” del 9 de enero de 2008, “Jubilados a la espera de justicia” del 20 de agosto de 2007, “Movilidad del haber jubilatorio” del 13 de septiembre de 2005”;
Que “en febrero de 2008 participó, a través del Foro Previsional del Sur Argentino (actuación 7693/06) de la solicitud de intervención del Defensor del Pueblo vinculado a la actualización de los haberes jubilatorios. En octubre de 2010, desde el mismo Foro, presentó un petitorio a la Presidencia de la Nación en la que planteaba los puntos centrales que contribuirían a la correcta y posible solución del problema de la Actualización y Movilidad de los Haberes jubilatorios”;
Que “en 2010 colaboró en la cruzada realizada “en beneficio del bienestar y la posibilidad de vivir con dignidad de la clase pasiva”, presentada ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas”;
Que “en el marco del Foro Previsional del Sur Argentino también elevó petitorios y proyectos de ley en defensa del sistema previsional ante la Presidencia de la Nación, el Ministerio de Economía y Producción de la Nación, las Cámaras de Senadores y Diputados, la Corte Suprema de la Justicia de la Nación, la Defensoría de la Nación, la Confederación General del Trabajo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y el propio papado”;
Que por todo ello, el HCD en ejercicio de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Confiérase la distinción de “Reconocimiento Ciudadano” a Oscar Julio Alvarez por su lucha en pos de los derechos de los jubilados.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR